Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2003 (25/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de setiembre de 2003

falta de verificacion de la informacion que contenia el Certificado de Computo Laboral al no haber sido contrastado con el Registro de las Planillas de Computo Laboral, por lo cual incumplio los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, asi como el articulo 127º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, incurriendo en faltas administrativas disciplinarias contempladas en los incisos a) y d) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Que, los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Seguridad del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad de Yanamilla MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Administrador y miembro del Consejo Tecnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario Sentenciados de Huamancaca, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, miembro del Consejo Tecnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario Sentenciados de Huamancaca, MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA CAIRAMPOMA, MORDAZA MORDAZA GUISBERT MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA GERARDINI, miembros del Organo Tecnico de Tratamiento del Establecimiento Penitenciario Sentenciados de Huamancaca, han levantado los cargos formulados a traves de la Resolucion Presidencial Nº 351-2003-INPE-P de fecha 15 de MORDAZA de 2003; Estando a lo Informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, por el Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario y contandose con las visaciones de los Miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas a traves de la Resolucion Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la sancion de DESTITUCION al servidor MORDAZA MORDAZA ATOC MORDAZA, Agente Penitenciario, Nivel Remunerativo STF, ex Jefe de Trabajo y Educacion del Establecimiento Penitenciario Procesados La MORDAZA Chanchamayo, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- DISPONER que a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE se imponga la medida disciplinaria de SUSPENSION sin goce de remuneraciones por el termino de CINCO (5) DIAS al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente Penitenciario, Nivel Remunerativo STB, ex Jefe de Seguridad del Establecimiento Penitenciario Sentenciados de Huamancaca, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- DISPONER que a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE se imponga la medida disciplinaria de AMONESTACION ESCRITA al servidor WILDER MORDAZA MORDAZA, Agente Penitenciario, Nivel Remunerativo STF, ex Jefe de Trabajo y Educacion del Establecimiento Penitenciario Procesados La MORDAZA Chanchamayo, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 4º.- ABSOLVER a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente Penitenciario, Nivel Remunerativo STF, Jefe de Seguridad del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad de Yanamilla Ayacucho; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente Penitenciario, Nivel Remunerativo STA, Administrador y miembro del Consejo Tecnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario Sentenciados de Huamancaca; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesional Asistente Social, Nivel Remunerativo IV, Miembro del Consejo Tecnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario Sentenciados de Huamancaca; MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA CAIRAMPOMA, Profesional Abogado, Nivel Remunerativo SPB; MORDAZA MORDAZA GUISBERT MORDAZA, Profesional Asistente Social, Nivel Remunerativo IV y MORDAZA MORDAZA MORDAZA GERARDINI, Profesional Psicologo, Nivel Remunerativo IV, miembros del Organo Tecnico de Tratamiento del Establecimiento Penitenciario Sentenciados de Huamancaca, de los cargos formulados a traves de la Resolucion Presidencial Nº 351-2003-INPE-P de fecha 15 de MORDAZA de 2003, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 5º.- DISPONER que los hechos irregulares cometidos por el servidor MORDAZA MORDAZA ATOC MORDAZA MORDAZA puestos en conocimiento por la Direccion Regional Centro Huancayo al Juzgado Especializado en lo Penal de Chanchamayo - La MORDAZA, para los fines correspondientes.

Articulo 6º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 17601

OSINERG
Declaran fundado, fundado en parte e infundado los extremos del recurso de reconsideracion interpuesto por Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. contra las RR. Nºs. 103 y 105-2003-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 155-2003-OS/CD
MORDAZA, 22 de setiembre de 2003 Que, con fecha 16 de MORDAZA de 2003, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (en adelante "OSINERG") publico las Resoluciones de Consejo Directivo OSINERG Nº 103-2003-OS/CD y OSINERG Nº 105-2003-OS/ CD contra las cuales la Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. (en adelante "SEAL"), dentro del termino de ley, presento recurso de reconsideracion, siendo materia del presente acto administrativo el analisis y decision de dicho recurso impugnativo. 1.- ANTECEDENTES Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal b) del Articulo 43º de la Ley de Concesiones Electricas1 (en adelante "LCE"), las tarifas y compensaciones correspondientes a los sistemas de transmision deberan ser reguladas por el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (en adelante "OSINERG"). De acuerdo con lo estipulado por el Articulo 44º de la LCE2 , la referida regulacion sera efectuada, independientemente de si las tarifas corresponden a ventas de electricidad para el servicio publico o para aquellos suministros que se efectuen en condiciones de competencia; Que, mediante Resolucion OSINERG Nº 0001-2003-OS/ CD se aprobo la MORDAZA denominada "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", dentro de la cual se encuentra el Anexo B "Procedimiento para Fijacion de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision". Este procedimiento establece los pasos a seguir en la regulacion de los correspondientes cargos de la transmision secundaria. Asi mismo, ordena, mediante la MORDAZA Disposicion Transitoria3 , que la fecha de inicio para la regulacion correspondiente al ano 2003, deberia ocurrir, MORDAZA del 1 de febrero;

1

Articulo 43º.- Estaran sujetos a regulacion de precios:
(...) b) Las tarifas y compensaciones a titulares de Sistemas de Transmision y Distribucion; (...)

2

Articulo 44º.- Las tarifas de transmision y distribucion seran reguladas por la Comision de Tarifas de Energia independientemente de si estas corresponden a ventas de electricidad para el servicio publico o para aquellos suministros que se efectuen en condiciones de competencia, segun lo establezca el Reglamento de la Ley. Para estos ultimos, los precios de generacion se obtendran por acuerdo de partes. (...) MORDAZA DISPOSICION TRANSITORIA: El procedimiento para Fijacion de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision a que se refiere el Anexo B de la presente MORDAZA, comenzara en esta unica oportunidad, MORDAZA del 1 de febrero de 2003, entendiendose proporcionalmente prorrogados para dicha fijacion, los demas plazos que aparecen en el citado Anexo.

3