Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2020 (15/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Sábado 15 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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Que, con el Informe Nº 029-2020-GAJ/MDB de fecha 20 de enero de 2020 la Gerencia de Asesoría Jurídica, recomienda al Concejo Municipal apruebe la remuneración del Alcalde Distrital ascendente a S/. 11,400.00 (once mil cuatrocientos y 00/100 soles), y respecto a los regidores el presente Decreto Supremo Nº 413-2019-EF, no autoriza a los concejos municipales a reajustar el monto correspondiente a las dietas de los regidores; Que, con el Proveido Nº 118-2020 de fecha 21 de enero la Gerencia Municipal, corre traslado de los actuados a la Secretaria General, a fin de que se comunique al pleno del Concejo Municipal; Que, con Informe Nº 022-2020-MDB/GPPROPMICI de fecha 23 de enero de 2020 la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPMI y Cooperación Interinstitucional, informa a la Gerencia Municipal, que el Ministerio de Economía y Finanzas ­ MEF, ha emitido el comunicado Nº 001-2020-EF/53.04, el cual precisa pautas respecto a la compensación económica de los Alcaldes, que se establece en el Decreto Supremo Nº 413-2019-EF, indicando que "Con esta aprobación ya no es necesaria aprobación del Concejo Municipal o Resolución de Alcaldía"; Que, mediante el desarrollo de la 2º Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 24 de enero de 2020, se somete a debate la remuneración del Alcalde Distrital de Breña, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 413-2019-EF, teniendo en cuenta la exposición del Gerente de Planificación, Presupuesto, OPMI y Cooperación Interinstitucional, Luis Teobaldo Hernández Vega, respecto del Decreto Supremo Nº 413-2019-EF y el comunicado Nº 001-2020-EF/53.04 del Ministerio de Economía y Finanzas. Se somete a debate el presente Decreto Supremo y considerando lo informado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC, sobre la población electoral del Distrito de Breña, corresponde se establezca la remuneración del Alcalde en la Suma de S/. 11,400.00 (once mil cuatrocientos y 00/100 soles), la misma que sometida a votación fue aprobada por unanimidad; Que, conformidad con los artículos 9º,12º, 21º, 25º, 39º, 41º y 44º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; así mismo contando con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Distrital de Breña ha aprobado el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- MODIFICAR, para el Ejercicio Fiscal 2020, el Articulo Segundo del Acuerdo de Concejo Nº 002-2019/MDB de fecha 31 de enero de 2019, que establecía la remuneración del Alcalde Distrital de Breña en la Suma de S/. 7,800.00 (Siete Mil Ochocientos y 00/100 soles). Artículo Segundo.- APROBAR, para el Ejercicio Fiscal 2020, el Acuerdo de Concejo Nº 003-2020-MDB de fecha 24 de enero de 2020 que establece la remuneración mensual del Alcalde de esta entidad municipal en la suma de S/. 11,400.00 (Once Mil Cuatrocientos y 00/100 soles). Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración y Finanzas y Sub Gerencia de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Breña su implementación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación de esta norma municipal en el diario oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www. Munibrena.gob. pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde 1855796-1

Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 11-2020-MDB Breña, 8 de enero de 2020 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA VISTO: El informe Nº 794-2019-SGJECD-GDH/MDB de fecha 23 de diciembre de 2019, de la Sub Gerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte; Memorando Nº 1904-2019-GDH/MDB de fecha 26 de diciembre de 2019, de la Gerencia de Desarrollo Humano; El informe Nº 1190-2019-GPPROPMICI/MDB de fecha 31 de diciembre de 2019, de la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPMI y Cooperación Interinstitucional y el Informe Nº 006-2020-GAJ-MDB de fecha 06 de enero de 2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; sobre Aprobación de la Modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE). CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política en sus artículos 74º y 194º reconoce que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia concordante con lo establecido por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el artículo 43 numeral 43.4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal". Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 173-2015MDB de fecha 15 de junio de 2015, se aprueba el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ (TUSNE) mediante el cual se ofrecía al administrado 16 servicios no exclusivos; siendo esta modificada posteriormente con Resolución de Alcaldía Nº 122-2016-MDB de fecha 28 de abril 2016 y Resolución de Alcaldía Nº 581-2017-MDB de fecha 14 de agosto de 2017; dicha modificación comprendía la actualización del valor de la UIT, efectuándose la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables, como resultado de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente, entre el nuevo calor de la UIT de los años 2016 y 2017 respectivamente. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 150-2018MDB de fecha 26 de febrero de 2018, se modifica el TUSNE de la Municipalidad Distrital de Breña y se deja sin efecto toda Resolución que se oponga a la misma, dicha modificación correspondía a la ampliación de los servicios administrados por la Subgerencia de Obras Públicas y Transporte, y se implementan los nuevos servicios a cargo de la Subgerencia de Obras Privadas; en ese mismo año, con Resolución de Alcaldía Nº 837-2018-MDB- de fecha 29 de noviembre de 2018, se modifica el precio del uso de la piscina municipal, propuesto por la Subgerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deportes. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 620-2019MDB de fecha 31 de Julio de 2019, se modifica el TUSNE de la Municipalidad Distrital de Breña, dicha modificación comprendía la actualización de precios de los servicios no exclusivos brindados por nuestra entidad. Que, mediante Memorando Nº 1904-2019-GDH/ MDB de fecha 26 de diciembre de 2019, la Gerencia de Desarrollo Humano hace suyo el informe Nº 794-2019-SGJECD-GDH/MDB de fecha 23 de diciembre