Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2011 (20/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de octubre de 2011

Que, en cuanto al monumento historico, colonial, republicano Maray Viejo registrado durante el "Proyecto de Investigacion y Delimitacion Arqueologica Maray", se indica que el sitio historico, colonial, republicano Maray Viejo esta compuesto por un antiguo poblado que presenta una iglesia y una gran plaza que tiene sus MORDAZA en la epoca de la colonia, existiendo al interior de la plaza, una MORDAZA de MORDAZA colocada hacia el Noroeste. Al interior del sitio existen calles en patron "ajedrezado" que conducen a sus diversas areas. Otro componente hallado es el cementerio republicano, con presencia de espacios abiertos cercados con banquetas a su interior y muros de gran altura de mas de cuatro metros. Que, el primer parrafo del Articulo 21º de la Constitucion Politica del Estado prescribe que "Los yacimientos y restos arqueologicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliograficos y de archivo, objetos artisticos y testimonios de valor historico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nacion, independientemente de su condicion de propiedad privada o publica. Estan protegidos por el Estado"; Que, los Articulos IV y VII del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion - Ley Nº 28296, senalan que es de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion, de conformidad con la Ley Nº 29565; Que, por su parte, el Articulo 6.1º de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion ­ Ley Nº 28296, establece que "Todo bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion de caracter prehispanico es de propiedad del Estado, asi como sus partes integrantes y/o accesorias y sus componentes descubiertos o por descubrir, independientemente de que se encuentre ubicado en predio de propiedad publica o privada. Dicho bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion tiene la condicion de intangible, inalienable e imprescriptible, siendo administrado unicamente por el Estado"; Que, segun lo prescrito en el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 concordado con lo dispuesto en el literal a) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2011-MC, corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Estando a lo visado por la Direccion General de Patrimonio Cultural, la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion de Arqueologia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion - Ley Nº 28296; Ley N° 29565 - Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2011-MC que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura y la Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificado por Resolucion Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion al Monumento Historico Colonial y Republicano cuya ubicacion se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento MORDAZA Provincia Nombre del Monumento Historico Colonial y Republicano Maray Viejo Huaura Datum PSAD56 MORDAZA 18 Distrito UTM Este UTM Norte Datum WGS84 MORDAZA 18 UTM Este UTM Norte

Articulo 2°.- Modificar el Articulo 1° de la Resolucion Directoral Nacional Nº 971/INC de fecha 30 de setiembre de 2004, unicamente en lo que respecta a la denominacion del sitio arqueologico Tupishi, debiendo corresponderle el de Tupish; ratificando los demas extremos del precitado articulo. Los datos tecnicos del monumento se consignan en el siguiente cuadro:
Departamento MORDAZA Provincia Nombre del sitio arqueologico Tupish Huaura Datum PSAD56 MORDAZA 18 Distrito Checras UTM Este
0300936.0000

Datum WGS84 MORDAZA 18 UTM Este UTM Norte

UTM Norte

8792916.0000 0300711.0000 8792548.0000

Articulo 3°.- Aprobar los expedientes tecnicos (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) de los siguientes bienes culturales, de acuerdo a los planos, areas y perimetros que a continuacion se consignan:
Nombre del monumento Tupish N° de Plano en N° de Plano en Datum PSAD56 Datum WGS84 PP-02-PIA MARAY-2011PSAD56 PP-01-PIA MARAY-2011PSAD56 PW-02-PIA MARAY-2011WGS 84 PW-01-PIA MARAY-2011WGS 84 Area (m2) 4671.5 Area (ha) 0.4671 Perimetro (m) 272.41

Maray Viejo

243368.5

24.3368

1982.38

Articulo 4°.- Encargar a la Direccion de Arqueologia y a la Direccion de Patrimonio Historico, Colonial y Republicano del Ministerio de Cultura la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de la condicion de patrimonio cultural de la Nacion de los monumentos mencionados en los Articulos 1° y 2°, asi como de los planos senalados en el Articulo 3° de la presente resolucion. Articulo 5°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos mencionados en la presente resolucion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 6°.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a los propietarios, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 705098-1

DEFENSA
Autorizan viaje de Oficial EP para recibir tratamiento medico altamente especializado en los EE.UU. acompanado de medico especialista
RESOLUCION SUPREMA Nº 497-2011-DE/EP MORDAZA, 19 de octubre de 2011 Visto, el Oficio Nº 600 Y-8.07/15.00 del 06 de setiembre del 2011, del Hospital Militar Central del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de Junta Intersanidades de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru del 16 de

Checras 0299789.0000 8791050.0000 0299564.0000 8790682.0000