Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2003 (18/11/2003)


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NORMAS LEGALES PROYECTO

MORDAZA, martes 18 de noviembre de 2003

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

Prepublicacion de la Ordenanza de Procedimiento para el Pago de Deuda Tributaria por Inversion en Educacion
Sugerencias: Cualquier sugerencia debera ser enviada a los siguientes correos electronicos: eflores@municallao.gob.pe y secgen@municallao.gob.pe durante los siguientes siete dias.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao en Sesion Ordinaria de fecha ...; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades promueven el desarrollo humano integral a nivel de su jurisdiccion, propiciando el desarrollo sostenible de las comunidades educadoras, asi como el equipamiento y el mejoramiento de la infraestructura de los locales educativos, de acuerdo a las funciones que en esta materia le son asignadas por el Articulo 82º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, el MORDAZA legal tributario vigente permite el pago de la deuda tributaria a traves de medios distintos al dinerario, conforme lo establece el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que, resulta necesaria la dacion de un MORDAZA estructural que precise la celebracion de convenios que coadyuven a la consolidacion del sistema educativo dentro de la jurisdiccion del Cercado Callao; Estando a lo dispuesto por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se ha dado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA DE PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE DEUDA TRIBUTARIA POR INVERSION EN EDUCACION Articulo 1º.- Las personas naturales o juridicas que mantengan adeudos por concepto de tributos cuya administracion corresponda a la Municipalidad Provincial del Callao, podran cancelar hasta el veinte por ciento (20%) del total de la misma, a traves de la entrega de bienes y/o a la ejecucion de servicios, destinados al mejoramiento de la infraestructura y/o ensenanza de colegios de educacion publica y en general a la optimizacion del Sistema Educativo dentro de la jurisdiccion del distrito del Cercado Callao. Para los efectos de la presente Ordenanza, se entiende susceptible de ser materia de acogimiento, la deuda tributaria generada o por generarse. Articulo 2º.- Para efectos del acogimiento del pago de deuda tributaria por inversion en educacion publica, el solicitante debera presentar su peticion, acompanada de los siguientes documentos: a) MORDAZA simple del documento de identidad o comprobante informacion registrada en el RUC expedido por SUNAT, del contribuyente o su representante legal de ser el caso. b) Pericia de valorizacion suscrita por profesional colegiado (de corresponder).

c) Proyecto de Inversion; el que consistira en un resumen que debera definir con precision, las caracteristicas de los bienes y servicios, grado de disponibilidad de los mismos, valor referencial y demas especificaciones tecnicas, asi como su potencialidad de empleo en el ambito educativo. d) Documento que sustente la propiedad de los bienes ofrecidos en calidad de pago, de corresponder. Articulo 3º.- Conformese un Comite evaluador de las solicitudes que MORDAZA presentadas por los deudores tributarios, conforme al Articulo 1º de la presente Ordenanza, el mismo que estara integrado por: a) El Gerente Municipal, quien la presidira. b) El Gerente de la Oficina General de Asesoria Juridica. c) El Gerente de la Direccion de Servicios Sociales y Culturales. El Comite sesionara en forma permanente, debiendo contar con la asistencia del numero total de sus miembros para la adopcion de las decisiones. Para efectos de la evaluacion de las solicitudes presentadas, el Comite podra solicitar a cualquiera de las Direcciones u Oficinas integrantes de la Municipalidad, los informes que estime convenientes. Los Acuerdos del Comite son apelables y seran resueltos en MORDAZA instancia por el MORDAZA Provincial del Callao. Articulo 4º.- Los Convenios de pago de deuda en inversion en educacion deberan establecer las medidas apropiadas para asegurar la adecuada y efectiva administracion de los bienes y/o servicios, asi como los mecanismos que permitan la verificacion de su correcta gestion. Articulo 5º.- Los bienes y/o servicios que MORDAZA entregados o ejecutados dentro del MORDAZA de esta Ordenanza, seran destinados a la ejecucion de proyectos de desarrollo, administrativos por un Comite Especial de Control, cuyos integrantes seran designados mediante Resolucion de Alcaldia, permaneciendo en funciones hasta el termino del Convenio suscrito. Articulo 6º.- Mediante Decreto de Alcaldia, se senalaran a las instituciones educativas del sector publico que seran beneficiarias de los proyectos de desarrollo, con preferencia de los sectores de extrema pobreza. Articulo 7º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 21415