Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2011 (11/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Nº 908-2011-GM/MDI; sobre Desabastecimiento Inminente de Leche Evaporada Entera en Lata y Hojuela de Cereales con Soya Precocido; y, CONSIDERANDO Que, mediante Informe Nº 1492-2011-MDI-GAF/SGL de fecha 21.Jul.2011, la Sub. Gerencia de Logistica informa que el posible desabastecimiento es Producto de la no firma del Convenio del Pan y la Margarina, en tal sentido por se recomienda Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, en vista que el MORDAZA de Licitacion LP 001-2011-MDI-CEDI/CE, por la compra de insumos para el programa del Vaso de Leche, se encuentra suspendida en la Integracion de Bases. Que, mediante Informe Nº 347-2011/GDS/SGPAS/MDI de fecha 22.Ago.2011, la Sub. Gerencia de Programas Alimentarios y Salud informa que la situacion de desabastecimiento Inminente para la Leche Evaporada entera en lata y hojuela de cereales con soya precocidos enriquecidos con vitaminas por el periodo de 19 semanas, el cual detalla que se requiere la Leche Evaporada en lata por 133 dias, con un monto referencial de S/. 1´065,732.80 (Un Millon Sesenta y Cinco Mil Setecientos Treinta y Dos y 80/100 Nuevos Soles), con respecto a la adquisicion de cereales con soya enriquecidos con vitaminas y minerales igualmente por 133 dias, con un monto referencial de S/. 473,671.16 (Cuatrocientos Setenta y Tres Mil Seiscientos Setenta y uno y 16/100 Nuevos Soles), por lo que concluye en que es procedente llevar a cabo el MORDAZA de seleccion via exoneracion ante una situacion de desabastecimiento inminente debidamente sustentada en el Informe Tecnico y sus antecedentes. Que, es de tenerse en consideracion que el Programa del Vaso de Leche es un programa social creado para proveer apoyo en la alimentacion a traves de la entrega de una racion diaria de alimentos a una poblacion considerada vulnerable con el proposito de ayudarla a superar la inseguridad alimentaria en la que se encuentra. Los objetivos del Programa desde su creacion comprenden: 1. Contribuir a mejorar el nivel nutricional y la calidad de vida. 2. Reducir la mortalidad infantil. 3. Suministrar diariamente una racion complementaria a los ninos, a las madres gestantes y lactantes. 4. Fomentar la lactancia materna. 5. Estimular el desarrollo de formas de organizacion comunal en especial de la poblacion femenina que permitan acciones conducentes a elevar el nivel de MORDAZA y conciencia. 6. Promocion educativa en salud y nutricion con enfasis en la preservacion de la diarrea. 7. Fomento de la demanda de servicios de salud que se prestan a la comunidad. 8. Busqueda de alternativas de solucion al problema alimentario En la actualidad se ha reafirmado, el objetivo principal del Vaso de leche es la Seguridad Alimentaria, entendida como "el acceso de todos, todo el tiempo, a suficiente alimentos para tener una MORDAZA activa y saludable". Las acciones de este programa, realizadas con la fuerte participacion de la comunidad, tendrian como fin ultimo elevar su nivel nutricional y asi contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de este colectivo que, por su precaria situacion economica, no estaria en condiciones de atender sus necesidades elementales. Que, normativamente en el articulo 1º de la Ley 24059 se dispone como grupo beneficiario a la poblacion maternoinfantil en sus niveles de ninos de 0 a 6 anos de edad madres gestantes y en periodo de lactancia, priorizando entre ellos la atencion a quienes presenten un estado de desnutricion o se encuentren afectados por tuberculosis. El programa tiene como meta elevar el nivel nutricional de los beneficiarios y mejorar la calidad de MORDAZA de los segmentos mas pobres de la poblacion. De acuerdo al MORDAZA legal del programa, los principales beneficiarios son los ninos menores de 6 anos, las mujeres embarazadas y las madres lactantes; aunque de existir recursos disponibles despues de haber atendido la totalidad de

