Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2005 (14/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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DICE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 14 de febrero de 2005

"Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha a la senora abogada MORDAZA MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA Figuerola como ..." DEBE DECIR: "Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha a la senora abogada MORDAZA MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA Figuerola como ..." 03330

Otorgan permisos de pesca a diversas empresas y persona natural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 026-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 20 de enero del 2005 Visto los escritos de registro Nº CE-00356001 del 10, 14, 19 y 20 de enero del 2005, presentado por don MORDAZA MORDAZA LESEVIC, en representacion de la empresa panamena LA PARRULA FISHING CORP., CONSIDERANDO: Que el inciso c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, solo podran efectuarse sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que los articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que el inciso c) del articulo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera, para la extraccion de recursos de oportunidad, o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE del 4 de noviembre del 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendose en su numeral 7.3 del articulo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera en US$. 50.00 (cincuenta dolares de los Estados Unidos de America) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un periodo de tres (3) meses; Que mediante los escritos del visto, don MORDAZA MORDAZA LESEVIC en representacion de la empresa LA PARRULA FISHING CORP., solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "LA PARRULA", de bandera panamena, en la extraccion del recurso atun, con destino al consumo humano directo, dentro de las aguas jurisdiccionales peruanas, por el periodo de tres meses; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente la recurrente acredita que la embarcacion pesquera "LA PARRULA", cumple con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, asi como los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resultaria procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante Informe Nº 17-2005-PRODUCE/DNEPP-Dch, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, apro-

PRODUCE
Oficializan el IV Simposio de Pesca Artesanal "La Flota Pesquera Artesanal: Situacion Actual y Propuestas de Modernizacion", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 028-2005-PRODUCE MORDAZA, 8 de febrero del 2005 Visto los Oficios Nºs. 655-2004-ANEPAP/CD/P y 0162005-ANEPAP/CD/P, presentados por la Asociacion Nacional de Empresas Pesqueras Artesanales del Peru ANEPAP; CONSIDERANDO: Que, conforme a la politica del sector, el Ministerio de la Produccion, a traves del Viceministerio de Pesqueria, promociona el desarrollo integral de la actividad pesquera artesanal, para cuyo efecto es necesario desarrollar acciones que contribuyan con la mencionada actividad, incentivandola y manteniendola como agente generador de empleo y de abastecimiento de productos hidrobiologicos para el consumo humano; Que, mediante los documentos del visto, la Asociacion Nacional de Empresas Pesqueras Artesanales del Peru - ANEPAP solicita la oficializacion del IV Simposio , de Pesca Artesanal "La Flota Pesquera Artesanal: Situacion Actual y Propuestas de Modernizacion", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, el 9 de febrero del ano en curso; Que, el citado evento tiene por objeto analizar la composicion y desarrollo de la flota pesquera artesanal y los problemas que afrontan los armadores para mejorar la eficiencia y seguridad de sus embarcaciones, asi como proponer las alternativas de solucion para la modernizacion de la flota artesanal, evento que es necesario oficializar a fin de lograr la mayor participacion de la comunidad pesquera artesanal; Con las visaciones del Viceministro de Pesqueria, de la Direccion Nacional de Pesca Artesanal, de las Oficinas Generales de Desarrollo y Planeamiento Estrategico y de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y a las facultades conferidas por el inciso i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar el IV Simposio de Pesca Artesanal "La Flota Pesquera Artesanal: Situacion Actual y Propuestas de Modernizacion", organizado por la Asociacion Nacional de Empresas Pesqueras Artesanales del Peru - ANEPAP, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, el 9 de febrero del 2005. Articulo 2º.- La realizacion del evento no irrogara gastos al presupuesto del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 03327