Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2011 (11/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 454-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 26 de agosto de 2011; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

685071-1

Articulo Primero.- Modificar el visto, el MORDAZA considerando y el Articulo 1º de la parte resolutiva de la Resolucion Nº 092-2011/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 29 de marzo del 2011, respetivamente, en los terminos siguientes: · "Visto el Expediente N° 045-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 383,061,13 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado Huacan y al Noreste del Cerro Negro, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de Lima; y" · "Que, atencion a lo expuesto en el considerando que antecede, se procedio a excluir el area inscrita a favor de terceros, quedando un area de 383,061,13 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado Huacan y al Noreste del Cerro Negro, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral;" · "Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 383,061,13 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado Huacan y al Noreste del Cerro Negro, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, inscribira en el Registro de Predios de MORDAZA, lo establecido en el articulo 1° de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Modifican la Res. Nº 092-2011/SBNDGPE-SDAPE, que dispuso primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el departamento de MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 247-2011/SBN-DGPE-SDAPE
San MORDAZA, 1 de septiembre de 2011 Visto el expediente N° 045-2011/SBN-SDAPE, sustentatorio de la Resolucion Nº 092-2011/SBN-DGPESDAPE de fecha 29 de marzo de 2011; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 092-2011/SBN-DGPESDAPE, de fecha 29 de marzo de 2011, se dispuso la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 383,061,13 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado Huacan y al Noreste del Cerro Alto, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de Lima; Que, mediante el Titulo Nº 4098-2011 se solicito la inscripcion de la Resolucion citada en el considerando que antecede, pero sobre esta recayo la esquela de observacion en el cual se preciso que en la Resolucion Nº 092-2001/ SBN-DGPE-SDAPE, se consigna que el predio se encuentra ubicado al Sureste del Centro Poblado Huacan y al Noreste del Cerro Alto..." mientras que en la documentacion tecnica (plano y memoria descriptiva) se consigna "Sureste del Centro Poblado Huacan y al Noreste del Cerro Negro", por lo que solicita se proceda a la aclaracion correspondiente; Que, de la revision de citada Resolucion se determino que por error involuntario en el visto, en el MORDAZA considerando y en el Articulo 1º de la parte resolutiva se consigno "........ y al Noreste del Cerro Alto...." debiendo ser lo correcto "......y al Noreste del Cerro Negro......."; Que, el articulo 201.1° de la Ley N° 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", establece que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efectos retroactivos, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, por las razones expuestas es procedente rectificar de oficio la Resolucion Nº 092-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 29 de marzo de 2011, en razon que ello no altera el contenido ni el sentido de la misma; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias y la Ley Nº 27444; y

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Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el departamento de MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 249-2011/SBN-DGPE-SDAPE
San MORDAZA, 02 de setiembre de 2011 Visto el Expediente N° 060-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 3 530 318,90 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado de Caral y al este del Centro Poblado Pueblo MORDAZA, altura del Poblado de Allpacoto, en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 3 530 323,70 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado de Caral y al este del Centro Poblado Pueblo MORDAZA, altura