Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2011 (20/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de octubre de 2011

del presente Mandato, y siempre que no se encuentre en MORDAZA la renovacion del mismo, sin la aplicacion de interes alguno para el caso de deposito en efectivo, luego que AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. verifique la previa devolucion del bien, que el area asignada se encuentra en las mismas condiciones en la que fue entregada, salvo el deterioro normal por el uso ordinario, y que el USUARIO INTERMEDIO no adeuda suma alguna y se encuentra al dia en el pago de la contraprestacion por la utilizacion de la facilidad esencial que le fue otorgada. En caso de existir adeudos o danos en el bien inmueble, la deuda o costo de reparacion respectiva, seran deducidos de la Garantia MORDAZA mencionada. VIGESIMO SEGUNDA.MANDATO DE ACCESO MODIFICACION DEL

· Anexo 3: MORDAZA del deposito de Garantias de Fiel Cumplimiento o Carta Fianza Bancaria entregada por el USUARIO INTERMEDIO. · Anexo 4: Copias de las Poliza de Seguro. Los Anexos 1, 3 y 4 seran debidamente suscritos entre las partes e informados a OSITRAN. VIGESIMO SEPTIMA.- DISPOSICIONES CONTRATO DE CONCESION DEL

De conformidad con la clausula 13.3.1 del Contrato de Concesion suscrito entre AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. y el Estado Peruano, el USUARIO INTERMEDIO y AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. declaran y se obligan respectivamente, a: (a) AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. se obliga a contar con el asentimiento anticipado del MTC en su calidad de Concedente bajo el Contrato de Concesion, para la cesion de su posicion contractual en el Contrato de Concesion o transferencia de la Concesion a favor de un tercero debidamente calificado. (b) AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. y el USUARIO INTERMEDIO declaran que autorizan al MTC en su calidad de Concedente bajo el Contrato de Concesion, a resolver el Contrato en caso se produzca la Caducidad de la Concesion por cualquier causa. (c) El USUARIO INTERMEDIO renuncia a interponer acciones de responsabilidad civil contra el MTC en su calidad de Concedente bajo el Contrato de Concesion, el Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Publico ­ OSITRAN y sus funcionarios vinculados a la ejecucion del Mandato. Encontrandose conforme los contratantes con todos los extremos del presente documento, Anexo 1 Plano de ubicacion del area a la se otorga acceso para la prestacion de los Servicios Esenciales de Rampa Anexo 2 Relacion del Equipo con el que debe contar el USUARIO INTERMEDIO para la prestacion de los Servicios Esenciales.
Aeropuerto de MORDAZA Item 4 1 1 1 1 1 12 Descripcion Escaleras manuales Vehiculo de servicio de bano Equipo de arrancador neumatico de turbina Planta electrica Faja transportadora de carga y/o equipaje Tractor remolcador de dollies y carretas Carretas MORDAZA equipajes

En los casos que las partes acuerden modificar el presente Mandato de Acceso, AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. debera remitir a OSITRAN dentro de los cinco (05) dias siguientes de haber llegado al acuerdo, el Proyecto de Modificacion respectivo, adjuntando la informacion mencionada en el articulo 72º del REMA. VIGESIMO TERCERA.- MODIFICACION DE LA INFRAESTRUCTURA POR PARTE DE AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. informara a OSITRAN y al USUARIO INTERMEDIO los cambios que vaya a introducir en la infraestructura, en caso que dichos cambios afecten el servicio de abastecimiento de combustible de aviacion, aplicando para tal fin el procedimiento previsto en el articulo 22º del REMA. VIGESIMO CUARTA.- ADECUACION DE CARGOS DE ACCESO Y/O CONDICIONES ECONOMICAS CON OTROS USUARIOS INTERMEDIOS En el caso que durante la vigencia del presente Mandato, AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. llegue a un acuerdo con otro USUARIO INTERMEDIO, otorgando un cargo de acceso y/o condiciones economicas mas favorables que las establecidas en el presente Mandato, estas deberan extenderse al mismo. Lo mismo ocurrira cuando en un caso equivalente, OSITRAN emita un Mandato de Acceso otorgando al USUARIO INTERMEDIO un cargo de acceso y/o condiciones economicas mas favorables que las establecidas en el presente Mandato. VIGESIMO QUINTA.LEY JURISDICCION Y COMPETENCIA APLICABLE,

En todo lo no previsto en el presente Mandato, las partes se someten a las leyes peruanas y en especial a las disposiciones de Codigo Civil vigente. Las partes convienen en resolver sus discrepancias referentes a la interpretacion y ejecucion del Mandato, directa y amigablemente y, de no ser esto posible, acuerdan someterlas al procedimiento de solucion de controversias conforme lo dispuesto en el Capitulo III del Titulo III del Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de OSITRAN. VIGESIMO SEXTA.- ANEXOS Formaran parte integrante del presente Mandato, los siguientes documentos: · Anexo 1: Plano de ubicacion del area a la se otorga acceso para la prestacion de los Servicios Esenciales de Rampa, sobre las cuales las partes ya han llegado a un acuerdo de conformidad con la informacion remitida a OSITRAN para la emision del presente Mandato de Acceso · Anexo 2: Relacion del Equipo con el que debe contar el USUARIO INTERMEDIO para la prestacion de los Servicios Esenciales.

Aeropuerto de Juliaca Item 4 1 1 1 12 Descripcion Escaleras manuales Planta electrica Faja transportadora de carga y/o equipaje Tractor remolcador de dollies y carretas Carretas MORDAZA equipajes