Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2005 (13/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de MORDAZA de 2005

la Comision de Asuntos Juridicos, sobre Regularizacion de la Numeracion Municipal en el distrito de San Isidro; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales representan a su comunidad y tienen a su cargo velar por el desarrollo integral, sostenible y armonico de su jurisdiccion, en este sentido es necesario establecer disposiciones que promuevan la identificacion inmediata y real de los predios, conforme a lo establecido en el numeral 3.4 del Punto 3 del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, habiendose detectado que existen inmuebles que no cuentan con numeracion municipal oficial o que contando con esta no la exhiben, o que exhiben numeracion diferente a la asignada por la Municipalidad de San MORDAZA, se ha visto por conveniente regular la obligatoriedad de exhibir en el predio la numeracion asignada oficialmente; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL ORDENAMIENTO DE LA NUMERACION MUNICIPAL DE LOS PREDIOS DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I FINALIDAD Y OBJETIVOS Articulo Primero.- La presente Ordenanza tiene como finalidad establecer la obligatoriedad de colocar la numeracion municipal oficial asignada por la Municipalidad de San MORDAZA, por lo menos en el ingreso principal exterior de los predios y el interior si fuera el caso. Articulo Segundo.- Los objetivos de la presente Ordenanza se orientan a: a) Conseguir que todos los predios del distrito de San MORDAZA cuenten con numeracion municipal oficial para facilitar la identificacion inmediata de estos, mediante la exhibicion obligatoria y progresiva de los elementos de numeracion, coadyuvando ademas al saneamiento fisico legal de los mismos. b) Consolidar la identificacion de los predios en el Sistema de Informacion Catastral Municipal. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza es de cumplimiento obligatorio para los propietarios de predios a los que corresponda numeracion municipal oficial, a predios con obras nuevas que hayan sido objeto de independizacion y a los terrenos sin construir o con obras demolidas que se encuentren dentro de la jurisdiccion del distrito de San Isidro. CAPITULO II DE LAS CARACTERISTICAS DE LOS ELEMENTOS DE NUMERACION Articulo Cuarto.- Los elementos de numeracion deberan cumplir con las siguientes caracteristicas: a) Los materiales y disenos de los elementos de numeracion exterior e interior seran de libre eleccion del propietario, siempre que permitan su MORDAZA lectura y cumplan lo dispuesto por los literales b), c) y d) siguientes. b) Las dimensiones de los elementos de numeracion (placas) en exteriores e interiores no seran menores de 0.08 m. x 0.14 m., ni mayores de 0.20 m. x 0.30 m. c) Las dimensiones de los elementos de numeracion (numeros recortados) en exteriores e interiores no seran menores de 0.05 m ni mayores de 0.15 m de altura. En los casos de edificios y locales comerciales que utilicen numeros recortados podran tener un tamano mayor siempre que sea concordante con la fachada y no alteren el ornato. d) Solo podra colocarse numeros pintados en los terrenos sin construir, predios demolidos y estacionamientos interiores, debiendo indicar los primeros el Lote, Manzana y Urbanizacion a la que pertenecen, siendo responsabili-

dad del propietario mantener visible la identificacion del predio. CAPITULO III DEL PROCEDIMIENTO Articulo Quinto.- La Municipalidad de San MORDAZA realizara durante todo el ano 2005 una MORDAZA de verificacion de numeracion predial. En los casos que se detecte alguna irregularidad en la identificacion fisica de un predio, se cursara un oficio al propietario acompanado de un Reporte de la Numeracion Municipal Oficial asignada, sin costo alguno. Los propietarios de los predios que no cuenten con numeracion municipal oficial asignada y/o que hubieran ejecutado obras que modifiquen los ingresos de los mismos afectando la numeracion municipal oficial, deberan realizar el saneamiento de la numeracion y de las obras cumpliendo con los requisitos que establezca el MORDAZA vigente y las disposiciones de la Ley Nº 27157 - Ley de Regularizacion de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun y su respectivo Reglamento. Para todos los casos, se otorgara un plazo de noventa dias habiles a partir de la recepcion del documento a fin de que adecuen su numeracion y las obras que se hayan realizado sin autorizacion y que repercutan en la identificacion fisica del predio. Transcurrido este sin realizar la adecuacion o saneamiento correspondiente, se procedera a aplicar las sanciones reguladas en el Articulo Setimo y las que deriven del incumplimiento a la Ley Nº 27157 - Ley de Regularizacion de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun y su Reglamento, de ser el caso. CAPITULO IV DE LAS FISCALIZACIONES Y SANCIONES Articulo Sexto.- El control y fiscalizacion del cumplimiento de la presente Ordenanza estara a cargo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de Catastro Integral. Articulo Setimo.- El propietario del predio que incumpla con las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza, estara sujeto a las sanciones que se detallan a continuacion: a) Se aplicara una sancion correspondiente al 10% de la UIT, si el predio no exhibe por lo menos en la MORDAZA principal exterior e interior la Numeracion Municipal Oficial asignada. b) Se aplicara una sancion correspondiente al 20% de la UIT, si el predio exhibe numeracion no autorizada o distinta a la asignada y/o certificada por la autoridad Municipal. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al senor MORDAZA para que dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para el eficaz cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Incorporar dentro de la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas, las infracciones mencionadas en la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Comunicaciones, Participacion Vecinal y Proyectos Especiales la divulgacion de la presente Ordenanza. La presente MORDAZA entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 07138