Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2018 (05/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Jueves 5 de julio de 2018 /

El Peruano

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Director de la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 205-2018-MIDIS Lima, 3 de julio de 2018 VISTOS: El Memorando N° 451-2018-MIDIS/VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; y el Informe N° 127-2018-MIDIS/SG/OGRH, de la Oficina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose a la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales, como una unidad orgánica de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 088-2018-MIDIS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual contempla el cargo de Director de la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales, considerado como cargo de confianza; Que, por Resolución Ministerial N° 125-2018-MIDIS, se designó al señor Ricardo Dextre Bazalar como Director de la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales; Que, la citada persona ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar su renuncia, y designar a la persona que se desempeñará en el cargo; Con el visto bueno del Viceministro (e) de Prestaciones Sociales, y del Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Ricardo Dextre Bazalar, al cargo de Director de la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Henry Alfonso Rebaza Iparraguirre como Director de la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1666185-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban actualización de Tablas Aduaneras aplicables a la importación de productos incluidos en el Sistema de Franja de Precios a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF
DECRETO SUPREMO Nº 152-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 0016-91-AG y Decreto Supremo N° 115-2001-EF se establece el Sistema de Franja de Precios; Que, con Decreto Supremo N° 371-2017-EF se sustituye la Tabla Aduanera del Arroz aprobada por el Decreto Supremo N° 186-2017-EF y se establece su vigencia hasta el 30 de junio de 2018; Que, con Decreto Supremo N° 390-2017-EF se actualiza las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos, incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispone que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2018; Que, corresponde aprobar mediante Decreto Supremo la actualización de las Tablas Aduaneras del Maíz, Azúcar y Lácteos, efectuada por el Banco Central de Reserva del Perú; Que, en el marco de la Política Arancelaria se ha efectuado la revisión y evaluación del Sistema de Franja de Precios y se ha visto por conveniente modificar temporalmente, el Anexo II del Decreto Supremo N° 1152001-EF y el primer párrafo del artículo 2 del Decreto Supremo N° 103-2015-EF modificado por el Decreto Supremo N° 371-2017-EF, para la elaboración de la Tabla Aduanera del Arroz; De conformidad con lo establecido en el artículo 74 y el inciso 20) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25896; DECRETA: Artículo 1. Actualización de las Tablas Aduaneras del Maíz, Azúcar y Lácteos Apruébase la actualización de las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos Maíz, Azúcar y Lácteos, incluidos en el Sistema de Franja de Precios de acuerdo al Anexo 1 que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2. Sustitución de la Tabla Aduanera del Arroz 2.1 Apruébase la Tabla Aduanera del Arroz, que como Anexo 2 forma parte del presente Decreto Supremo. 2.2 Para la elaboración de la Tabla Aduanera del Arroz que aprueba el presente Decreto Supremo, se utilizan los precios promedio mensuales FOB que sirven de base al Decreto Supremo Nº 371-2017-EF. Asimismo, el límite inferior del intervalo de confianza al que se refiere el inciso c) del numeral 3.1 del artículo 3 del Anexo II del Decreto Supremo N° 115-2001-EF es igual al promedio FOB de la serie. Artículo 3. Modificación del primer párrafo del artículo 2 del Decreto Supremo N° 103-2015-EF modificado por el Decreto Supremo N° 371-2017-EF El porcentaje a que se refiere el primer párrafo del artículo 2 del Decreto Supremo N° 103-2015-EF para las subpartidas nacionales incluidas en la Tabla Aduanera del Arroz es: