Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2008 (18/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, referido a las medidas de austeridad en bienes y servicios prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de los acuerdos de negociacion de tratados comerciales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru, asi como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, siendo que todos los viajes se realizan en categoria economica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideracion los dispositivos legales MORDAZA mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; la Ley Nº 27238, Ley de la Policia Nacional del Peru y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN; el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprobo el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE:

presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Presidente del Consejo de Ministros y por el senor Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MELONI Ministro del Interior 292415-4

JUSTICIA
Acceden a pedido de extradicion activa de procesado por presunta comision de delito contra el patrimonio y disponen su MORDAZA por via diplomatica a la Republica de Bolivia
RESOLUCION SUPREMA Nº 198-2008-JUS MORDAZA, 17 de diciembre de 2008 Visto; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 101-2008/COE-TC del 29 de septiembre de 2008, sobre la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA formulada por el Vigesimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 11 de septiembre de 2008, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que sea procesado por la presunta comision del Delito contra el Patrimonio - Hurto Agravado previsto y penado por el articulo 186º del Codigo Penal en perjuicio de la Empresa Bulgaria Sociedad Anonima Sala de Juegos Tragamonedas - New MORDAZA City (Expediente Nº 89-2008); Que, mediante el Informe Nº 101-2008/COE-TC del 29 de septiembre de 2008, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradicion activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y Bolivia, suscrito en MORDAZA el 27 de agosto de 2003, aprobado por el Congreso de la Republica mediante Resolucion Legislativa Nº 28936 del 14 de diciembre de 2006, ratificado mediante Decreto Supremo Nº 0052007-RE, y el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS sobre normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados; En uso de la facultad conferida por el 37º y los incisos 8 y 9 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y,

Articulo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero en comision del servicio al Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MUGURUZA MORDAZA, y al Suboficial Tecnico de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUIBAJO, del 19 de diciembre al 23 de diciembre de 2008, a la MORDAZA de Buenos Aires - Republica de MORDAZA, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MUGURUZA MORDAZA Viaticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 5 x 200 US$ 1,000.00 TOTAL US$ 1,000.00 Suboficial Tecnico de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUIBAJO Viaticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 5 x 200 US$ 1,000.00 TOTAL US$ 1,000.00 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4º.- Dentro de los siete (7) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera