Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2009 (15/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de agosto de 2009

PROYECTO

400945

ejecucion de las tareas de supervision y fiscalizacion que realizaran tales empresas; Que, en este sentido, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 324-2007-OS/CD, OSINERGMIN aprobo el "Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas y Mineras", con motivo de la entrada en vigencia de la Ley N° 28964- Ley que transfiere competencias de supervision y fiscalizacion de las actividades mineras al OSINERG, por la que se transfirio las competencias de fiscalizacion minera establecidas en la Ley de Fiscalizacion de Actividades Mineras al OSINERG, relacionadas a la seguridad e higiene minera y de conservacion y proteccion del ambiente, estableciendose que las actividades de supervision y fiscalizacion atribuidas podran ser ejercidas a traves de Empresas Supervisoras, debidamente certificadas y calificadas por OSINERGMIN de acuerdo con los criterios y procedimientos que para dichos efectos apruebe el Consejo Directivo; Que, con la finalidad de mejorar la eficacia y eficiencia en el ejercicio de la funcion supervisora de OSINERGMIN, la Entidad ha visto conveniente precisar e incorporar algunas disposiciones, en aras de perfeccionar el MORDAZA reglamentario para el desarrollo de su funcion supervisora, y asi garantizar la transparencia y predictibilidad de su actuacion frente a los administrados; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los articulos 8º y 25º del Reglamento de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, y del articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, para la aprobacion del Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas y Mineras se requiere su prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano, a fin de recibir los comentarios y opiniones del publico en general; Con la opinion favorable de la Gerencia General y de la Gerencia Legal; SE RESUELVE:

de acuerdo con los criterios y procedimientos que para dichos efectos apruebe el Consejo Directivo. Con la finalidad de mejorar la eficacia y eficiencia en el cumplimiento de la funcion supervisora, la Entidad ha visto conveniente incorporar y precisar algunos alcances de las disposiciones, en aras de perfeccionar el MORDAZA reglamentario para el desarrollo de la funcion que realizan las empresas supervisoras en el ejercicio de su competencia, referente a los siguientes puntos: 1.- Definiciones (Art. 3) Se ha incorporado un articulo referente a la definicion de los terminos que aparecen continuamente en el Reglamento, a efectos de precisar y definir el alcance de los mismos. 2.- Alcance de la funcion de supervision (Art. 5) Se ha incorporado la funcion de supervision a las obligaciones fiscalizables referentes a la seguridad y salud en el trabajo. 3.- Acciones de supervision y fiscalizacion (Art. 9) En virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Creacion de OSINERGMIN, Ley Nº 26734; la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley 27699; el Reglamento General de OSINERGMIN, Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y la Ley que transfiere competencias de supervision y fiscalizacion de las actividades mineras al OSINERG, Ley Nº 28964; se ha precisado que las acciones de supervision y fiscalizacion, OSINERGMIN las realizara ya sea a traves de su propio personal o a traves de las Empresas Supervisoras. 4.- Caracteristicas del contrato de supervision (Art. 12) Tomando en cuenta que los contratos celebrados con las Empresas Supervisoras no generan relacion de naturaleza laboral con OSINERGMIN, y considerando la limitacion que estas tienen para prestar asesorias y/o consultorias, se ha establecido que las Empresas Supervisoras pueden prestar sus servicios a mas de una Gerencia de Fiscalizacion, Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria o area equivalente, para lo cual deberan encontrarse habilitadas en el Registro de Empresas Supervisoras de OSINERGMIN. Por otro lado, con la finalidad de precisar el ambito de prohibicion de las Empresas Supervisoras referente a la limitacion a prestar asesorias, consultorias, labores directas o indirectas a entidades supervisadas, durante el plazo que dure su contrato, se ha senalado que dicha limitacion sera respecto a aquellos aspectos y/o actividades que se encuentran bajo el ambito de competencia de OSINERGMIN. Ademas de ello, se ha senalado que se dejaran sin efecto los informes y/o documentos emitidos por dichas empresas, en caso se detecte un hecho de esa naturaleza, luego que estas MORDAZA sancionadas. Asimismo, en concordancia con lo lineamientos senalados por la Gerencia General a traves del Memorando Nº GG-64-2009, de fecha 6 de MORDAZA de 2009, dictados con el objeto de coadyuvar al uso racional de los recursos, se ha establecido la obligacion de las Empresas Supervisoras de contratar directamente los seguros por accidentes personales y de salud, que cubran los riesgos a los que esten expuestos en el desarrollo de sus funciones y por el plazo que dure el contrato, siendo la MORDAZA de la poliza un requisito para la suscripcion del contrato. Adicionalmente a ello, se ha incorporado la obligacion de las Empresas Supervisoras de someterse a un examen medico, previo a su contratacion, que determine si se encuentran aptas para prestar los servicios a ser contratados. 5.- Registro de Empresas Supervisoras (Art. 13) Se ha precisado la definicion de las actividades que son utilizadas para clasificar a las Empresas Supervisoras en el Registro, con la finalidad de tener una mejor comprension del alcance de las mismas. Por otro lado, considerando que parte de la funcion supervisora es la de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, se ha creado la clasificacion de Legal, a fin que se puedan inscribir todas aquellas Empresas Supervisoras que quieran realizar la supervision y fiscalizacion en las actividades de electricidad,

Articulo 1º.- Autorizar la publicacion del Proyecto de Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas y Mineras de OSINERGMIN, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion juntamente con su exposicion de motivos. Articulo 2º.- Las sugerencias y observaciones seran recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o via correo electronico a reglamentosupervision@osinerg. gob.pe dentro de los quince (15) dias calendario siguientes contados desde la fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- La srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Giannoni sera la persona encargada de recibir los comentarios a la presente publicacion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

EXPOSICION DE MOTIVOS
De acuerdo con lo dispuesto por el articulo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que MORDAZA los procesos administrativos vinculados con la Funcion Supervisora. Asimismo, el articulo 4° de la mencionada Ley establece que las funciones de supervision, supervision especifica y fiscalizacion atribuidas al OSINERGMIN podran ser ejercidas a traves de empresas supervisoras, indicando que mediante Resolucion del Consejo Directivo se estableceran los criterios y procedimientos especificos para la calificacion y clasificacion de las Empresas Supervisoras, asi como la contratacion, designacion y ejecucion de las tareas de supervision y fiscalizacion que realizaran tales empresas. En este sentido, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 0324-2007-OS/CD, OSINERGMIN aprobo el "Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas y Mineras", con motivo de la publicacion de la Ley N° 28964- Ley que transfiere competencias de supervision y fiscalizacion de las actividades mineras al OSINERG, por la que se transfirio las competencias de fiscalizacion minera establecidas en la Ley de Fiscalizacion de Actividades Mineras al OSINERG, relacionadas a la seguridad e higiene minera y de conservacion y proteccion del ambiente, estableciendose que las actividades de supervision y fiscalizacion atribuidas podran ser ejercidas a traves de Empresas Supervisoras, debidamente certificadas y calificadas por OSINERGMIN