Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2019 (14/11/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de noviembre de 2019 /

El Peruano

de Recursos Humanos, para cuyo efecto, celebrarán un contrato". Que, mediante el documento del visto, el Vicerrectorado de Investigación eleva la solicitud efectuada por la docente la Mg. Fresia Lizet Manrique Tovar, Docente adscrita al Departamento Académico de Enfermería de la Facultad de Enfermería, recomendando la autorización de viaje al extranjero con el financiamiento de pasajes aéreos, seguro de viaje, viáticos e inscripción, para que la citada docente participe con fines de investigación, en el "II Congreso Latinoamericano de Cuidados Humanizados", con el trabajo de investigación "Percepción de la Enfermera sobre el cuidado espiritual brindado a las personas en el servicio de Emergencia Hospital Goyeneche Arequipa, 2016", a realizarse en la ciudad de Montevideo, Uruguay, del 14 al 16 de noviembre de 2019; adjuntando para tal efecto: a) Copia de la carta de aceptación de fecha 10 de octubre del 2019, suscrita por la Prof. Mercedes Pérez Etchetto, Decana de la Facultad de Enfermería de la Universidad de la República del Uruguay y por el Dr. Augusto Ferreira, Decano de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Católica del Uruguay; b) Copia de la Resolución Subdirectoral Nº 2261-2019-SDRH, emitida por la Subdirectora de Recursos Humanos, por la que se le concede a la mencionada docente licencia para participar en el mencionado evento; c) Copia de la Carta de Compromiso Notarial de fecha 17 de octubre del 2019, mediante la cual la docente declara que en el plazo máximo de 01 año después de concluida la Ponencia con fines de investigación, deberá publicar su trabajo de investigación en revista indexada (Reconocida por la base SCOPUS.WEBSCIENCE), y en caso de incumplimiento, autorizan el descuento correspondiente a través de la Oficina de Planillas de la Subdirección de Recursos Humanos; y, d) Solicitud de fecha 16 de octubre del 2019, declarando que el monto de la inscripción para asistir a dicho evento asciende a S/. 531.06 (Quinientos treinta y uno con 06/100 Soles). Que, la participación de la docente con su trabajos de investigación en el citado evento de Investigación, se encuentra enmarcada dentro de los fines de la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: "6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (...) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (...)". Que, por lo tanto, la Subdirección de Logística, a través del "Formato de Tramite para Pasajes Aéreos y Viáticos Internacionales" ha determinado el itinerario, monto de pasajes, seguro de viaje, inscripción y viáticos respectivos; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento, mediante Oficio Nº 1443-2019-OUPLUNSA indica que revisado el presupuesto institucional se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados, para atender los requerimientos efectuados. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220 al Rectorado. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje de la Mg. Fresia Lizet Manrique Tovar, Docente adscrita al Departamento Académico de Enfermería de la Facultad de Enfermería de la UNSA, para que participe con fines de investigación, en el "II Congreso Latinoamericano de Cuidados Humanizados" con su trabajo de investigación titulado: "Percepción de la Enfermera sobre el cuidado espiritual brindado a las personas en el servicio de Emergencia Hospital Goyeneche Arequipa, 2016", a realizarse en la ciudad de Montevideo, Uruguay, del 14 al 16 de noviembre de 2019. Segundo.- Autorizar a la Oficina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor de la mencionada docente, la Certificación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados, según siguiente detalle: - Pasajes aéreos: Arequipa-Lima-Montevideo-LimaArequipa. Del 12 al 17 de noviembre del 2019. S/ 3,750.00 Soles.

- Seguro de viaje: S/ 207.07 Soles. - Viáticos (4 días): S/ 4,450.20 Soles. - Inscripción: S/ 531.06 Soles. Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la citada docente presentará un Informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y archívese. ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ Rector 1826461-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman Acuerdo de Concejo que rechazó pedido de vacancia presentado contra regidor del Concejo Provincial de Utcubamba, departamento de Amazonas
RESOLUCIÓN N° 0171-2019-JNE Expediente N° JNE.2019001847 UTCUBAMBA­AMAZONAS VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintiocho de octubre de dos mil diecinueve VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Manuel Gonzales Gonzales en contra del Acuerdo de Concejo N° 062-2019-CM/MPU, del 2 de agosto de 2019, que rechazó su pedido de vacancia presentado contra Juan Félix Palacios Cubas, regidor del Concejo Provincial de Utcubamba, departamento de Amazonas, por la causal de ejercicio de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia El 26 de junio de 2019, Manuel Gonzales Gonzales solicitó la vacancia de Juan Félix Palacios Cubas, regidor del Concejo Provincial de Utcubamba, departamento de Amazonas (fojas 252 a 262), por la causal de ejercicio de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Al respecto, el solicitante sostuvo lo siguiente: a) El 24 de mayo de 2019, la entidad edil y la Empresa de Transportes Grupo Campal S.C.R.L. suscribieron el Contrato de Servicios en General N° 007-2019/MPU-BG, para la prestación del servicio de traslado de estudiantes de diferentes caseríos a la IEIPSM N° 16651, Petronila Abad Carrión, ubicada en el caserío de La Victoria, distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas. Se pactó que la contraprestación por dicho servicio sería por el monto S/ 31,998.56. b) Al respecto, señaló que Ney Denis Campos Palacios, gerente general, mayor accionista de la mencionada empresa y quien suscribió el referido contrato, es sobrino del regidor Juan Félix Palacios Cubas, esto es, hijo de su hermana María Nelly Palacios Cubas. c) Pese a ello, de la revisión del expediente de contratación, se advierte que Ney Denis Campos Palacios presentó una declaración jurada de no tener impedimento para contratar con el Estado, lo que evidencia una falsa declaración en la información proporcionada.