Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2004 (26/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 26 de MORDAZA de 2004

Que, finalmente, con relacion al recurso de reconsideracion, se ha expedido el Informe Tecnico OSINERG Nº 097-2004-OS/CD de la Gerencia de Regulacion de Gas Natural, de la GART y el Informe OSINERG-GART-AL2004-102 de la Asesoria Legal de la GART, los mismos que contienen la motivacion adicional que sustenta la decision del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el articulo 3º, numeral 4 de la LPAG13 ; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM, en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y en lo dispuesto en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarese fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la Empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.R.L, en el extremo referido al apartado 2.1.1, Costo Extra de Distribucion (CED), por las razones que aparecen en el apartado 2.1.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarese infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la Empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.R.L, en los extremos referidos a los apartados 2.2.1 y 2.3.1, incorporacion del MORDAZA de Cambio (TC) y del MORDAZA de Cambio Referencial (TCo) y Vigencia y aplicacion de la Resolucion Nº 097-2004-OS/CD; por las razones que aparecen en los 0apartados 2.2.2 y 2.3.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Los valores resultantes de las modificaciones a efectuarse como consecuencia de lo dispuesto en el articulo 1º de la presente resolucion, seran consignados en un procedimiento a ser pre publicado en resolucion complementaria. Articulo 4º.- Incorporese el Informe Tecnico OSINERGNº 097-2004 ­ Anexo 1, como parte de la presente resolucion. Articulo 5º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Igualmente debera ser consignada, junto con el Anexo 1, en la pagina WEB de OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA SOLOGUREN CALMET Presidente del Consejo Directivo (e)

nanza que reglamenta el MORDAZA Participativo del Presupuesto Institucional 2005; y, CONSIDERANDO: Que, el Informe Nº 046-2004-GPP/MDB, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, asimismo el Informe Nº 046-2004-GAJ/MDB, de fecha 21 de MORDAZA de 2004 emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos; sobre el MORDAZA Participativo del Presupuesto Institucional 2005; establecen que el Concejo Municipal debe reglamentar el mencionado MORDAZA en el MORDAZA de sus competencias, y acorde con la normatividad establecida sobre la materia; Que, los articulos 197º y 199º de la Constitucion del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, el articulo 53º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que las municipalidades se rigen por los presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan , aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion; Que, la Decimosexta Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, dispone que las municipalidades regularan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, el Concejo Municipal tiene la atribucion de aprobar las normas que garanticen, una efectiva participacion vecinal, conforme a lo senalado en el articulo 9º inciso 14 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, como documentos fuente se tomaran como referencia para el desarrollo del MORDAZA Participativo del Presupuesto Institucional 2005, el Plan de Desarrollo Integral elaborado en coordinacion con el Instituto Metropolitano de Planificacion -IMP y el , Plan Estrategico Institucional de esta Municipalidad; De conformidad con lo establecido en los articulos 9º numerales 8 y 14 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por Unanimidad, se aprobo la siguiente; ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL MORDAZA PARTICIPATIVO DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL 2005 TITULO I FINES Y OBJETIVOS DE LA ORDENANZA

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Articulo 3º.- Requisitos de validez de los actos administrativos Son requisitos de validez de los actos administrativos: ... 4. Motivacion.- El acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporcion al contenido y conforme al ordenamiento juridico ..."

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban Reglamento del MORDAZA Participativo del Presupuesto Institucional 2005
ORDENANZA Nº 125-MDB REGLAMENTO DEL MORDAZA PARTICIPATIVO DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL 2005 Brena, 22 de MORDAZA de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: Visto, en la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen de la Comision de Planeamiento, Presupuesto y Administracion de Recursos, sobre el proyecto de Orde-

Articulo 1º.- La presente ordenanza establece y regula los mecanismos y procedimientos para la participacion de los representantes de la Sociedad Civil, sus responsabilidades y el Cronograma para el MORDAZA Participativo del Presupuesto Institucional 2005, de la Municipalidad de Brena. Articulo 2º.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto es responsable de llevar a cabo en coordinacion con la Subgerencia de Promocion Social, el MORDAZA Participativo del Presupuesto Institucional 2005. TITULO II DE LA CONVOCATORIA, REGISTRO Y ACREDITACION DE LA SOCIEDAD CIVIL Articulo 3º.- La Municipalidad convocara a la sociedad civil a participar en el MORDAZA Participativo del Presupuesto Institucional 2005. La sociedad civil comprende a las organizaciones sociales de base territorial o tematica asi como a los organismos e instituciones privadas organizadas y no organizadas ubicadas en el distrito de Brena. Son organizaciones de base territorial o tematica, aquellas cuyos miembros residan mayoritariamente dentro del distrito, tales como juntas o comites vecinales, clubes de madres, comedores populares, comites de vaso de leche, comunidades campesinas y nativas, indigenas y afro peruanas, sindicatos, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jovenes, las mesas de concertacion de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupacion social representativa del distrito. Los organismos e instituciones privadas son todas las organizaciones, instituciones y demas entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesiona-