Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2008 (18/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto, el Informe N° 228-2008-MPC-GGATR, de fecha 19 de Noviembre del 2008 de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas; y, CONSIDERANDO:

Articulo Cuarto.- Derogar el Decreto de Alcaldia Nº 000028, publicado el 04 de agosto del 2007, y los demas dispositivos que se opongan al presente Decreto de Alcaldia. Articulo Quinto.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Por tanto: mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao DIRECTIVA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA REVOCAR, MODIFICAR, SUSTITUIR O COMPLEMENTAR LAS ORDENES DE PAGO, RESOLUCIONES DE DETERMINACION Y/O RESOLUCIONES DE MULTA TRIBUTARIA DESPUES DE SU EMISION O NOTIFICACION Articulo 1º.- OBJETIVO Establecer el procedimiento interno para revocar, modificar, sustituir o complementar las Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion y/o Resoluciones de Multa Tributaria despues de su emision o notificacion. Articulo 2º.- ALCANCE. La presente Directiva esta dirigida al personal encargado de la atencion y orientacion a los contribuyentes que efectuen comunicacion de la existencia de errores materiales o circunstancias posteriores a la emision o notificacion de actos de la Administracion Tributaria. Su cumplimiento es obligatorio para todos los trabajadores de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas de la Municipalidad Provincial del Callao. Articulo 3º.- BASE LEGAL 1) Constitucion Politica del Peru 2) Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. 3) Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 4) Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF. 5) Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF, y modificatorias. Articulo 4º.- La Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas podra revocar, modificar, sustituir o complementar las Ordenes de Pago, Resoluciones de determinacion o Resoluciones de Multa Tributaria con posterioridad a su emision o notificacion, cuando: a) Los pagos efectuados por el deudor tributario hubieran sido imputados equivocadamente por la Administracion Tributaria. b) Existan pagos totales o parciales de la deuda tributaria realizados hasta el dia anterior a aquel en que se efectue la notificacion de las Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion o Resoluciones de Multa que contienen dicha deuda. c) Las Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion o Resoluciones de Multa Tributaria hubieran sido notificadas sin considerar que la totalidad o parte de la deuda tributaria ha sido materia de un aplazamiento y/o fraccionamiento aprobado mediante Resolucion. d) Las Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion o Resoluciones de Multa Tributaria se hubieran emitido en funcion a errores de digitacion, afectacion, transcripcion y/o procesamiento de montos o datos por la Administracion Tributaria, duplicidad de codigos de contribuyente y/o de predio en el Registro de contribuyentes. e) Se presenten los siguientes casos de duplicidad en la emision de los documentos: - Tratandose de Ordenes de Pago, estas correspondan al mismo tributo y periodo tributario, provengan de

Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que "Los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, articulos 107º y 108º numeral 2), respectivamente, senala que los actos de la Administracion Tributaria podran ser revocados, modificados o sustituidos por otros, MORDAZA de su notificacion e incluso despues de la misma, cuando se detecte la presencia de circunstancias posteriores a su emision que demuestren su improcedencia o cuando se trate de errores materiales como los de redaccion o calculo; Que, el numeral MORDAZA citado faculta a la Administracion a senalar los casos en que existan errores materiales o circunstancias posteriores a la emision o notificacion de sus actos, asi como a dictar el procedimiento para revocar, modificar, sustituir o complementar los mismos; Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 000028 de fecha 02 de agosto del 2007, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 04 de agosto de 2007, se aprobo el procedimiento para modificacion, sustitucion o revocacion de actos administrativos cuando los actos que tengan relacion directa con la determinacion de la deuda tributaria hayan sido emitidos o notificados; Que, es necesario implementar un mecanismo eficaz que permita a los deudores tributarios comunicar la existencia de los casos senalados en los considerandos anteriores, y obtener inmediata solucion, reduciendo tiempo, gasto y esfuerzo, respecto al procedimiento para la revocacion, modificacion, sustitucion o complementacion de las Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion y/o Resoluciones de Multa Tributaria con posterioridad a su emision o notificacion; a efectos de brindar una atencion de calidad a los contribuyentes de la Municipalidad Provincial del Callao; De acuerdo a los antecedentes, con la visacion de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, en ejercicio de las facultades conferidas al MORDAZA por el articulo 42 y el numeral 6 del articulo 20 de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva que establece el Procedimiento para revocar, modificar, sustituir o complementar las Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion y/o Resoluciones de Multa Tributaria despues de su emision o notificacion, cuya regulacion forma parte del presente Decreto de Alcaldia, y consta de 9 articulos y 2 Disposiciones Finales. Articulo Segundo.- Apruebese el Formulario Unico de Anulacion de Actos de la Administracion Tributaria, que se anexa al presente Decreto de Alcaldia; el mismo que sera distribuido gratuitamente a solicitud del interesado. Articulo Tercero.- Encarguese a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas y Gerencia de Informatica, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, y a la Gerencia General de Relaciones Publicas, la difusion respectiva.