Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2005 (14/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, lunes 14 de febrero de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Ley Nº 26366 se creo la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, como un organismo descentralizado MORDAZA y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos; Que, es politica de la SUNARP fomentar la participacion de la sociedad civil, a fin de contar con mayores MORDAZA de opinion y dialogo que coadyuven a optimizar el cumplimiento de los fines institucionales de la SUNARP dentro de una politica de apertura y promocion de la participacion ciudadana; Que, mediante Resolucion Nº 403-2002-SUNARP/ SN de fecha 24 de setiembre de 2002, se creo el Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº III - Sede Moyobamba, disponiendose que el mandato de sus miembros sera de un ano; Que, mediante el oficio de visto, la Jefa de la MORDAZA Registral Nº III - Sede Moyobamba senala que las diferentes instituciones que integran el referido Consejo Consultivo han informado sobre la designacion o ratificacion de sus representantes ante el mismo; Que, asimismo, la Jefa Zonal considera conveniente la incorporacion de nuevos miembros al Consejo Consultivo, en representacion de importantes instituciones de la MORDAZA de Tarapoto; Que, por otro lado, la Jefa Zonal propone la ratificacion del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante de la SUNARP ante el referido Consejo Consultivo; Que, a fin de desconcentrar y optimizar los servicios que brinda la SUNARP, mediante Resolucion Nº 4072004-SUNARP/SN se delego a la Superintendencia Adjunta, entre otras facultades, la potestad de emitir las resoluciones de designacion de los Consejos Consultivos; Que, este Despacho coincide con las propuestas formuladas por la Jefa de la MORDAZA Registral Nº III - Sede Moyobamba; En ejercicio de las facultades delegadas por la Resolucion Nº 407-2004-SUNARP/SN y estando a lo dispuesto por el literal l) del articulo 13º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluidas las funciones del Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº III - Sede Moyobamba designado por Resolucion Nº 403-2002-SUNARP/SN, dando las MORDAZA a sus integrantes por las actividades realizadas durante su funcionamiento. Articulo Segundo.- Ratificar al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante de la SUNARP ante el Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº III - Sede Moyobamba. Articulo Tercero.- Designar al Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº III - Sede Moyobamba para el periodo 2005-2006, cuyos miembros se indican a continuacion:
Miembro Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA JARAMA Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA URSUA Econ. MORDAZA BARDALEZ COCHAGNE Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Econ. MORDAZA RIVERO UZATEGUI Sr. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Institucion a la que representa Colegio de Abogados de San MORDAZA Municipalidad Provincial de Moyobamba Gobierno Regional de San MORDAZA Colegio de Ingenieros del Peru - Consejo Departamental de San MORDAZA Camara de Comercio y Produccion de Moyobamba Colegio de Arquitectos del Peru - Consejo Zonal San MORDAZA Camara de Comercio y Produccion de San MORDAZA (Tarapoto) Municipalidad Provincial de Tarapoto Colegio de Ingenieros de San MORDAZA (Tarapoto) SUNARP

menor a los quince (15) dias habiles luego de publicada la presente Resolucion. Articulo Quinto.- La Jefatura de la MORDAZA Registral Nº III - Sede Moyobamba debera informar a esta Superintendencia Adjunta respecto a la instalacion del Consejo Consultivo, asi como comunicar periodicamente los temas que MORDAZA tratados en sus sesiones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SCHEELJE Superintendente Adjunto (e) 03175

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Declaran como brindis oficial de la Region Ica el uso del MORDAZA y sus derivados en ceremonias publicas protocolares
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Ica, mediante Oficio Nº 179-2005GORE-ICA/GGR-SG-UAD, recibido el 11 de febrero de 2005) ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2003-GORE-ICA EL CONSEJO REGIONAL DE ICA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente; El Consejo Regional de Ica, en Sesion Ordinaria de 24 de MORDAZA del 2003; ha aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional "Brindis Oficial de la Region Ica, el uso del MORDAZA y sus derivados"; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales" modificada por la Ley Nº 27902 establece en su Art. 38º que el Consejo Regional como organo normativo del Gobierno Regional tiene la atribucion de normar asuntos de caracter general; Que, son competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales las establecidas en la Ley Nº 27867 su Art. 9º Inc. e) "promover el desarrollo socioeconomico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes" y la establecida en el Inc. f) "dictar normas inherentes a la gestion regional"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 055-99-ITINCI/DM, se instituyo el MORDAZA MORDAZA del mes de MORDAZA de cada ano, como el "DIA DEL MORDAZA SOUR", a nivel nacional; Que, la Direccion Regional Agraria Ica ha cursado a la Comision de Asuntos Legales el oficio Nº 675-2003GORE-DRAG-ICA del 27 de marzo de 2003 por el cual pide "conformar la Comision de Trabajo Multisectorial, integrada por el Gobierno Regional, Direccion Regional Agraria de Ica, CITEVID - Ica, la Camara de Comercio de Ica y el representante de la Asociacion de Productores de MORDAZA de Ica", anexando MORDAZA del Acta de Reunion de la Cadena de Vid al MORDAZA, llevada a cabo el 6 de marzo del 2003 donde participaron diversas instituciones publicas y privadas asi como representantes de las organizaciones agrarias, Consejeros Regionales de la Comision Agraria y Comision de Reglamento y Asuntos Legales del Consejo Regional de Ica; Que, la Region Ica, es conocida a nivel nacional e internacional por ser la pionera en la elaboracion del MORDAZA, ya que en el siglo XVI llego la uva al Peru y fue en los valles de Ica, que esos cultivos se expandieron debido a las propicias condiciones climaticas del lugar, razon por la cual en esta MORDAZA se desarrollo con fuerza la industria de vinos y aguardientes de uva conocido como "Pisco", que es una palabra de origen quechua que significa avecilla o pajaro; motivo por el

Articulo Cuarto.- El Consejo Consultivo designado en el articulo precedente ejercera sus funciones durante un (1) ano calendario contado a partir de la fecha de su instalacion, la cual debera realizarse en un plazo no