Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2012 (21/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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deberan ser remitidas por esta a la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion en la misma fecha de su recepcion, quien elaborara un informe que comprenda: · La verificacion formal del cumplimiento del contenido minimo exigido, indicado en el Decreto Legislativo Nº 1012 y en el Decreto Supremo Nº 146-2008-EF. · La verificacion si dicha iniciativa privada contiene o no un proyecto de inversion que coincida total o parcialmente con aquel respecto del cual se hubiere aprobado el respectivo Plan de Promocion, y, en el caso que se hubiera aprobado dicho plan, si habiendo transcurrido un plazo de doscientos cuarenta (240) dias habiles se ha convocado a concurso o licitacion. · Si se trata de una iniciativa privada referida a un proyecto de inversion sobre activos, empresas, proyectos, servicios, obras publicas de infraestructuras y de servicios publicos objeto de otra iniciativa privada que MORDAZA sido admitida a tramite y/o se encuentre en evaluacion. En caso que el informe de la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion concluya que la nueva iniciativa privada constituye un proyecto alternativo, el referido informe debera ser elevado al Concejo Municipal, recomendando, sobre la base de los criterios establecidos en el Decreto Supremo Nº 1462008-EF, entre otros que se consideren pertinentes, la iniciativa privada respecto de la cual el Concejo Municipal debera dar preferencia. 7.3. En la misma fecha de su recepcion, el Organismo Promotor de la Inversion Privada a traves de la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, elaborara un informe respecto de la competencia de la Municipalidad Provincial del Callao. Asimismo, debera pronunciarse acerca de los siguientes aspectos de la Iniciativa Privada: · Modalidad propuesta y temas relacionados. · Unidades organicas vinculadas al proyecto, que deberian opinar sobre la Iniciativa Privada. · Titularidad de los activos que involucra la Iniciativa Privada. El Informe legal contendra los puntos MORDAZA senalados y sera devuelto al Organismo Promotor de la Inversion Privada. 7.4. La Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion y la Gerencia de Asesoria Juridica y Conciliacion emitiran sus informes como resultado de sus respectivas evaluaciones, en un plazo no mayor de siete (7) dias habiles contados desde el dia siguiente de la fecha de recepcion de la iniciativa privada por parte de las mismas. 7.5. En el caso que el informe de la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion determine que la iniciativa privada no contiene los requisitos minimos requeridos segun el Decreto Legislativo N° 1012 y el Decreto Supremo Nº 1462008-EF o que el informe de la Gerencia de Asesoria Juridica y Conciliacion concluya negativamente sobre la modalidad propuesta, la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion comunicara al titular de la iniciativa privada dicha situacion, a efecto que en el plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles de notificada la comunicacion cumpla con efectuar las subsanaciones correspondientes. 7.6. Si transcurriese el plazo senalado en el parrafo anterior y el titular de la iniciativa privada no cumpliese con efectuar las subsanaciones solicitadas, la iniciativa privada se tendra por no presentada y sera devuelta con todos sus anexos a su titular por la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, indicando las razones de la devolucion. 7.7. En el caso que el informe de la Gerencia de Asesoria Juridica y Conciliacion determine que la iniciativa privada no es de competencia de la Municipalidad Provincial del Callao o que el Informe de la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion establezca que la iniciativa privada contiene un proyecto de inversion que coincide total o parcialmente con otro

respecto del cual se hubiere aprobado el respectivo Plan de Promocion y este proyecto se encuentre convocado o que aun no hubiere transcurrido 240 dias habiles desde la aprobacion del plan de promocion de este; la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion presentara al Concejo Municipal un resumen ejecutivo con los informes necesarios, para proceder al rechazo y devolucion de la iniciativa privada con todos sus anexos a su titular mediante acuerdo de Concejo, indicando las razones de la devolucion. 7.8. En la comunicacion que se remita al titular de la iniciativa privada deberan detallarse los requisitos faltantes, a efectos de que el mismo pueda tomarlos en consideracion, en caso presentara una nueva iniciativa privada. 7.9. En el caso que no se determine ninguna observacion a la iniciativa privada o se superen estas, la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, en base a su informe y el elaborado por la Gerencia de Asesoria Juridica y Conciliacion presentara al Concejo Municipal en un plazo de tres (03) dias habiles de vencido el plazo correspondiente a la elaboracion del informe de la Gerencia de Asesoria Juridica y Conciliacion, un resumen ejecutivo que debera contener: · Las conclusiones de los referidos informes. · La recomendacion de la admision a tramite de la Iniciativa privada. · MORDAZA de los informes. 7.10. Correspondera al Concejo Municipal, mediante Acuerdo, la admision a tramite de la Iniciativa Privada. Articulo 8. Admision a tramite o rechazo de Iniciativas Privadas 8.1. De admitirse a tramite la iniciativa privada, el Concejo Municipal acordara la publicacion en la pagina web de la Municipalidad Provincial del Callao, del contenido senalado en el literal b), los incisos i), ii) y iii) del literal c) y el literal d) del numeral 15.2 del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF. El Acuerdo debera ser transcrito al Organismo Promotor de la Inversion Privada y a la Gerencia de Asesoria Juridica y Conciliacion. Asimismo, la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion comunicara al titular de la Iniciativa Privada la decision del referido Concejo Municipal, en un plazo no mayor de cinco (05) dias habiles de emitido el acuerdo. 8.2. De rechazarse la iniciativa privada, el Concejo Municipal emitira el Acuerdo correspondiente e instruira al Organismo Promotor de la Inversion Privada para que comunique su decision al titular de la Iniciativa Privada expresando la(s) causa(s) que motiva(n) el rechazo, dentro de un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles de recibido el acuerdo. Articulo 9. Evaluacion de Iniciativas Privadas Admitidas a Tramite 9.1. Admitida a tramite la iniciativa privada, la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion se encargara de su evaluacion y, en caso corresponda, llevara a cabo el respectivo MORDAZA de promocion de inversion privada. 9.2. La Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, podra contratar los servicios de consultores externos especializados, para efectuar la revision y/o evaluacion de determinados aspectos de la iniciativa presentada con cargo a los recursos del Fondo Municipal de Promocion de la Inversion Privada FOMPRI. 9.3. Para efecto de la evaluacion del proyecto contenido en la iniciativa privada, se debera tener en cuenta entre otros los criterios indicados en el Articulo 16° del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF. Articulo 10. Solicitud de Informacion Adicional De considerarlo conveniente, la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion podra solicitar al titular de la iniciativa privada la MORDAZA