Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2003 (21/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de agosto de 2003

Acceden a pedido de extradicion activa de procesado por delito contra la salud publica y disponen su MORDAZA al Reino de Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 123-2003-JUS
MORDAZA, 20 de agosto de 2003 Visto el Informe Nº 44-2003-CEA, del 19 de agosto del 2003, de la Comision encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido d}e extradicion del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAVIRIA, formulado por el MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion del 12 de agosto del 2003, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud de extradicion del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAVIRIA, por el delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas, en agravio del Estado Peruano (Exp. Nº 39-2003); Que, mediante el Informe Nº 44-2003-CEA, del 19 de agosto del 2003, la Comision encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de extradicion del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los articulos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y el Tratado de Extradicion suscrito entre el Peru y el Reino de Espana; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAVIRIA, formulado por el MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la comision del delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas, en agravio del Estado Peruano; y disponer su MORDAZA por via diplomatica, al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado de Extradicion vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 15623

Vistos, los documentos de fechas 23 junio, 1 y 15 de MORDAZA de 2003, del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de Comunicaciones e Informatica Juridica del Colegio de Abogados de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante documentos de vistos, se solicita conferir caracter de Edicion Oficial a la obra titulada "Comentarios a la Nueva Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972"", cuyo autor es el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ; Que, el solicitante ha dejado expresa MORDAZA del cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 13 sobre "Oficializacion de Ediciones elaboradas por Terceros", de la Directiva Nº 002-2001-JUS/ VM, cuya verificacion ha sido efectuada por la Direccion de Difusion Legislativa segun el Informe Nº 0152003/DNAJ-DDL, en el se opina por la procedencia de dicho pedido; Que, el citado numeral ha establecido como uno de los requisitos, el pago de un derecho que debera ser aprobado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Justicia; Que, el MORDAZA del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2001-JUS, no ha incluido el procedimiento senalado en el considerando precedente y, por ende, el pago de derecho alguno; Que, las entidades de la Administracion Publica solamente exigiran a los administrados el cumplimiento del pago de derechos de tramitacion establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos respectivo; Que, la no inclusion del Procedimiento de "Oficializacion de Ediciones elaboradas por Terceros" en el MORDAZA del Ministerio de Justicia, no impide el cumplimiento de las funciones que la ley le asigna; Que, es funcion del Ministerio de Justicia, entre otras, sistematizar la legislacion e informacion juridica de caracter general y promover su estudio y difusion, asi como ejecutar o coordinar su Edicion Oficial; Que, el caracter oficial de una publicacion solamente esta referido a la parte que contiene los textos legales, no asi respecto de los comentarios, opiniones y agregados que tuviera a bien incluir el autor o editor, los que son de su entera y exclusiva responsabilidad; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h), del articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposicion Final, de la Ley Nº 26612; numerales 36.1 y 36.2, del articulo 36º y numeral 5, del articulo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; inciso i), del articulo 84º e inciso a), del articulo 93º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; y numeral 13, de la Directiva Nº 0022001-JUS/VM, aprobada por Resolucion Viceministerial Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conferir caracter de Edicion Oficial a los textos legales de la obra denominada: "COMENTARIOS A LA NUEVA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES LEY Nº 27972", publicada por Editorial Praxis en un tiraje de 2,000 ejemplares debidamente numerados. Articulo 2º.- El caracter de Edicion Oficial conferido por la presente resolucion no comprende a los comentarios, opiniones y agregados que tuviera a bien incluir el autor o editor, los que son de su entera y exclusiva responsabilidad. Articulo 3º.- La Direccion Nacional de Asuntos Juridicos autenticara mediante sello y firma los ejemplares a que se refiere el articulo 1º. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 15523

Confieren caracter de Edicion Oficial a la obra denominada "Comentarios a la Nueva Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 306-2003-JUS
MORDAZA, 18 de agosto de 2003