Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2008 (05/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de octubre de 2008

de MORDAZA del 2008. Que de la revision de los actuados se puede precisar que la administrada continuo funcionando pese a las disposiciones municipales emitidas, por lo que ha incurrido en Desobediencias o Resistencia a la Autoridad, delito tipificado en el Articulo 368º. Del Codigo Penal que establece " El que desobedece o resiste la orden impartida por un funcionario publico en el ejercicio de sus atribuciones, salvo que se trate de la propia detencion sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no mayor de dos anos..", opinando se autorice al Procurador Publico interponer ante el Poder Judicial, las acciones legales contra la Senora MORDAZA MORDAZA CHUQUIURE MORDAZA, por el Delito de Desobediencia a la Autoridad previsto y sancionado en el Articulo 368º. del Codigo Penal, en virtud a lo prescrito en el Articulo 9º. Numeral 23) de la Ley Organica de Municipalidades . En cumplimiento de las atribuciones conferidas por los Articulos 9º. Inciso 23) de la Ley Nº. 27972 Ley Organica de Municipalidades, con la votacion por UNANIMIDAD del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Senor Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad de Brena, inicie e impulse los procesos administrativos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el organo de control interno MORDAZA encontrado responsabilidad civil o penal, asi como los demas procesos judiciales, con la finalidad de interponer ante el Poder Judicial las acciones legales contra la Senora MORDAZA MORDAZA CHUQUIURE MORDAZA, por el Delito de Desobediencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el Articulo 368º. del Codigo Penal de Brena de acuerdo al Informe Nº 743-2008GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo notificar el presente Acuerdo a las Gerencias, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, elArticulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Que, mediante Informe Nº 245-2008-GR/MSJL la Gerencia de Rentas alcanza la propuesta de reduccion de tasas para la obtencion del carne de sanidad a Diez y 00/100 Nuevos Soles (S/.10.00); Que, la Gerencia de Desarrollo Social mediante Informes Nºs. 0108 y 0140-08-GDS/MDSJL luego de evaluar la propuesta de reduccion de la tasa para la obtencion del carne de sanidad concluye que esta resulta procedente y que deberia darse por un plazo de tres meses; Que, el numeral 38.5 del Art. 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por resolucion ministerial del sector, MORDAZA regional de rango equivalente o decreto de alcaldia, o por resolucion del titular del organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo; Estando a lo expuesto con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica segun Informe Nº 518-2008GAJ/MSJL, a lo opinado por la Gerencia de Planificacion segun Informe Nº 0086-2008-GP/MSJL y lo dispuesto en el Art. 20 numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar la reduccion de la tasa para la obtencion del carne de sanidad a la suma de Diez y 00/100 Nuevos Soles (S/.10.00) por el plazo de tres meses, segun lo expuesto en la parte considerativa del presente decreto. Articulo Segundo.- El presente decreto de alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban reduccion de tasa para la obtencion del carne de sanidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 028
San MORDAZA de Lurigancho, 1 de octubre de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto el Memorandum Nº 630-2008-GM/MDSJL de fecha 15/09/2008 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 0086-2008GP/MSJL de fecha 09/09/2008 de la Gerencia de Planificacion, el Informe Nº 518-2008-GAJ/MSJL de fecha 04/09/2008 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 0140-08-GDS/ MDSJL de fecha 27/08/2008 de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe Nº 204-08-SGAT-GR/MSJL de fecha 02/08/2008 de la Subgerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº 0108-08-GDS/MDSJL de fecha 01/07/2008 de la Gerencia de Desarrollo Social, y el Informe Nº 245-2008-GR/ MSJL de fecha 24/06/2008 de la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban la realizacion del Programa de "Sorteos Vecino Santanitense Puntual"
ORDENANZA Nº 00013-2008/MDSA
MORDAZA MORDAZA, 24 de setiembre de 2008 VISTO: En Sesion Ordinaria del 23/09/08, el proyecto de Ordenanza para la realizacion del Programa de sorteos "VECINO SANTANITENSE PUNTUAL", para estimular el cumplimiento de obligaciones tributarias municipales y con el fin de promover el desarrollo integral y sostenible, el cual esta dirigido a la promocion y generacion de nuevos negocios en el Distrito de MORDAZA Anita; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27630 - Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades en concordancia con el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Ordenanzas Municipales, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura