Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2006 (12/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano martes 12 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

327969

establece que las resoluciones administrativas referidas a aprobaciones de tramites anticipados relativos a la inscripcion de valores mobiliarios o al registro de prospectos informativos correspondientes a programas de emision en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53º y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, asi como por lo establecido en la sesion del Directorio de CONASEV del 6 de MORDAZA de 1999, que delega al Gerente General la facultad de aprobar tramites anticipados, disponer la inscripcion de valores y/o registro de prospectos derivados de tramites anticipados, asi como disponer la inscripcion de programas de emision de valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el tramite anticipado, disponer el registro del prospecto MORDAZA correspondiente e inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores el programa de emision de instrumentos de corto plazo denominado "Programa de Instrumentos de Corto Plazo Metalpren I" de Metalpren S.A., hasta por un monto MORDAZA en circulacion de dos millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 2 000 000,00) o su equivalente en otras monedas. Articulo 2º.- Inscribir los valores correspondientes a la primera emision del "Programa de Instrumentos de Corto Plazo Metalpren I", hasta por un monto MORDAZA en circulacion de un millon y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 1 000 000,00), y registrar el complemento del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3º.- La oferta publica de los instrumentos de corto plazo a que se refiere el articulo 2º de la presente resolucion, debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto por el articulo 25º y, de ser el caso, por el articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23º y 24º del mencionado reglamento. La colocacion de los valores debera efectuarse en un plazo que no exceda de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, y siempre y cuando el plazo del programa y del tramite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga en ningun caso podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Articulo 4º.- La aprobacion, inscripcion y registro a los que se refieren los articulos 1º y 2º de la presente resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 6º.- Transcribir la presente resolucion a Metalpren S.A. en su calidad de emisor y de agente estructurador; a Scotia Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LOZAN MORDAZA Gerente General Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 01925-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Fijan montos de remuneracion mensual del MORDAZA y de Dietas de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 0178-06-MDLV La MORDAZA, 5 de agosto de 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en la Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada con fecha 5 de agosto del 2006, el Dictamen Nº 00112006-CPPPAL/MDLV, de fecha 3 de agosto del 2006 de la Comision Permanente de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales, el Decreto Supremo Nº 046-2006-PCM mediante el cual establecen el monto de la Unidad Remunerativa del Sector Publico - URSP correspondiente al ano 2007 y el Decreto de Urgencia Nº 019-2006 mediante el cual establecen la compensacion mensual por el ejercicio de funciones del Presidente de la Republica, Congresistas de la Republica, Ministros de Estado, Presidentes Regionales, Alcaldes, Consejeros Regionales y Regidores, para los meses de agosto a diciembre del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 046-2006 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31 de MORDAZA del 2006, fijo en la suma de S/. 2,600.00 Nuevos Soles, el monto de la Unidad Remunerativa del Sector Publico, correspondiente al ano 2007; Que, el Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 0192006 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 1 de agosto del presente ano "tiene por finalidad establecer la compensacion mensual por el ejercicio de funciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado elegidos por votacion popular y de los Ministros de Estado y autoridades con rango de Ministros de Estado, correspondiente a los meses de agosto a diciembre del 2006"; Que, el articulo 7º del acotado Decreto de Urgencia establece que "los Alcaldes Distritales percibiran por todo concepto, la compensacion mensual por el ejercicio de sus funciones que fijen los Concejos Municipales correspondientes la misma que no excedera la suma de S/. 11,050.00 Nuevos Soles; Que, el articulo 8º establece que en el caso de Regidores Municipales reciben dietas que en ningun caso pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de la compensacion del Alcalde; Estando a lo expuesto de conformidad a la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y a los Articulos 79º y 85º del Reglamento Interno de Concejo, luego del debate pertinente, el Concejo; por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion de acta; ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR se fije en S/. 11,050.00 (once mil cincuenta y 00/100 Nuevos soles), la remuneracion mensual que el senor MORDAZA Distrital de La Victoria. Articulo Segundo.- APROBAR se fije en S/. 1,657.50 (mil seiscientos cincuenta y siete y 50/100 Nuevos Soles), el monto de la Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de La MORDAZA, a partir del mes de agosto hasta el mes de diciembre del 2006, por asistencia efectiva a cada sesion de Concejo, abonandose hasta por un MORDAZA de dos (2) Sesiones al mes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01983-1