Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2008 (05/10/2008)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

380978

PROYECTO

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de octubre de 2008

reclamante y deban actuarse durante el procedimiento. d)Adjuntar el Formato de Solicitud de Notificacion por Medio Electronico -el cual se encuentra disponible en la pagina web del OSINERGMIN- debidamente llenado, en el caso que la parte correspondiente desee que los actos procesales surgidos con motivo del procedimiento de solucion de controversias le MORDAZA notificados via correo electronico. Al momento de presentar la reclamacion y contestar esta, las partes presentaran un original del escrito y sus anexos completos debidamente foliados en numeracion correlativa, mas un numero igual de ejemplares adicionales completos, como partes intervengan en el procedimiento y tres copias para los integrantes del Cuerpo Colegiado. Ademas, una MORDAZA en medio magnetico en "Acrobat Reader-PDF". "Articulo 50º.- Tramite en MORDAZA instancia. Recibido el expediente por el Tribunal de Solucion de Controversias, se procedera a su numeracion y registro. Dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de recibido el expediente, el Tribunal de Solucion de Controversias resolvera sobre la admision a tramite de la Apelacion y de ser el caso, se correra traslado de esta a la otra parte, concediendole quince (15) dias para que la absuelva. Absuelto el traslado o vencido el plazo sin que ello se MORDAZA producido, el Tribunal de Solucion de Controversias, senalara fecha y hora para la vista de la causa, en la que las partes podran hacer uso de la palabra. Para la realizacion de la vista de la causa se le aplicaran las mismas reglas que para la Audiencia Unica, en lo que le sea aplicable". "Articulo 53º.- Precedentes vinculantes. Las resoluciones finales emitidas por el Tribunal de Solucion de Controversias, que al resolver casos particulares interpreten de manera expresa y general el sentido de las normas y regulaciones correspondientes a la materia, constituiran precedente de observancia obligatoria en materia administrativa, en tanto los criterios administrativos no MORDAZA modificados. Al momento de su aprobacion debe senalarse expresamente que es un precedente de observancia obligatoria; para su aprobacion se requiere el MORDAZA favorable

de la Sala Plena, que en este caso esta determinado por la conformidad de cuatro (04) de los vocales del Tribunal de Solucion de Controversias, incluido el Presidente. Los precedentes deben ser publicados en el diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web del OSINERGMIN, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha en que hayan quedado firmes, bajo responsabilidad del Secretario General. Asimismo, todas las resoluciones finales emitidas por los Cuerpos Colegiados y por el Tribunal de Solucion de Controversias seran publicadas en la pagina web del OSINERGMIN, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha en que estas hayan quedado firmes". "Articulo 54º.- Solicitud de informes de cumplimiento. Transcurridos quince (15) dias de finalizado el procedimiento, la Secretaria General solicitara a la entidad obligada, la MORDAZA de la documentacion que acredite el cumplimiento del mandato contenido en la Resolucion emitida por el Tribunal de Solucion de Controversias o Cuerpo Colegiado, segun corresponda, teniendo un plazo de cinco (05) dias habiles para su presentacion". Articulo 2º.- Agregar las Sexta y Setima Disposiciones Transitorias y Finales de la Resolucion OSINERGMIN Nº 826-2002-OS/CD, que aprueba el Reglamento de OSINERGMIN para la Solucion de Controversias, las cuales quedaran redactadas como a continuacion se senala: "Sexta.- Las controversias cuyos escritos de reclamacion se hayan presentado MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente resolucion se regiran por lo dispuesto en las normas vigentes a la fecha de MORDAZA del referido escrito". "Setima.- La notificacion por via electronica operara a partir del primer dia habil del mes de enero de 2009". Articulo 3º.- Dejese sin efecto la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Resolucion OSINERGMIN Nº 8262002-OS/CD. 260224-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.
LA DIRECCION