Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2003 (20/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2003

Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno Las Operaciones Oficiales de Credito Interno se destinan unicamente, bajo responsabilidad, a la ejecucion de obras o servicios publicos que los motivaron y no a gastos corrientes, en concordancia a lo estipulado por el articulo 60º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades.

· Formato A-6/GL "Resumen de Proyectos" (A nivel Distrital) · Formato A-6A/GL "Proyectos" (A nivel Distrital). Adicionalmente, se adjunta la relacion de proyectos de inversion priorizados en la programacion participativa, por cada Municipalidad Distrital, conforme a lo establecido por el Instructivo para la Programacion Participativa en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el ano fiscal 2004. · Formato A-7/GL "Detalle de Personal" (A nivel Distrital) · Formato A-8/GL "Ingresos y Gastos provenientes de recursos por Operaciones Oficiales de Credito y Donaciones" (A nivel Distrital) · Formato A-9/GL "Detalle de Transferencias, Donaciones y Subvenciones a Entidades No Publicas (A nivel Distrital) · Anexo Nº 01/GL "Objetivos Institucionales para el Ano Fiscal 2004" · Anexo Nº 02/GL "Escala de Prioridades para el Ano Fiscal 2004" · Anexo Nº 16/GL "Ficha Descriptiva del Proyecto a nivel de Componentes" por cada Proyecto 37.3 Los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales remiten a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, bajo responsabilidad, a mas tardar el 17 de MORDAZA de 2003, el citado Aplicativo Informatico que contiene el Consolidado a nivel Provincial de los anteproyectos de Presupuestos Institucionales, asi como la informacion detallada por cada Municipalidad Distrital. Asimismo, remiten la informacion siguiente : · Formato A-2/GL "Presupuesto de Ingresos" (Consolidado a nivel Provincial) · Formato A-4/GL "Presupuesto de Gastos" (Consolidado a nivel Provincial) · Anexo Nº 14/GL "Cumplimiento de la MORDAZA de los Presupuestos Institucionales para el Ano Fiscal 2004" Asi como los Presupuestos Institucionales de cada una de las Municipalidades Distritales que integran la Provincia, inclusive el Distrito Capital, debiendo adjuntarse la informacion detallada en el numeral 37.2 de la presente Directiva. Articulo 38º.- Seleccion de Actividades y Proyectos por efecto de la aplicacion de Convenios Para efectos de la seleccion de las Actividades y Proyectos, que se requieran como consecuencia de la aplicacion de Convenios de caracter interinstitucional, se aplican las definiciones tecnicas contenidas en el articulo 9º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y la presente Directiva, debiendo -por tanto- ajustarse los terminos "programas", "proyectos", "actividades", "acciones" y otras denominaciones que se establezcan, a los criterios conceptuales senalados por la normatividad presupuestaria vigente, sin perjuicio de lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 49º de la citada Ley. En el caso especifico de los proyectos, debera adicionalmente contemplarse lo dispuesto en la normatividad que rige al Sistema Nacional de Inversion Publica. Articulo 39º.- Precision sobre las normas contenidas en la directiva La aplicacion de la presente Directiva no crea la facultad para modificar y/o realizar la reestructuracion organica de la Entidad, especialmente en lo que se refiera a modificaciones en los organos estructurales o unidades equivalentes y/o personal que realice dichas funciones.

g)

Programa del Vaso de Leche Los recursos del Programa del Vaso de Leche, se consignan en el Formato A - 3/GL: Presupuesto de Gastos, en la siguiente cadena del gasto:
Cadena del Gasto 5 5.3 5.3.11 5.3.11.24 Concepto Gastos Corrientes Bienes y Servicios Aplicacion Directa Alimento de Personas

La Programacion del Gasto de los recursos del Programa del Vaso de Leche, se efectua en el MORDAZA de lo establecido por la Ley Nº 27470, Ley que establece normas complementarias para la ejecucion del Programa del Vaso de Leche y sus modificatorias. Las Municipalidades Distritales deberan coordinar los segmentos poblacionales de cobertura del Programa del Vaso de Leche a su cargo. h) Utilidades de Empresas Municipales Los recursos provenientes de las utilidades de las MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito, a que hace referencia el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 15790-EF, se destinan a gastos de inversion. Dichos recursos deben consignarse en la cadena de gasto siguiente:
Cadena del Gasto 6 6.5 Concepto Gasto de Capital Inversiones

Articulo 37º .- Informacion referencial para los trabajos de preparacion de la Ley Anual de Presupuesto para el Ano Fiscal 2004 37.1 Los anteproyectos de Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004, se elaboran en un plazo que no exceda el 30 de Junio de 2003, bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, los mismos que deben ser puestos en conocimiento del Concejo Municipal correspondiente. 37.2 Los Alcaldes Distritales remiten sus anteproyectos de Presupuesto a la Municipalidad Provincial a la cual se vinculan geograficamente, a mas tardar el 10 de MORDAZA de 2003, a traves del "Aplicativo Informatico para la Programacion, Formulacion y Aprobacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004". Asimismo, remiten la informacion siguiente: · Exposicion de Motivos desarrollado segun el Modelo Nº 01/GL "Exposicion de Motivos Presupuesto Ano Fiscal 2004" · Formato A-1/GL "Presupuesto de Ingresos" (a nivel Distrital) · Formato A-3/GL "Presupuesto de Gastos" (A nivel Distrital) · Formato A-5/GL "Resumen de Actividades" (A nivel Distrital) · Formato A-5A/GL " Actividades" (A nivel Distrital)