Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2006 (12/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LAS PRESTACIONES DEL D.L. 19990, D.L. 18846 y PENSIONES POR ENCARGO-PEE(1)
Derecho de Pago (3). Automatica Positivo tramite mas expeditivo. Gratuito 30 dias Oficina de Orientacion y Recepcion a nivel nacional. Jefe de la Division de Calificaciones y/o Coordinadores Departamentales, segun corresponda . Reconsideracion: Division de Calificaciones. Apelacion: Gerencia de Operaciones (Disp. Transitoria de la Ley Nº 28040). Reconsideracion al Jefe de la Division de Calificaciones. Plazo: 15 dias. Resuelve el Jefe de la Division de Calificaciones Plazo: 30 dias. . Documentacion sustentatoria. Apelacion al Gerente de Operaciones. Plazo: 15 dias. . Resuelve el Gerente de Operaciones. Plazo: 30 dias. .Documentacion sustentatoria. Negativo Evaluacion Previa CALIFICACION Dependencia donde se inicia el tramite Autoridad competente para resolver en primera instancia el tramite Autoridad que resuelve el recurso administrativo Observaciones



Denominacion del Procedimiento (Base Legal y Fecha de Publicacion)

Requisitos (2)

El Peruano martes 12 de setiembre de 2006

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RECTIFICACION DE RESOLUCION POR ERROR MATERIAL (Decreto Ley Nº 19990, Decreto Ley Nº 18846)

Solicitud segun formato autorizado adjuntando:

MORDAZA simple legible de:
R

EP

UB

Ley Nº 27444 (11.04.2001) Art. 201 .

LICA DEL P E
R
U

. Documento de Identidad vigente. . Mostrar la Resolucion Administrativa por rectificarse, si la tuviere.*

*Este requisito no es de obligatorio cumplimiento, pero su MORDAZA coadyuvara a realizar un tramite mas expeditivo.

. Documento que sustente la rectificacion, en caso corresponda. Gratuito 30 dias Oficina de Orientacion y Recepcion a nivel nacional. Jefe de la Division de Calificaciones y/o Coordinadores Departamentales, segun corresponda. Para los regimenes especiales el tramite lo realiza la Division de Calificaciones.

NORMAS LEGALES

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CAMBIO DE TUTOR - Decreto Ley Nº 19990, Decreto Ley Nº 18846

Solicitud segun formato autorizado adjuntando:

Motivo de solicitud NSP: 063 Decreto Legislativo Nº 295 (25.07.1984) Arts. 502º a 563º y 564º a 618º. Ley Nº 27337 Art. 100º. D.S Nº 015-98-PCM (25.04.1998) Art. 3 .

. Certificacion de reciente expedicion (maximo 3 meses de antiguedad) del Registro Personal de los Registros Publicos donde conste inscrito la calidad de Tutor o Curador, segun el caso.

. MORDAZA de Resolucion Judicial que nombra al curador, si este inicia el tramite y la MORDAZA de su Inscripcion en RENIEC.

SOLICITUDES RELACIONADAS AL MORDAZA DE OTORGAMIENTO DE PRESTACIONES - D.L.18846
Gratuito 30 dias Oficina de Orientacion y Recepcion a nivel nacional. Jefe de la Division de Calificaciones Reconsideracion: Division de Calificaciones. Apelacion: Gerencia de Operaciones (Disp. Transitoria de la Ley Nº 28040). El poder general se formaliza mediante simple designacion de persona cierta en el escrito, o acreditando una carta poder con firma del administrado. Si en el Poder, se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas, necesariamente debera precisarse el alcance y sentido de las mismas, para cuyo efecto se requerira de Poder Especial, el mismo que debe contener expresamente el o los actos para los cuales fue conferido. Debera ser formalizado a eleccion del administrado, mediante documento privado con firmas legalizadas ante Notario o Funcionario Publico autorizado para el efecto o mediante declaracion en comparecencia personal del administrado y representante ante la

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SOLICITUD DE RENTA VITALICIA POR ENFERMEDAD PROFESIONAL

Solicitud segun formato autorizado adjuntando:

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