Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2004 (20/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, lunes 20 de setiembre de 2004 RESUELVE:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Pag. 276791

Articulo Unico.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada del Partido Aprista Peruano, para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003-2006, debiendosele otorgar la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 16928

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a Oficinas de Registro de Estado Civil de las Municipalidades Distritales de Huasta y Encanada la apertura de Registros de Libros de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 485-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 6 de setiembre de 2004 VISTO: El Informe Nº 1537-2004-GO-SGREC/RENIEC de fecha 23 de MORDAZA del 2004 y el Informe Nº 8512004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 9 de agosto del 2004, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Huasta, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Huasta, provincia de Bolognesi, departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado, confirmandose la inexistencia de Libros Registrales Originales de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion anteriores al mes de agosto de 1990, a excepcion de los Libros de Nacimiento de los anos 1978, 1979, 1980, 1981, 1982, 1983, 1985 y 1986; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion;

Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de Reinscripcion de Libros Registrales Originales de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion anteriores al mes de agosto de 1990, a excepcion de los Libros de Nacimiento de los anos 1978, 1979, 1980, 1981, 1982, 1983, 1985 y 1986, propuesta por la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Huasta, provincia de Bolognesi, departamento de MORDAZA, por los considerandos anteriormente expuestos. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Huasta, provincia de Bolognesi, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion Ley Nº 26242 - 26497", en la parte superior central del acta, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 16824 RESOLUCION JEFATURAL Nº 486-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 6 de setiembre de 2004 VISTO: El Informe Nº 1411-2004-GO-SGREC/RENIEC de fecha 15 de MORDAZA del 2004 y el Informe Nº 832-2004GAJ/RENIEC de fecha 5 de agosto del 2004, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Encanada, provincia y departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Encanada, provincia y departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado, confirmandose la inexistencia de Libros Registrales Originales de Nacimiento de los anos 1927 a 1929, 1936 a 1938 y 1949 a 1951; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de Reinscripcion de Libros Registrales Originales de Nacimiento de los anos 1927 a 1929, 1936 a 1938 y 1949 a 1951, propuesta por la