Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2003 (18/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, martes 18 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo Quinto.- DERIVAR, los presentes actuados a la Direccion de Autorizaciones Urbanas de esta Corporacion Municipal, para la aprobacion de los proyectos de edificacion y otorgamiento de licencia de construccion correspondiente. Articulo Sexto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario contados a partir de la notificacion de la presente. Articulo Setimo.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente, a la Direccion de Autorizaciones Urbanas de esta Corporacion Municipal y a la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA YEP MORDAZA Director Municipal 21378

de efectuar procesos de adjudicacion de menor cuantia, la adquisicion o contratacion debera llevarse a cabo mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda; Que, para la contratacion materia de la presente Resolucion, se han cumplido con todos los requisitos previstos por la normatividad vigente; Que, de acuerdo a los considerandos MORDAZA indicados, procede autorizar y exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, la contratacion del servicio de alquiler de 60 computadoras, bajo la causal de situacion de urgencia; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus disposiciones complementarias y modificatorias, la Directiva Nº 112001 CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6 del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia el servicio de alquiler de 60 computadoras, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y exonerar dicha contratacion del MORDAZA de seleccion correspondiente. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion la contratacion de los servicios indicados en el articulo precedente mediante el procedimiento de adjudicacion de menor cuantia, con un valor referencial de US$ 10,710.00 (Diez Mil Setecientos Diez y 00/100 Dolares Americanos), por un periodo de tres meses, tiempo en el que se habra culminado con el MORDAZA de seleccion para la adquisicion de las computadoras. Articulo 3º.- La fuente de financiamiento sera con recursos propios de la entidad. Articulo 4º.- Disponer a la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes, conforme lo establece el articulo 20 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 115º de su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Jefe del Servicio de Administracion Tributaria 21382

Autorizan alquiler de computadoras mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 01-04-00000228 MORDAZA, 4 de noviembre de 2003 VISTOS: Los Informes Nºs. 04-82-00001048, 90-49-92-2003, 9149-92-2003 y 92-49-92-2003 de fecha 4 de noviembre de 2003; CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que estan exoneradas de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declarada de conformidad con la citada ley; Que, el articulo 21º de la ley en mencion considera que existe una situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, asimismo, dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, de conformidad con el articulo 20º de la Ley en mencion, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico - legal previo; Que, asimismo, la disposicion citada en el parrafo precedente senala que dicha Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del articulo 19º de la Ley, remitiendose una MORDAZA de la misma y el informe que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, mediante los Informes Nºs. 90-49-92-2003 y 9249-92-2003 de fecha 4 de noviembre de 2003, el Departamento de Logistica justifica tecnicamente la situacion de urgencia ocurrida en la institucion para la contratacion del servicio de alquiler de 60 computadoras a fin de exonerar dicha contratacion del MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa selectiva, de acuerdo con lo previsto en los articulos 19º y 21º de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, a su vez, mediante el Informe Nº 04-82-00001048 de fecha 4 de noviembre de 2003, la Gerencia de Asuntos Legales opina que procede la exoneracion prevista en la MORDAZA citada en el parrafo precedente para la contratacion de dichos servicios, indicando ademas que para tal efecto se debera cumplir con el procedimiento previsto en el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que, de producirse algun supuesto de exoneracion que determine la necesidad

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 301-2003-MDLP-ALC Mediante Oficio Nº 462-2003-SG-MDLP, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Alcaldia Nº 301-2003-MDLP-ALC, publicada en nuestra edicion del dia 9 de noviembre de 2003, en la pagina 254765. Articulo Segundo; DICE: "... articulo 26º del Reglamento Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado". DEBE DECIR: "... articulo 170º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado". 21417