Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2008 (05/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de octubre de 2008

la Oficina Tecnica de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion Tecnica, otorga disponibilidad presupuestal por S/. 135,000.00 y S/. 44,200.00 nuevos soles respectivamente, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta Presupuestal 0001- ECE, Partida Especifica de Gasto 5.3.11.32. Que, mediante Informe N ° 043-2008 INEI/OTAJ, la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica opina que la exoneracion del MORDAZA de seleccion solicitada por la Oficina Tecnica de Administracion se enmarca dentro de los supuestos que senalan el Inc. c), del articulo 19° y el articulo 21° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado sobre la situacion de desabastecimiento inminente, concordante con el articulo 141° de su Reglamento; Que de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, toda adquisicion o contratacion debe realizarse mediante los procesos de seleccion contemplados en el articulo 14º y de acuerdo a los margenes que establece la Ley Anual de Presupuesto, siendo estos los siguientes: Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Art. 19° del referido TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, admite que en determinados casos pueden existir excepciones a lo senalado en el parrafo precedente, habiendo previsto las situaciones que expresamente se encuentran exoneradas y por las cuales la entidad pueda apartarse del MORDAZA de seleccion que corresponderia a la contratacion en una situacion regular. Conforme al literal c), estan exoneradas del MORDAZA de seleccion correspondiente las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones concordante con los Arts.146º y 147º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de seleccion deberan ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable. Dichas resoluciones requieren obligatoriamente de los informes tecnico y legal previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision; Que, la definicion de situacion de desabastecimiento inminente ha sido desarrollada por el Art. 21° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Art. 141º del precitado Reglamento, donde se considera a aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa o inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a sus cargo de manera esencial, lo que faculta la adquisicion de los bienes en la cantidad necesaria para resolver la situacion; Que, el articulo 27º del Decreto Supremo N° 0842004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, prescribe que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podra ser modificado cuando se tenga que excluir o incluir procesos de seleccion, o se modifique la cantidad prevista de bienes, servicios u obras en mas de 25% del valor estimado y ello varie el MORDAZA de MORDAZA de seleccion. La aprobacion y difusion de las modificaciones se MORDAZA de la forma prevista en los articulos 25° y 26° del mismo cuerpo normativo; Con las visaciones de la Secretaria General, Direccion Nacional de Censos y Encuestas y de las Oficinas Tecnicas de Administracion y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo 1º.- INCLUIR, en el "Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica para el Ejercicio Fiscal 2008", aprobado con Resolucion Jefatural Nº 015-2008-INEI, el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica para la contratacion del servicio de agenciamiento de pasajes aereos nacionales para el personal que participara en la capacitacion de la Evaluacion Censal de Estudiantes 2008, asi como en la supervision de la operacion de MORDAZA, por

el monto de S/.179,200.00 Nuevos Soles, de conformidad con lo senalado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica la contratacion del servicio de agenciamiento de pasajes aereos nacionales para el personal que participara en la capacitacion de la Evaluacion Censal de Estudiantes 2008, asi como en la supervision de la operacion de MORDAZA, por la causal de situacion de desabastecimiento inminente, prevista en el Inc. c), del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- APROBAR la contratacion de los servicios descritos en el articulo precedente, por un valor referencial de S/. 179,200.00 nuevos soles, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta Presupuestal 0001- ECE, Partida Especifica de Gasto 5.3.11.32. Articulo 4º.- AUTORIZAR, a la Oficina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios de la Oficina Tecnica de Administracion, llevar a cabo la contratacion a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, mediante acciones inmediatas de acuerdo a lo previsto en las Normas de Contratacion y Adquisiciones del Estado. Articulo 5°.- DISPONER, que la Oficina Tecnica de Administracion haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente Resolucion y los informes que lo sustentan, de conformidad con lo prescrito en el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo 6°.- PUBLICAR la presente Resolucion en el SEACE, asi como en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su aprobacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe

260690-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Transfieren terreno a titulo gratuito a favor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo para la ejecucion de complejo deportivo - comercial
JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCION Nº 118-2008/SBN-GO-JAD
San MORDAZA, 2 de setiembre de 2008 Visto, el Expediente N° 120-2008/SBNJAD, en el cual se sustenta la desafectacion de dominio publico y la transferencia de propiedad a favor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, del terreno de 22 548,90 m², constituido por el Lote DEP del Pueblo Joven MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, en merito a la Ley Nº 29151, Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 004-2007VIVIENDA, es el organismo publico descentralizado, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion estan a su cargo; Que, el Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, es propietario del terreno de 22 548,90 m², constituido por el Lote DEP del Pueblo Joven MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, se encuentra inscrito en la Partida Nº P03091575 del Registro de Predios de MORDAZA y anotado en el Registro SINABIP N° 3602, correspondiente al departamento de Lima;