Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2016 (17/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 17 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES
(...)

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refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1357415-1

e) Aprobar los procesos de estandarización". Artículo 2.- Modificar el primer párrafo, así como los literales a) y d) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0017-2016-JUS, el que tendrá el siguiente texto: "Artículo 3.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las siguientes facultades: (...) 3.1 EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO (...) a) Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección: Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Contratación Directa, para las contrataciones que realice la unidad ejecutora 0015 ­ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. d) Aprobar los documentos de los procedimientos de selección, según corresponda, de la Licitación Pública, el Concurso Público, la Adjudicación Simplificada, la Subasta Inversa Electrónica, la Selección de Consultores Individuales, la Comparación de Precios y la Contratación Directa, en tanto su aprobación no sea indelegable". Artículo 3.- Incorporar el literal l) y II) en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 00172016-JUS, el que tendrá el siguiente texto: "Artículo 3.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las siguientes facultades: (...) 3.1 EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO l) Autorizar la reducción de prestaciones en las contrataciones de obras. II) Aprobar las ofertas económicas que superen el valor estimado y/o referencial, de los procedimientos de selección, siempre que se cuente con la certificación de crédito presupuestario, en el marco de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF." Artículo 4.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 5.- El (la) Secretario General (a) y el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Administración deberán comunicar al Despacho Ministerial las resoluciones que emitan, como consecuencia de la presente delegación de facultades. Artículo 6.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Secretaría General y a los Directores Generales y Jefes de todas las unidades orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para su conocimiento, cumplimiento y difusión. Artículo 7.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1357135-1

Incorporan el literal e) en el numeral 2.2 del artículo 2 de la R.M N° 0017-2016-JUS mediante el cual delegan facultades al Secretario General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0059-2016-JUS Lima, 16 de marzo de 2016 VISTO; el Informe Nº 247-2016-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señala que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos es la más alta autoridad política y ejecutiva del Ministerio, estableciendo que puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refiere la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer niveles de desconcentración de los procesos decisorios en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, en tal sentido resulta necesario modificar la Resolución Ministerial Nº 0017-2016-JUS, mediante la cual se delegaron diversas funciones previstas para el Titular de la Entidad en la normativa de contrataciones del Estado; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015-EF; y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Incorporar el literal e) en el numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0017-2016JUS, el que tendrá el siguiente texto: "Artículo 2.- Delegar en el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las siguientes facultades: (...) 2.2 EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO