Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2003 (21/08/2003)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 250088
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Frisancho MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ludena MORDAZA Pacora Portella MORDAZA Cuentas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seron

NORMAS LEGALES
Presidente 4ta. Sala Penal Reos en Carcel Juez del 1er. Juzgado de Reserva Juez del 2do. Juzgado de Reserva Juez del 3er. Juzgado de Reserva Juez del 4to. Juzgado de Reserva Juez del 5to. Juzgado de Reserva

MORDAZA, jueves 21 de agosto de 2003

Articulo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, de la Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de los Magistrados designados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 15583

vacancia, quien tiene la responsabilidad de cautelar que el funcionario encargado para ocupar temporalmente la Jefatura del citado Organo, reuna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del articulo 20º del citado Reglamento; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y la Primera Disposicion Transitoria, numerales 2.1 y 3.1 del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Separar definitivamente del cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Ilo, al CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- En tanto se designe al MORDAZA Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Ilo, el Titular de dicha entidad debera garantizar el normal desarrollo de las actividades del Organo de Control Institucional, disponiendo el encargo de las funciones de la Jefatura de dicho Organo, a un profesional que reuna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del articulo 20º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Organismo Superior de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 15529

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Separan del cargo a Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Ilo
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 274-2003-CG
MORDAZA, 14 de agosto de 2003 Vista, la Hoja de Recomendacion Nº 038-2003-CG/OCI, de fecha 4 de agosto de 2003, emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional y el Informe Nº 2212003-CG/ORAR de la Oficina Regional de Control MORDAZA de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, la designacion y la separacion definitiva de los Jefes de los Organos de Control Institucional, se efectua por este Organismo Superior de Control de acuerdo a los requisitos, procedimientos, incompatibilidades y excepciones que establezca para tal efecto; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 114-2003CG se ha aprobado el Reglamento de los Organos de Control Institucional, estableciendose en el numeral 2.1 de su Primera Disposicion Transitoria, que la separacion definitiva del Jefe del Organo de Control Institucional, se efectua por la Contraloria General, mediante Resolucion de Contraloria publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la separacion definitiva a que alude el considerando precedente, esta referida al apartamiento del ejercicio del cargo, siendo de competencia exclusiva de la Entidad aquellas acciones de caracter laboral que pudieran derivarse de dicha separacion; Que, derivado del resultado del Examen Especial y la evaluacion practicada por la Gerencia de Organos de Control Institucional que consta en la Hoja de Recomendacion de vistos, corresponde a este Organismo Superior de Control, separar definitivamente del cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Ilo al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme a lo dispuesto en el literal a) del numeral 2.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional; Que, mediante Oficio Nº 1451-2003-CG/DC se ha comunicado al Titular de la Municipalidad Provincial de Ilo, el resultado de la evaluacion efectuada por este Organismo Superior de Control al Jefe del Organo de Control Institucional, CPC MORDAZA MORDAZA Becerra; Que, de acuerdo a lo senalado en el numeral 3.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, el encargo de la Jefatura del Organo de Control Institucional procede ser efectuado por el Titular de la Entidad -entre otros- en los casos de

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Reincorporan a Juez Especializado en lo Penal de Chiclayo del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 339-2003-CNM
MORDAZA, 15 de agosto de 2003 VISTO: La Resolucion numero dos de fecha treinta de MORDAZA del dos mil tres, expedida por la senora Jueza del Sexagesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de Lima. CONSIDERANDO: Que, la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante sentencia de fecha 31 de marzo de 2003, declaro fundada la accion de MORDAZA, seguida por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, contra el Consejo Nacional de la Magistratura, recaida en el Expediente Nº 1361-2002; y en consecuencia inaplicable para la accionante la Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 211-2001-CNM, de fecha 15 de setiembre de 2001, ordenando su reincorporacion en el cargo que ostentaba en el Distrito Judicial respectivo; Que, la senora Jueza del Sexagesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, mediante Resolucion numero dos, del 30 de MORDAZA de 2003, requiere al Consejo Nacional de la Magistratura, cumpla con lo ordenado en la sentencia expedida por el Tribunal Constitucional, reincorporando a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, en el cargo de Juez Titular del Juzgado Especializado en lo Penal de Chiclayo del Distrito Judicial de Lambayeque; Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura de la sesion de fecha 14 de agosto de 2003; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 - Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura;