Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2011 (20/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de octubre de 2011

en ese sentido siendo la forma correcta la siguiente: APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional, con las cinco (05) Carreras Profesionales, del Proyecto de Universidad Nacional Autonoma de Chota, por estar en concordancia con la normatividad del CONAFU; Que, de conformidad a la Resolucion Nº 268-2006CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, el Pleno del CONAFU autoriza al Presidente, a expedir Resoluciones de tramite, dentro de sus atribuciones, con cargo a dar cuenta al Pleno del CONAFU, a efectos de agilizar los procedimientos administrativos en curso; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECTIFICAR el Articulo Unico de la Resolucion Nº 426-2011-CONAFU de fecha 15 de agosto de 2011, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional, con las cinco (05) Carreras Profesionales, del Proyecto de Universidad Nacional Autonoma de Chota, por estar en concordancia con la normatividad del CONAFU. Articulo Segundo.- REQUERIR a la Promotora remita ante este Consejo Nacional la version final consolidada del Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI), que incluya las observaciones levantadas, el mismo que servira para la evaluacion de los Informes de Autoevaluacion correspondientes. Articulo Tercero.- REQUERIR a la Promotora, el cumplimiento de los articulos 31º al 34º del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009. Articulo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 705298-1

Admiten a tramite la solicitud de cambio de denominacion de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion por Universidad Privada MORDAZA Da Vinci SAC
RESOLUCION Nº 503-2011-CONAFU MORDAZA, 6 de octubre del 2011 "UNIVERSIDAD DE NEGOCIOS Y TECNOLOGIAS DE INFORMACION" VISTOS: La Resolucion Nº 202-2010-CONAFU de fecha 08 de MORDAZA de 2010, el Escrito s/n recibido de fecha 10 de agosto de 2011, el Informe Legal Nº 2852011-CONAFU-CJ de fecha 02 de setiembre de 2011, el Oficio Nº 1669-2011-CONAFU-P recibido de fecha 21 de setiembre de 2011, Carta s/n recibido de fecha 22 de setiembre de 2011, Informe Legal Nº 334-2011CONAFU-CJ de fecha 30 de setiembre de 2011, el Oficio Nº 850-2011-CONAFU-CDAA de fecha 03 de octubre de 2011, y el Acuerdo Nº 628-2011- CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 05 de octubre de 2011; y;

Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las nuevas universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, mediante Ley Nº 28727 del 10 de MORDAZA del 2006, se resolvio modificar el inciso h) del articulo 2º de la Ley Nº 26439, estableciendo: "Son Atribuciones del CONAFU:... h) Autorizar o denegar el cambio de denominacion de las universidades a solicitud de su MORDAZA organo de gobierno, cualquiera que MORDAZA sido el instrumento legal o la fecha de su creacion"; Que, de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU del fecha 13 de MORDAZA del 2006, en su articulo 3º establece: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (:...) g) Autorizar o denegar el cambio de denominacion de las universidades a solicitud de su MORDAZA organo de gobierno, cualquiera que MORDAZA sido el instrumento legal o la fecha de su creacion"; Que, por Resolucion Nº 202-2010-CONAFU de fecha 08 de MORDAZA de 2010, se resuelve: Otorgar la Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion, para brindar servicios educativos de nivel universitario, en la MORDAZA y provincia MORDAZA, departamento de La Libertad; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Administracion de Servicios, 2) Contabilidad y Finanzas, 3) Derecho Empresarial, 4) Marketing y Negocios Internacionales y 5) Ingenieria en Tecnologia y Sistemas de Informacion, cada una con 40 vacantes por Ciclo Academico; Que, por Escrito s/n recibido de fecha 10 de agosto de 2011, la senora MORDAZA MORDAZA Miyashima MORDAZA, invocando su calidad de Gerente General de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion SAC, se presenta ante este Consejo Nacional a fin de solicitar el cambio de denominacion de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion (UNET) por la de Universidad Privada MORDAZA Da Vinci (UPL), sustentando su pedido en los fundamentos que desarrolla en la solicitud de la materia, adjuntado MORDAZA de la factura del pago de tasa por autorizacion de cambio de nombre de la universidad; Que, por Informe Legal Nº 285-2011-CONAFUCJ de fecha 02 de setiembre de 2011, la Comision Juridica del CONAFU informa que en lo que respecta al documento que contiene el acuerdo de cambio de denominacion adoptado por el organo MORDAZA de la sociedad, se advierte que dicho instrumento no reune los requisitos formales establecidos en el articulo 135º de la Ley General de Sociedades, especificamente en lo relacionado al nombre de los accionistas presentes o de quienes los representen; asi como el numero y clase de acciones de las que son titulares; deficiencia que debe ser subsanada, asimismo, se debe de presentar MORDAZA notarial del acuerdo obrante en el Libro de Actas de la Junta General de Accionistas, en atencion a lo expuesto, la Comision Juridica opina que se declare Inadmisible la solicitud de cambio de denominacion presentada por la senora MORDAZA MORDAZA Miyashima MORDAZA, Gerente General de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion SAC; Que, por Oficio Nº 1669-2011-CONAFU-P recibido de fecha 21 de setiembre de 2011, la Presidenta del CONAFU comunica a la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion - UNET que debera remitir ante este Consejo Nacional, lo solicitado en virtud del Informe Legal Nº 2852011-CONAFU-CJ de fecha 02 de setiembre de 2011, en un plazo de cinco (05) dias habiles, bajo apercibimiento de tenerle por no presentado su solicitud; Que, por Carta s/n recibido de fecha 22 de setiembre de 2011, la Gerente General de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion SAC, en respuesta al Oficio Nº 1669-2011-CONAFU-P, adjunta MORDAZA notarial del acuerdo obrante en el Acta de Junta Universal de Accionistas de la Universidad