Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2005 (14/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, lunes 14 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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juridica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripcion de la organizacion politica solicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registro toda la documentacion correspondiente a la misma; Que se ha vencido el plazo senalado en el articulo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se MORDAZA presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripcion, conforme es de verse en el Memorando Nº 034-2005-OTDA/JNE de fecha 27 de enero del 2005; Que, las organizaciones politicas locales se constituyen por iniciativa y decision de sus fundadores y, luego de cumplido los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Politicas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Oficina de Registro de Organizaciones politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas a la Organizacion Politica Local Distrital "Renovacion Familiar Perleno". Articulo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el libro especial de Organizaciones Politicas Locales, Partida Numero Cinco y registrese la inscripcion en el Asiento Numero Uno. Articulo Tercero.- Tengase acreditados como personero legal titular al doctor MORDAZA MORDAZA Bolanos Amezaga y Personero Legal Alterno al Sr. MORDAZA MORDAZA Pumarino. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA PATRON Jefe de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas 03161

sulta necesario designar al funcionario de confianza que ocupara dicho cargo; En uso de las facultades contenidas en el articulo 13º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, y literal y) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE, modificado por Resoluciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ONPE y Nº 2522004-J/ONPE; con el visado de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, a partir del 14 de febrero de 2005, al senor Luigino Pilotto Carreno, en el cargo de confianza de Gerente de Asesoria Juridica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, correspondiente a la Plaza Nº 023 del Cuadro para Asignacion de Personal. Articulo Segundo.- Dar por concluida la encargatura de la Dra. MORDAZA MORDAZA Chipoco Caceda en el Despacho de la Gerencia de Asesoria Juridica, establecida por Resolucion Jefatural Nº 004-2005-J/ONPE, siendo su ultimo dia de encargatura el 13 de febrero de 2005, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional 03301

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Facultad de nueva observacion de Cartas Fianza en caso de no cumplir con el requisito de incondicionalidad
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO ACUERDO Nº 002/2005 7 de febrero de 2005 El Tribunal, luego del debate correspondiente, por unanimidad, Acordo: Establecer que, en los casos en los cuales la carta fianza o poliza de caucion presentada por los recurrentes luego de observado el recurso de revision interpuesto ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado contenga todos los requisitos contenidos -segun el caso- en el articulo 165º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM o en el articulo 176º del que fuera aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, pero que adicionalmente aludan su ejecucion al caso de incumplimiento, deberan ser admitidas confiriendose a la parte impugnante el termino de dos dias para que efectue su aclaracion. Dentro de dicho termino el postor podra, alternativamente, presentar un documento aclaratorio de la entidad financiera precisando que la garantia sera ejecutable en cada uno de los supuestos contemplados en la MORDAZA aplicable, presentar una nueva carta fianza o poliza de caucion en la que se suprima la alusion de ejecucion en caso de incumplimiento, o sustituirla por un deposito bancario conforme a la normativa de la materia. Transcurrido el termino de aclaracion conferido, sin que la parte MORDAZA cumplido con atender el requerimiento efectuado por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el recurso de revision se tendra por no presentado.

ONPE
Designan Gerente de Asesoria Juridica de la ONPE
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCION JEFATURAL Nº 029-2005-J/ONPE MORDAZA, 11 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, dispone que los puestos de trabajo, MORDAZA permanentes o temporales, seran cubiertos por concurso publico, salvo aquellos calificados de confianza conforme a las leyes vigentes, que no excederan del 10% del total respectivo de trabajadores; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 004-2005-J/ ONPE, del 10 de enero de 2005, se acepto la renuncia del Gerente de Asesoria Juridica, quedando vacante dicho cargo de confianza signado con la Plaza Nº 023 del Cuadro para Asignacion de Personal; Que, asimismo, mediante la citada resolucion jefatural se encargo el despacho de la Gerencia de Asesoria Juridica hasta que se designe al titular de la plaza, a la Dra. MORDAZA MORDAZA Chipoco Caceda, Jefa del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 016-2005J/ONPE se acepta la renuncia de la Dra. MORDAZA MORDAZA Chipoco Caceda al cargo de confianza de Jefa del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional a partir del 16 de febrero de 2005; Que, a la fecha el cargo de confianza de Gerente de Asesoria Juridica se encuentra vacante, por lo que re-