beneficiarios principales, el programa puede atender a ninos entre 7 y 13 anos, adultos mayores y enfermos de tuberculosis. Por lo que, con la finalidad de no causar perjuicio a los 31,786 beneficiarios del Programa del Vaso de Leche del Distrito de Independencia que actualmente tiene, se debe de declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion del producto Leche Evaporada entera en lata y Hojuela de Cereales con Soya Precocidos enriquecidos con vitaminas y minerales. Previamente, se debe de tener en consideracion que las exoneraciones de procesos de seleccion constituyen medidas de excepcion adoptadas ante supuestos de hecho donde el MORDAZA de seleccion no cumple funcion alguna; toda vez que, por razones coyunturales, economicas o de MORDAZA la Entidad solo puede o debe satisfacer sus requerimientos a traves de una propuesta que, a su vez, sera ofrecida por un solo proveedor. Cuando se senala que la exoneracion es una medida de excepcion debe considerarse la obligacion regulada en el articulo 76 de la Constitucion Politica del Peru, que indica que "las obras y la adquisicion de suministros con utilizacion de fondos o recursos publicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitacion publica, asi como tambien la adquisicion o la enajenacion de bienes". A su vez, "la contratacion de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo monto senala la Ley de Presupuesto se hace por concurso publico". Como se aprecia, el precepto constitucional citado establece como una regla general, que las Entidades Publicas atiendan sus necesidades (bienes, servicios u obras) a traves de la consecucion de procesos de concurrencia abierta; es decir, que permitan la seleccion de una potencialidad de posibles proveedores, a la mejor propuesta. Ahora bien, el citado articulo 76 senala ademas que "La Ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades." Considerando lo senalado, debe destacarse que la MORDAZA constitucional ha previsto una "Reserva de Ley" tanto para el establecimiento de los procedimientos de seleccion asi como para las excepciones a su seguimiento. En ese contexto, la Ley y su Reglamento desarrollan el citado precepto constitucional, pues establecen las reglas y procedimientos obligatorios que las Entidades del Estado deben observar cuando requieran contratar bienes, servicios y obras necesarios para el cumplimiento de sus funciones, con aquellos proveedores del MORDAZA interesados en brindarlos. Asimismo, dichos cuerpos normativos han establecido las excepciones a dichos procedimientos concurrenciales, que se denominan exoneraciones de procesos de seleccion. Es necesario resaltar que los procedimientos de exoneracion no son supuestos de inaplicacion de la normativa de contratacion publica, sino que constituyen unicamente eximentes del MORDAZA de seleccion. Por ello, los actos previos o preparatorios asi como los contratos, deben de observar todos los requisitos, condiciones y formalidades que se habrian efectuado y/o requerido de haberse llevado a cabo un MORDAZA de seleccion. Que, conforme lo establece el articulo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la contratacion materia de exoneracion por Desabastecimiento Inminente implica que se cumpla con los requisitos, condiciones, formalidades y exigencias establecidas en la Ley de Contrataciones y su Reglamento, siendo que en el presente caso la Sub. Gerencia de Logistica informa que el posible desabastecimiento es Producto de la no firma del Convenio del Pan y la Margarina, en tal sentido se recomienda Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de insumos para el Programa del vaso de Leche, en vista que el MORDAZA de Licitacion LP 001-2011-MDI-CEDI/CE, por la compra de insumos para el programa del Vaso de Leche, se encuentra suspendida en la Integracion de Bases, por lo que esta Corporacion MORDAZA tiene que actuar sin mayor dilacion a fin de obtener los insumos para el Programa del Vaso de Leche para no perjudicar a la poblacion beneficiaria con dicho programa. Es de tenerse en consideracion, que la finalidad de esta situacion es netamente paliativa y temporal, pues la Entidad busca a traves de esta accion superar de manera rapida alguna situacion de gravedad.