Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2003 (25/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de setiembre de 2003

distica e Informatica", el INEI tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del Sistema Estadistico para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, a fin de medir la actividad economica de Hidrocarburos en el MORDAZA, es necesario realizar a nivel nacional, la "Encuesta Economica Anual 2002 - Estadistica de Hidrocarburos" que permita disponer de informacion economica y financiera de las empresas dedicadas a esta actividad, indispensable para la elaboracion de las variables e indicadores economicos sectoriales que contribuyan a la adopcion de medidas de politica economica de este Subsector; Que, el INEI ha realizado las coordinaciones con la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadistica e Informatica del Ministerio de Energia y Minas, sobre el planeamiento de la encuesta, asi como la definicion y contenido de los formularios electronicos a ser utilizados; Que, es conveniente autorizar la ejecucion de la citada Encuesta, dirigida a las personas naturales o juridicas que se dedican a la Explotacion y Produccion de Hidrocarburos y Productos Derivados del Petroleo en el MORDAZA, la misma que sera ejecutada por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadistica e Informatica del Ministerio de Energia y Minas, asi como aprobar los respectivos formularios electronicos, en observancia de las Directivas Tecnicas del INEI; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 81º, 83º y 87º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 - Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la realizacion de la "Encuesta Economica Anual 2002- Estadistica de Hidrocarburos", que sera ejecutada por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadistica e Informatica del Ministerio de Energia y Minas, dirigida a las personas naturales o juridicas dedicadas a la Explotacion y Produccion de Hidrocarburos y Productos Derivados del Petroleo, especificadas en la seccion C division 11, clase 1110 y 1120, y la division 23, clase 2320 de la Clasificacion Internacional Industrial Uniforme, Rev. 3, y que se encuentran bajo el ambito de competencia de este Subsector. Articulo 2º.- Aprobar los formularios de la mencionada Encuesta que forman parte de la presente Resolucion y cuya distribucion se efectuara a partir del 22 de septiembre del 2003. Dichos formularios estan dirigidos a las empresas que realizan las siguientes actividades: - Formularios F-1 : Empresas Petroleras - Formularios F-2 : Empresas de Refinerias - Formularios F-3 : Empresas que se dedican a la Produccion y Comercializacion de Aceites y Lubricantes. Articulo 3º.- Las personas naturales y juridicas a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion podran acceder a los formularios electronicos de la forma siguiente: a) Directa.- Solicitando los formularios electronicos de la Encuesta a la Oficina General de Sistemas del Ministerio de Energia y Minas, sito en Av. Las Artes 260, San Borja. Las Empresas deberan entregar un diskette en MORDAZA y presentar una carta indicando la informacion basica siguiente: 1. Ubicacion geografica (departamento, provincia y distrito). 2. Direccion de la empresa. 3. Registro Unico del Contribuyente (RUC). 4. Razon Social. 5. Telefonos y Fax. 6. Correo Electronico. 7. Pagina WEB. 8. Ventas Netas 2002. 9. Personal Ocupado 2002. 10. Organizacion Juridica. 11. Numero de Establecimientos. 12. Descripcion de la Actividad Economica. 13. Principales productos que fabrica, compra y/o vende o servicios que brinda. 14. Nombre del Representante Legal.

b) Internet.- Las empresas podran obtener el formulario electronico a traves de un aplicativo en Internet colocado en la pagina Web del Ministerio de Energia y Minas (www.mem.gob.pe), del cual podra descargar el formulario electronico. Para estas empresas, la informacion basica senalada en el literal a) debera ser llenado en un formato que se encuentra en dicha pagina Web. Articulo 4º.- Establecer como plazo MORDAZA, a nivel nacional, para la MORDAZA de los formularios debidamente diligenciados de la "Encuesta Economica Anual 2002- Estadisticas de Hidrocarburos " hasta el 28 de noviembre del 2003. Articulo 5º.- La informacion economica - financiera que proporcionen las empresas a traves de la Encuesta, debe ser presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Articulo 6º.- Las empresas que incumplan la MORDAZA de la informacion solicitada, dentro del plazo establecido seran multadas conforme a lo dispuesto por los articulos 87º, 89º, 90º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe 17654

Autorizan realizacion de la "Encuesta Economica Anual - Estadisticas de los Servicios Electricos 2002"
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA RESOLUCION JEFATURAL Nº 308-2003-INEI
MORDAZA, 17 de setiembre del 2003 Visto el Oficio Nº 041-2003-MEM-OGP, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadistica e Informatica del Ministerio de Energia y Minas, solicitando autorizacion para realizar la "Encuesta Economica Anual 2002 - Estadistica de los Servicios Electricos"; CONSIDERANDO: Que, conforme al Inc. c) del Art. 9º del Decreto Legislativo Nº 604 - "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica" el INEI tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del Sistema Estadistico para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, a fin de medir la actividad economica energetica en el MORDAZA, es necesario realizar a nivel nacional, la "Encuesta Economica Anual 2002 - Estadistica de los Servicios Electricos" que permita disponer de informacion economica y financiera de las empresas dedicadas a esta actividad, indispensable para la elaboracion de las variables e indicadores economicos sectoriales que contribuyan a la adopcion de medidas de politica economica de este subsector; Que, el INEI ha realizado las coordinaciones con la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadistica e Informatica del Ministerio de Energia y Minas, sobre el planeamiento de la encuesta, asi como la definicion y contenido del formulario a ser utilizado, por lo que es conveniente, autorizar su ejecucion y aprobar el formulario electronico respectivo; la mencionada encuesta esta dirigida a las empresas de Servicios Electricos del MORDAZA, y sera ejecutada por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadistica e Informatica del MEM; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 - "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica";