Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2003 (18/11/2003)


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MORDAZA, martes 18 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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nificativos para la inocuidad de los alimentos en el segmento de la cadena alimentaria considerada. Cuerpo receptor: Cualquier corriente de agua natural o cuerpo de agua receptor de efluentes liquidos. Contaminacion Cruzada: Transferencia microbiana de un alimento de alto riesgo a otro vulnerable por ser consumido directamente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en MORDAZA a los diez y seis dias del mes de octubre de dos mil tres. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 21306

Aprueban habilitacion MORDAZA de proyecto piloto de vivienda en terreno ubicado en el Cercado de MORDAZA
RESOLUCION Nº 512-2003-MML-DMDU MORDAZA, 6 de octubre de 2003 EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO; VISTO, los Codificados Nº 30782-2003 y Acumulados, mediante el cual el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, solicita la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA Nueva del Proyecto Piloto de Vivienda "Martinete", desarrollado en el terreno de 27,950.00 m², ubicado en MORDAZA Altos, sobre la margen izquierda del Rio MORDAZA, entre la linea ferrea y la prolongacion del Jr. Amazonas y Jr. MORDAZA Lorente del distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima; asi como la Carta Nº 1779-03-GGBM, de fecha 14 de MORDAZA de 2003, por la cual el Banco de Materiales remite a la entidad estatal MORDAZA aludida el Proyecto de Habilitacion MORDAZA y Construccion Simultanea de Vivienda para el Proyecto referido; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2001-MTC, de fecha 2 de octubre de 2001, el Gobierno Central declara de necesidad y utilidad publica el Proyecto Piloto de Vivienda "Martinete"; asimismo, lo contempla la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 358 de fecha 23 de febrero de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, de fecha 19 de marzo de 2002, publicado el 20 de marzo del mismo ano, se constituye la Comision de Coordinacion para facilitar la construccion de viviendas, con la finalidad de promover el acceso de la poblacion a la propiedad privada destinada a la vivienda; Que, de conformidad a la Ordenanza Nº 372-MML, de fecha 26 de marzo de 2002, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 1 de MORDAZA del mismo ano, la Comision referida ha calificado como MORDAZA de Reglamentacion Especial "ZRE" las areas de terreno materia del presente tramite, las cuales han sido seleccionadas para el desarrollo de programas de vivienda, que se regiran por el Reglamento de Habilitacion y Construccion MORDAZA Especial aprobado por Decreto Supremo Nº 053-98-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC y sus disposiciones complementarias, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Urbano; Que, por Resolucion Ministerial Nº 267-2002-MTC/ 15.01, de fecha 10 de MORDAZA 2002, publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 14 de MORDAZA del mismo ano, se autoriza al Viceministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la construccion del Proyecto Piloto de Vivienda "Martinete" descrito con anterioridad, el mismo que tiene por objeto ejecutar un programa de vivienda con fines de destugurizacion y renovacion urbana; Que, en concordancia con la precitada Resolucion Ministerial, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA expidio con

