Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2011 (20/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de octubre de 2011

debera comunicar por escrito tal decision al Administrador del Aeropuerto de AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A., con una anticipacion de quince (15) dias habiles. Sin perjuicio de lo MORDAZA expuesto, pagara a AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. en calidad de Lucro Cesante el equivalente al cargo de acceso por los meses que faltan para la culminacion del presente Mandato, hasta un MORDAZA de 2 meses. DECIMO SEPTIMA.- TERMINO DEL MANDATO El presente Mandato puede concluir en los siguientes casos: a) Al vencimiento del plazo por el que se otorgo. b) Por acuerdo entre AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. y el USUARIO INTERMEDIO. c) Por haber sido resuelto por AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. ante la ocurrencia de una o varias de las causales establecidas en el presente Mandato. En tales casos el USUARIO INTERMEDIO debera retirar sus equipos, sin mas requisito que el de recibir comunicacion notarial de AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. al respecto. Para tal efecto contara con un plazo de quince (15) dias calendarios contados a partir de la recepcion de la comunicacion. Si luego del acuse de recibo de la comunicacion mencionada en el parrafo precedente, el USUARIO INTERMEDIO no procediera al retiro de los equipos, desocupacion y entrega de las areas respectivas, dentro

del plazo MORDAZA senalado, AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. queda facultada a efectuar la desocupacion con la presencia de un Notario Publico y/o Juez Competente, realizandose el inventario respectivo sin lugar a reclamo por parte del USUARIO INTERMEDIO. DECIMO OCTAVA.- RESOLUCION DEL MANDATO El USUARIO INTERMEDIO declara de manera expresa que faculta a AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. a resolver de pleno derecho el presente Mandato de Acceso, en caso de haber recibido de esta una notificacion comunicandole el incumplimiento de una de las obligaciones mencionadas en este numeral, y luego de haber transcurrido treinta (30) dias calendarios sin haber subsanado la misma. Las obligaciones cuyo incumplimiento sera causal de resolucion son aquellas contenidas en las siguientes clausulas: - Clausula Tercera.- referida al Objeto del Mandato - Clausulas Sexta y Septima.- referidas al Cargo de Acceso - Clausula Octava.- Obligaciones del USUARIO INTERMEDIO - Clausula Decimo Cuarta.- Polizas de Seguros - Clausula Vigesima.- Responsabilidades laborales, tributarias y otras, siempre que la autoridad competente MORDAZA declarado dos (02) infracciones cometidas por el USUARIO INTERMEDIO en el mismo ano. -Clausula Vigesimo Primera.- Garantias de Fiel Cumplimiento