Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2019 (03/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 3 de setiembre de 2019 /

El Peruano

o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil procederá conforme a lo señalado en el numeral 34.3 del Artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444 aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. Artículo 10º.- La empresa deberá cumplir con la obligación de constituir la garantía global que señala el Artículo 93º de la Ley N° 27261, en los términos y condiciones que establece el Reglamento y dentro del plazo que señala el Artículo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligación determinará la automática revocación del presente Permiso de Operación. Artículo 11º.- La empresa deberá presentar cada año los Estados Financieros al 30 de junio como máximo el 15 de agosto y al 31 de diciembre como plazo máximo el 15 de abril; y el Flujo de Caja Proyectado para el siguiente periodo como plazo máximo el 15 de noviembre. Artículo 12º.- La empresa deberá cumplir con los procedimientos establecidos por la Dirección General de Aeronáutica Civil para la presentación y aprobación de sus horarios de operación, debiendo cumplir con los horarios aprobados. Artículo 13º.- La empresa está obligada a informar a la Dirección General de Aeronáutica Civil de cualquier cambio o modificación de accionistas, así como la variación de sus acciones y capital social. Artículo 14º.- La empresa dada la naturaleza de sus operaciones y aeronaves, podrá realizar actividades aéreas de acuerdo a lo señalado en el Artículo Primero de la presente Resolución, en zonas de operación conforme a lo dispuesto por el Artículo 16º de la Ley de Aeronáutica Civil, siempre que cuente dichas operaciones con la autorización de la Dirección de Seguridad Aeronáutica y la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones. Artículo 15º.- La empresa deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. Artículo 16º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil del Perú Ley N° 27261, el Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1785275-1

Informe Nº000075-2019-DV-OPP-UDI de la Unidad de Desarrollo Institucional de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Proveído Nº 001415-2019-DV-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 000498-2019-DV-OGA-URH de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 824, Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y sus modificatorias, se declara de interés nacional la lucha contra el consumo de drogas en todo el territorio y se constituye a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA como ente rector encargado de diseñar, coordinar y ejecutar de manera integral las acciones de prevención contra el consumo de drogas, estableciéndose su naturaleza jurídica y funciones; Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, con la finalidad que las entidades públicas alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía a través de un mejor servicio civil; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, dispone que las etapas del proceso de implementación son las reguladas mediante Resolución Nº 160-2013-SERVIR/PE que aprueba los Lineamientos para el Tránsito de una entidad pública al Régimen del Servicio Civil, o la que haga sus veces; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 034-2017-SERVIR-PE, se formalizó la aprobación del documento "Lineamiento para el Tránsito de una Entidad Pública al Régimen del Servicio Civil, Ley Nº 30057", y con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 307-2017-SERVIR/PE, se formalizó la modificación del mencionado lineamiento, instrumento que señala que la ruta para pasar al nuevo régimen consta de cuatro etapas, siendo que en la etapa 3, entre otras, se establecen los puestos necesarios y los perfiles de dichos puestos, acorde con las funciones que deban desempeñar. A partir de ello, se elabora el Manual de Perfiles de Puestos MPP; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR/PE, se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos - MPP", que determina que el Manual de Perfiles de Puestos se formula por primera vez en la tercera etapa del proceso de tránsito de las entidades al nuevo régimen del servicio civil regulado por la Ley Nº 30057, específicamente después de haber concluido la determinación de la Dotación de los servidores de la entidad; Que, con Resolución de Gerencia General Nº 118-2019-DV-GG se aprobó la Determinación de Dotación de servidores civiles de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas ­ DEVIDA; Que, con Oficio Nº 497-2019-DV-GG se remitió a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR la propuesta de Manual de Perfil de Puestos de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas- DEVIDA para la emisión de opinión favorable; y en razón de ello, con Oficio Nº 788-2019-SERVIR/PE SERVIR el Presidente Ejecutivo de SERVIR remite el Informe Técnico Nº 89-2019-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, que contiene la opinión favorable a la propuesta de Manual de Perfiles de Puestos de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas- DEVIDA y recomienda continuar con las acciones necesarias para su aprobación y publicación; Que, con Informe Nº 000498-2019-DV-OGA-URH la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración informa que la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas ­ DEVIDA ha cumplido con las disposiciones establecidas en la Directiva

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Aprueban Manual de Perfiles de Puestos ­ MPP de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas ­ DEVIDA
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 156-2019-DV-GG Lima, 2 de setiembre de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 788-2019-SERVIR/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe Técnico Nº 089-2019-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el