fecha 16 de MORDAZA de 2002, la Ordenanza Nº 378-MML, publicada el 19 de MORDAZA de 2002 por el que califica como MORDAZA de Reglamentacion Especial "ZRP", la MORDAZA denominada "Patio Martinete", con la recomendacion que en el diseno de la Habilitacion MORDAZA, los tecnicos tanto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, como de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA acuerden la continuidad de la trama vial circundante al mismo, con arreglo a los lineamientos establecidos por Ordenanza Nº 201-MML; Que, es necesario precisar que en la aludida Ordenanza Nº 378-MML se incurrio en error involuntario al momento de consignar las siglas de la zonificacion; siendo que, mediante fe de erratas publicada con fecha 26 de MORDAZA de 2002, se corrige dicho error consignandose las siglas correctas "ZRE"; Que, mediante Informe Nº 07-2002-MML-DMDU-OPDM de fecha 4 de junio de 2002, se propuso que el flujo entre el distrito de San MORDAZA de Lurigancho y la Av. Grau en direccion a MORDAZA Metropolitana no debe pasar por el Jr. MORDAZA Lorente, por no existir seccion suficiente y por que se agregaria conflictos a la MORDAZA central; por tanto, dicho flujo deberia transcurrir por el Jr. Locumba. Asimismo, se senala que es inviable e inconveniente continuar con la antigua nocion de un malecon del MORDAZA con caracteristicas de autopista que en la practica sera una via de alta velocidad incompatible con el uso recreativo del rio MORDAZA como MORDAZA, ademas de significar la demolicion de zonas historicas y monumentales incluidas en el sector denominado Patrimonio Cultural de la Humanidad. La nocion correcta es una via de borde que alimente e interconecte el area central; los MORDAZA flujos deben ocurrir por la Via de Evitamiento que se encuentra al frente y que requerira mejorar la interconexion. Concluye el referido informe considerando que con el cumplimiento de las pautas mencionadas el Proyecto Piloto de Vivienda "Martinete" es conforme, recomendandose que se efectue la gestion para lograr la continuidad vial del Jr. Locumba a fin de poder integrar el corredor Av. Grau - MORDAZA Confraternidad, lo que permitira la conexion con el distrito de San MORDAZA de Lurigancho y el flujo vial de interconexion Este con la vialidad del Centro y Sur (Circunvalacion, Carretera Central y Av. Aviacion - Panamericana Sur), y con el Oeste con la Av. Grau; descongestionando los MORDAZA Altos y el Centro Historico de Lima; Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 81º y literal c) del articulo 80º del Reglamento Interno del Concejo Metropolitano, la Comision Permanente de Desarrollo MORDAZA, en Sesion de fecha 13 de junio de 2002, acordo aprobar el Informe Nº 07-2002-MML-DMDU-OPDM, a la vez impulsar la ejecucion del Corredor Vial Grau - Locumba - MORDAZA Peru - Japon - Los Proceres, el cual queda como opcion definitiva para canalizar el MORDAZA del MORDAZA Este al Sur Este (Carretera Central y viceversa), respetar el area de reserva que requerira el proyecto Malecon MORDAZA y lo normado en el Plan Maestro del Centro Historico de Lima. Asimismo, coordinar con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones las acciones que se tomaran en cuenta sobre los terrenos de propiedad del Estado que se vean afectados por dicha propuesta vial; Que, mediante Carta Nº 001-2003-ET-C, emitida por SEDAPAL con fecha 2 de enero de 2003 se otorga la conformidad tecnica al proyecto de agua potable y alcantarillado que MORDAZA servicio a 352 lotes para viviendas unifamiliares conformantes del Proyecto Piloto de Vivienda "Martinete"; Que, mediante Carta GC Nº 013/2002 de fecha 22 de MORDAZA de 2002 emitida por EDELNOR otorga la factibilidad de abastecimiento de energia electrica al citado Conjunto Habitacional; y mediante Carta Nº DAC/SRC-348-2002 de fecha 11 de noviembre de 2002 otorga conformidad al Proyecto del Subsistema de Distribucion Secundaria e Instalaciones de Alumbrado Publico para el Programa de Vivienda Martinete; Que, mediante Acuerdo Nº 4 tomado en Sesion Nº 0112003 de fecha 14 de MORDAZA de 2003, la Comision Metropolitana de Habilitacion MORDAZA acordo Aprobar la Habilitacion MORDAZA en Vias de Regularizacion del terreno de 27,950.00 m² denominado Proyecto Piloto de Vivienda "Martinete" ubicado en el distrito del Cercado, provincia y departamento de MORDAZA, que se encuentra enmarcado dentro de la normatividad del Reglamento de Habilitacion y Construccion MORDAZA Especial - MIVIVIENDA; anotando que se inscribira como carga hasta la recepcion de obras lo siguiente: a) El area central y MORDAZA de estacionamiento ubicado entre las manzanas A-C y B-D se declara como reserva vial para la prolongacion de la MORDAZA MORDAZA Lorente de conformidad a la Ordenanza Nº 341MML; b) La reubicacion de las lineas de media y alta tension respetando la franja de seguridad, de acuerdo a la normativi-