Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2020 (12/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Domingo 12 de julio de 2020

NORMAS LEGALES

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y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; la Directiva Nº 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial Nº 001-2020-VMPCIC-MC; y demás normas modificatorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico "Huaca La Pajilla" o Sitio Arqueológico "VV. 93-3:3", ubicado en el distrito y provincia de Virú, departamento de La Libertad. De acuerdo al Cuadro de Datos Técnicos contenido en el Informe Nº 000031-2020-DSFL-MMP/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, presenta las siguientes coordenadas:
Datum: WGS84 Proyección: UTM Zona UTM: 17 Sur Coordenadas de referencia: 736529.35 E; 9061831.12 N Cuadro de Datos Técnicos SITIO ARQUEOLÓGICO "HUACA LA PAJILLA" O SITIO ARQUEOLÓGICO "VV. 93-3:3" Vértice Lado 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Total 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-8 8-9 9-10 10-1 Distancia Ángulo interno (m) 53.81 52.33 46.27 40.22 82.76 27.78 18.00 36.40 39.20 73.98 470.75 118º42'8" 164º5'17" 160º7'41" 138º55'16" 96º45'44" 148º22'11" 149º44'37" 217º11'5" 148º40'17" 97º25'44" 1440º0'0" Este (X) Norte (Y)

Provincial de Virú, a fin que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notificar a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo Nº 0112006-ED. Artículo Séptimo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección Nº 001-2020-RPGPCDPC-SDDPCICI-DDC-LIB/MC, el Informe Nº 000031-2020-DSFL-MMP/MC, el Informe Nº 0002932020-DSFL/MC y el Informe Nº 000136-2020-DGPA-LRS/ MC, para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE MEJÍA HUAMÁN Director Dirección de Patrimonio Arqueológico Inmueble 1870643-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor de la Contraloría General de la República
DECRETO SUPREMO Nº 187-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 30 del Decreto de Urgencia N° 0702020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, dispone que corresponde al Sistema Nacional de Control, en el marco de sus competencias, efectuar el control preventivo y concurrente de las contrataciones realizadas por las entidades públicas al amparo del citado Decreto de Urgencia, desde la convocatoria hasta su culminación; lo cual no enerva las actuaciones que posteriormente pudiera realizar la Contraloría General de la República, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 27785; Que, mediante los Oficios Nºs. 000414-2020-CG/DC y 000016-2020-CG/GMPL, la Contraloría General de la República, presenta una demanda adicional de recursos, hasta por la suma de S/ 43 352 409,00 (CUARENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar las intervenciones de control que efectúe en el marco del Decreto de Urgencia N° 070-2020, adjuntado para dicho efecto la Hoja Informativa N° 000205-2020-CGPLPREPI, elaborado por la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones de la Contraloría General de la República, con los respectivos sustentos; Que, mediante Memorando N° 0868-2020-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, informa que el costo estimado para el financiamiento de la contratación de 685 servidores bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios a favor de la Contraloría General de la República, como gastos asociados a la operatividad de las intervenciones de control que efectúe como parte de su función sustantiva y las nuevas intervenciones de control que se efectúen en el marco del proceso de reactivación económica conforme lo señalado por el Decreto de Urgencia N° 070-2020, asciende a la suma de S/ 29 914 463,75 (VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES Y 75/100 SOLES), correspondiente al periodo de agosto a diciembre de 2020;

736423.0000 9061811.0000 736463.0000 9061847.0000 736510.0000 9061870.0000 736556.0000 9061875.0000 736589.0000 9061852.0000 736550.0000 9061779.0000 736526.0000 9061765.0000 736508.0000 9061765.0000 736479.0000 9061743.0000 736440.0000 9061739.0000

Área: 14097.50 m2 (1.4097 ha); Perímetro: 470.75 m.

Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 001-2020-RPG-PCDPCSDDPCICI-DDC-LIB/MC, así como en los Informes Nº 000031-2020-DSFL-MMP/MC y Nº 000293-2020-DSFL/ MC; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especificado en el artículo precedente, la paralización de toda acción de excavación, así como el anclaje de hitos en cada uno de los vértices, señalización que indique el carácter intangible del Sitio Arqueológico "Huaca La Pajilla" o Sitio Arqueológico "VV. 93-3:3", y el retiro de elementos que afectan al sitio, identificados como corrales de quincha y ganado. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura La Libertad, la ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la definitiva identificación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad