Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2003 (21/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 21 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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dias habiles desde su expedicion; asimismo disponer que esta Subgerencia Regional de Administracion cautele el cumplimiento de la presente Resolucion Ejecutiva Regional. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MUFARECH NEMY Presidente 15558

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
Ratifican resolucion que aprobo compensacion de areas y regularizacion de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 470 -2003 A/MC Comas, 7 de agosto de 2003 VISTOS: Los expedientes Nºs. 7004-2000; 9363-2000; 172082000 de fechas 17 de MORDAZA de 2000; 31 de MORDAZA de 2000 y 22 de setiembre de 2000 respectivamente, relacionados con la aprobacion de la regularizacion de habilitacion MORDAZA ejecutada, oficiados por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Balarezo MORDAZA de MORDAZA, que dan origen a la Resolucion de Alcaldia Nº 11132002 A/MC de fecha 24 de diciembre de 2002, que aprueba la compensacion de areas, los nuevos linderos y la regularizacion de la habilitacion MORDAZA de la Urb. EL Frutal sobre un terreno de 10,400.00 m2 , ubicado frente a la Av. San MORDAZA (U.C.10022) distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; El expediente 459-2003, de fecha 10 de enero de 2003, relacionado al Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion de Alcaldia Nº 1113-2002-A/MC de fecha 24 de diciembre de 2002, interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la Inmobiliaria Atlantida P.S.C. S.A.C.; El expediente 7201-2003, de fecha 22 de MORDAZA de 2003, relacionado al recurso impugnativo contra la Resolucion de Alcaldia Nº 1113-2002-A/MC de fecha 24 de diciembre de 2002, interpuesto por el Sr. MORDAZA Ordinola MORDAZA en representacion de la Asociacion de Pobladores de la urbanizacion Arbolada ­ Comas; y, Los expedientes Nºs. 3348-2003 y 10190-2003 de 24 de febrero de 2003 y 28 de MORDAZA de 2003 respectivamente, oficiados por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sra. MORDAZA MORDAZA Balarezo MORDAZA de MORDAZA, levantando observaciones interpuestas a la reconsideracion contra la Resolucion aludida, solicitada por los Sres. MORDAZA MORDAZA, en representacion de Inmobiliaria Atlantida P.S.C. S.A.C. y Sr. MORDAZA Ordinola MORDAZA en representacion de la Asociacion de Pobladores de la urbanizacion Alborada ­ Comas respectivamente; CONSIDERANDO: Mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1113-2002-A/MC de fecha 24 de diciembre de 2002, se aprueba la compensacion de areas, celebrado entre don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Balarezo MORDAZA de MORDAZA con don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Inmobiliaria Atlantida P.S.C. S.A.C. propietario de la Urb. Residencial Paraiso, aprobando los nuevos linderos y la regularizacion de la habilitacion MORDAZA ejecutada de la urbanizacion El Frutal, por un area bruta de 10,400.00 m2 de terreno ubicado con frente a la Av. San MORDAZA (U.C. 10022) del distrito de Comas, provincia y departamento de MORDAZA, de conformidad con el Plano signado con el numero de lamina L-03-2002-CTDHU/MC; Que, con fecha 7 de enero de 2003, recepcionado por la Municipalidad el 10 de enero del mismo ano, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la Inmobiliaria At-

