Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2020 (03/06/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Miércoles 3 de junio de 2020

NORMAS LEGALES

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31.1 Manual de Túneles, Muros y Obras Complementarias El Manual de Túneles, Muros y Obras Complementarias contiene los parámetros técnicos, lineamientos y métodos analíticos para el diseño, construcción y explotación de túneles, muros y obras complementarias. 31.2 Manual de Especificaciones Técnicas para Construcción de Túneles El Manual de Especificaciones Técnicas para Construcción de Túneles contiene los procedimientos, métodos, requisitos técnicos y especificaciones constructivas para los proyectos de construcción de túneles de carreteras, caminos y vías urbanas. 31.3 Manual de Mantenimiento o Conservación de Túneles El Manual de Mantenimiento o Conservación de Túneles contiene los procedimientos para la gestión de información objetiva, operativa y congruente sobre las características y el estado de deterioro de los túneles, a fin de permitir a los responsables programar, presupuestar, ejecutar y controlar las actividades de mantenimiento o conservación de los componentes de los túneles." CUARTA. Incorporación del numeral 11.5 del artículo 11 al Reglamento Nacional de Gestión de

Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC. Incorpórase el numeral 11.5 del artículo 11 al Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC, en los siguientes términos: "Artículo 11. Del Planeamiento (...) 11.5 Corresponde a la autoridad competente de acuerdo al artículo 4 del presente Reglamento incluir en sus planes de desarrollo a corto, mediano y largo plazo de la infraestructura vial, la implementación de elementos de movilidad sostenible." DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS PRIMERA. Derogatoria al Reglamento Nacional de Tránsito Derógase el numeral 2 del artículo 250 del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2001-MTC. SEGUNDA. Derogatoria al Reglamento Nacional de Gestión de la Infraestructura Vial

COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe. 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) b) Oficio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones Oficiales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El oficio podrá ser firmado digitalmente o con sello y firma manual del funcionario autorizado. El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga. editoraperu.com.pe/ddjj-plantilla.xlt

2)

El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. En el campo "ASUNTO" del correo institucional se deberá consignar el número de Oficio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado "Cargo de Recepción". La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA.

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