Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2010 (07/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de octubre de 2010

De conformidad con el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Incorporar el distrito de Oropesa, provincia de Antabamba, departamento y distrito judicial de MORDAZA, a la competencia territorial de la Fiscalia Provincial Mixta de Grau, provincia de Grau, departamento y distrito judicial de Apurimac. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidencia de las Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial de MORDAZA, Gerencia General y Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo Titular Encargado del Despacho de la Fiscalia de la Nacion

N° 160 Oficina 101, MORDAZA, para ello, adjunta la respectiva Declaracion de Compromiso. Que, mediante Resolucion SBS Nº 1272-2008, se autorizo a AFP Integra operar en el CIAD ubicado en el Jr. Carabaya N° 515, Lima; Contando con el visto MORDAZA del Departamento de Supervision de Instituciones, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolucion N° 053-98-EF/SAFP y la Resolucion SBS N° 949-2000; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a AFP Integra el cambio de direccion de su agencia ubicada en el Jr. Carabaya N° 515 al MORDAZA Ocona N° 160, Lima. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado Definitivo N° IN-CD-04, que fuera autorizado al MORDAZA de lo dispuesto en la Resolucion SBS Nº 1272-2008 del 29.04.2008. Articulo Tercero.- Expedir y otorgar el Certificado Definitivo N° IN-CD-05, con la nueva direccion referida en el Articulo Primero de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- AFP Integra, a efecto del cambio de direccion que se autoriza por la presente Resolucion, debera dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 15° del Titulo III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondo de Pensiones, referido a Gestion Empresarial, aprobado por Resolucion N° 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias. Articulo Quinto.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA QUIROGA Superintendente Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

552760-10 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1577-2010-MP-FN
Mediante Oficio Nº 14257-2010-MP-FN-SEGFIN el Ministerio Publico solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1577-2010-MPFN, publicada en la edicion del 30 de setiembre de 2010. DICE: Articulo Sexto.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA Rentaria Echenique, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designandolo en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Cumba. DEBE DECIR: Articulo Sexto.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA Renteria Echenique, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designandolo en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Cumba.

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a AFP Integra el cambio de direccion de agencia ubicada en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS N° 11558-2010
MORDAZA, 24 de setiembre de 2010 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: La comunicacion N° GG/105/10 de fecha 21.09.2010, ingresada a esta Superintendencia el mismo dia por la Asociacion de AFP con registro N° 2010-50964; CONSIDERANDO: Que, mediante la comunicacion de Vistos AFP Integra, a traves de la Asociacion de AFP, solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de direccion de su agencia ubicada en el Jr. Carabaya N° 515 al MORDAZA Ocona

Establecen indices de liquidez y solvencia asi como las condiciones que las Cooperativas de Ahorro y Credito no autorizadas a operar con recursos del publico deben cumplir para captar depositos CTS de sus socios
RESOLUCION SBS N° 12321 -2010
04 de octubre de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado en el numeral 6 de la Vigesimo Cuarta Disposicion Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante Superintendencia, supervisa y controla a la Federacion Nacional de Cooperativas de Ahorro y Credito del Peru ­ FENACREP y regula las operaciones de las cooperativas de ahorro y credito no autorizadas a operar con recursos del publico, en adelante CAC; Que, conforme a lo senalado en el numeral 3 de la Vigesimo Cuarta Disposicion Final y Complementaria de la Ley General, la supervision de las CAC esta a cargo de la FENACREP; Que, en el articulo 2° de la Ley N° 29463 se establecen los requisitos que las CAC deben cumplir para solicitar opinion favorable de su ente supervisor, para poder captar depositos de compensacion por tiempo de servicios (CTS) de sus socios;