Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2003 (20/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2003
Cadena del Ingreso 1.0.0 1.6.0 1.6.1 1.6.1.009

NORMAS LEGALES

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Concepto Ingresos Corrientes Rentas de la Propiedad De la Propiedad Real Canon Minero

e)

Canon y Sobrecanon Petrolero Los recursos del Canon y Sobrecanon Petrolero, se consignan en el Formato A - 1/GL: Presupuesto de Ingresos, unicamente en la Fuente de Financiamiento 01. Canon y Sobrecanon utilizando la siguiente Cadena del Ingreso:
Cadena del Ingreso 1.0.0 1.6.0 1.6.1 1.6.1.007 1.6.1.008 Concepto Ingresos Corrientes Rentas de la Propiedad De la Propiedad Real Canon Petrolero Sobrecanon Petrolero

referencia el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 15790-EF se incorporan en el Presupuesto Institucional en la Fase de Ejecucion, mediante Credito Suplementario; y se consignan en el Formato A - 1/GL: Presupuesto de Ingresos, unicamente en la Fuente de Financiamiento 13. Donaciones y Transferencias utilizando la siguiente Cadena del Ingreso.
Cadena del Ingreso 3.0.0 3.1.0 3.1.2 3.1.2.029 Concepto Transferencias Transferencias Internas del Sector Publico Transferencias Empresas Municipales

Articulo 36º.- Precisiones para el destino de recursos Las Oficinas de Planificacion y Presupuesto o las que MORDAZA sus veces, deben aplicar las siguientes precisiones tecnicas para la prevision de los gastos municipales: a) Fondo de Compensacion Municipal De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 47º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, los recursos que perciban las Municipalidades por el Fondo de Compensacion Municipal se utilizan para los fines que acuerde el respectivo Concejo Municipal, acorde a sus propias necesidades reales, determinandose los porcentajes de aplicacion para gastos corrientes e inversion y los niveles de responsabilidad correspondientes. El Concejo Municipal aprueba mediante Acuerdo el Presupuesto Institucional para el Ano Fiscal 2004; es en esa oportunidad en que tambien, aprueba los porcentajes de aplicacion del FONCOMUN para gastos corrientes, gastos de capital y servicio de la deuda para el ano fiscal 2004. b) 2% de Renta de Aduanas Los recursos del 2% de Renta de Aduanas se utilizan para los fines que acuerde el respectivo Concejo Municipal, acorde a sus propias necesidades. c) Derecho de Vigencia de Minas Se destina a financiar la ejecucion de programas de inversion y desarrollo en sus respectivas circunscripciones, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 036-95. Dichos recursos deben consignarse en la Categoria del Gasto 6. Gasto de Capital. d) Canon y Sobrecanon Petrolero Del total de los recursos del Canon y Sobrecanon Petrolero las Municipalidades pueden aplicar hasta el 20% al Gasto Corriente, en concordancia con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 01-94 y el numeral 6.2 del articulo 6º de la Ley Nº 27506, el cual determina que el Canon Petrolero mantiene sus condiciones actuales de ejecucion. e) Canon Minero, Canon Gasifero, Canon Hidroenergetico, Canon Pesquero y Canon Forestal De acuerdo con lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 27506 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, los recursos que se perciban por este concepto se utilizan de manera exclusiva en gastos de inversion. Dichos recursos deben consignarse en la cadena de gasto siguiente:
Cadena del Gasto 6 6.5 Concepto Gasto de Capital Inversiones

f)

Canon Gasifero Los recursos del Canon Gasifero se consignan en el Formato A - 1/GL: Presupuesto de Ingresos, unicamente en la Fuente de Financiamiento 01. Canon y Sobrecanon utilizando la siguiente Cadena del Ingreso:
Cadena del Ingreso 1.0.0 1.6.0 1.6.1 1.6.1.015 Concepto Ingresos Corrientes Rentas de la Propiedad De la Propiedad Real Canon Gasifero

g)

Canon Hidroenergetico Los recursos del Canon Hidroenergetico se consignan en el Formato A - 1/GL: Presupuesto de Ingresos, unicamente en la Fuente de Financiamiento 01. Canon y Sobrecanon utilizando la siguiente Cadena del Ingreso:
Cadena del Ingreso 1.0.0 1.6.0 1.6.1 1.6.1.016 Concepto Ingresos Corrientes Rentas de la Propiedad De la Propiedad Real Canon Hidroenergetico

h)

Canon Pesquero Los recursos del Canon Pesquero se consignan en el Formato A - 1/GL: Presupuesto de Ingresos, unicamente en la Fuente de Financiamiento 01. Canon y Sobrecanon utilizando la siguiente Cadena del Ingreso:
Cadena del Ingreso 1.0.0 1.6.0 1.6.1 1.6.1.017 Concepto Ingresos Corrientes Rentas de la Propiedad De la Propiedad Real Canon Pesquero

i)

Canon Forestal Los recursos del Canon Forestal se consignan en el Formato A - 1/GL: Presupuesto de Ingresos, unicamente en la Fuente de Financiamiento 01. Canon y Sobrecanon utilizando la siguiente Cadena del Ingreso:
Cadena del Ingreso 1.0.0 1.6.0 1.6.1 1.6.1.018 Concepto Ingresos Corrientes Rentas de la Propiedad De la Propiedad Real Canon Forestal

j)

Utilidades de Empresas Municipales Los recursos provenientes de las utilidades de las MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito, a que hace