lantida P.S.C. S.A.C., interpone recurso de Reconsideracion contra la Resolucion de Alcaldia Nº 1113-2002 ­A/ MC de fecha 24 de diciembre de 2002, manifestando que la resolucion que solicita su reconsideracion deviene en nula, puesto que no se ha tenido en cuenta la Resolucion Nº 027-2000-MML-DMDU de 1 de febrero de 2000, dictada por la Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la cual dispone la aprobacion, de conformidad con el plano Nº 121-99-MML-DMDUDHU, donde se aprueba la compensacion de areas que celebro la Sra. MORDAZA MORDAZA Balarezo MORDAZA de MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA con la Asociacion de Pobladores de la urbanizacion Alborada, resolucion que adjunta como nueva prueba instrumental; Que con fecha 16 de MORDAZA de 2003, recepcionado en la municipalidad en fecha 22 de MORDAZA de 2003, el Sr. MORDAZA Ordinola MORDAZA en representacion de la Asociacion de Pobladores de la urbanizacion La Alborada ­ Comas, interpone recurso impugnativo contra la resolucion arriba acotada, argumentando que se debera realizar la firma del acuerdo de compensacion de areas entre su representada y la urbanizacion El Frutal, no habiendo presentado nueva prueba instrumental para el efecto; Que por Informe Nº 083-2003-DCOHU-DDU-MC de fecha 26 de marzo de 2003, el Jefe de la Division de Catastro, Ornato y Habilitaciones Urbanas, manifiesta que el tramite de regularizacion de la Habilitacion MORDAZA denominada El Frutal, iniciado por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sra., culmino con lo resuelto por la Resolucion de Alcaldia Nº 1113-2002-A/MC y la aprobacion del Plano L-032002-CTDHU/MC, el mismo que cuenta con la aprobacion de la Inmobiliaria Atlantida P.S.C. S.A.C. a traves de su Gerente Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien plasmo su firma y huella digital en el plano L-03-2002- CTDHU/MC. Asimismo, con Informe Nº 13-2003-MMO-HU-DCHU-DDUMC de fecha 20 de junio de 2003, la mencionada division, opina que la Resolucion Nº 027-2000-MML-DMDU de 1 de febrero de 2000, dictada por la Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, ha sido emitida por organo no competente al haber entrado en vigencia la Ley Nº 26878 y D.S. Nº 011-98-MTC, que establece que todo tramite de habilitacion MORDAZA, en cualquier etapa de la misma, debe realizarse en primera instancia, en el municipio distrital en cuya jurisdiccion se ubica el predio, por lo que la resolucion aludida deviene en nula, desvirtuandose la pretension al presentarla como nueva prueba instrumental; Que, al respecto con Informe Nº 146-2003-AL-MC de fecha 28 de marzo de 2003, la directora de la Oficina de Asesoria Legal manifiesta que de conformidad con el articulo 98º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos conforme a lo indicado en la primera disposicion transitoria de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el recurso presentado cumple las formalidades como el de ser interpuesto en el mismo organo y sustentado con nueva prueba; por lo que ese despacho procedio a solicitar el informe tecnico de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, quien practico el examen senalado en el considerando anterior y por el cual se debe declarar improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por el recurrente; Que, en base al Informe Nº 13-2003-MMO-HU-DCOHUDDU-MC de fecha 20 de junio de 2003, se manifiesta que, de la revision de la documentacion que obra en esa dependencia se ha verificado que no existen areas de compensacion entre la Urb. Alborada inscrito en la partida P01200155 de Registro Predial MORDAZA y el terreno de la Urb. El Frutal, inscrito en la ficha 1502744 de Registro de Propiedad Inmueble ya que los mismos respetan los linderos de los terrenos inscritos, no existiendo por tanto argumento para presentar oposicion a resolucion emitida; asimismo, la fecha de MORDAZA del expediente oficiado por el Sr. MORDAZA Ordinola en representacion de la Asociacion de Pobladores de la Urb. La Alborada, se encuentra fuera de los plazos establecidos en el Art. 207º numeral 2 de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General que establece que los terminos para la interposicion de los recursos son de 15 dias perentorios y que a la fecha de ingreso del recurso habian vencido, debiendo declararse inadmisible por extemporaneo, Que estando a lo expuesto, se hace necesario expedir el instrumento legal correspondiente; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Art. 20º inciso 6) de la Ley Nº 27972 Nueva Ley Organica de Municipalidades; y,