Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2016 (17/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

581002

NORMAS LEGALES

Jueves 17 de marzo de 2016 /

El Peruano

Artículo 3.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá insertarse en la Escritura Pública que origine la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 403-2012. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1354106-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan viaje de profesionales del Ministerio y del INPE a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 049-2016-JUS Lima, 16 de marzo de 2016 VISTOS, el Informe Nº 037-2016-JUS/DGPCP, de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria; el Oficio Nº 662-2016-JUS/OGPP-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Memorando Nº 035-2016-INPE/03, del Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario y el Informe Nº 249-2016-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria señala la importancia de la capacitación y asistencia en materia penitenciaria por lo que considera sustancial que el personal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como del Instituto Nacional Penitenciario realicen un viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, por ser el país más cercano de la región que cuenta con un modelo penitenciario integral; Que, las actividades programadas con ocasión del mencionado viaje tienen como objeto conocer in situ el Centro Estratégico de Información Penitenciaria, el Centro de Reclusión Penitenciario y Carcelario Virtual, así como contar con capacitación en Tecnologías de Seguridad Electrónica, las que se llevarán a cabo los días 17 y 18 de marzo de 2016 en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario de la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, de acuerdo a lo indicado por la referida Dirección General se viene elaborando la Política Nacional Penitenciaria con la finalidad de fortalecer el sistema penitenciario a través de una visión sistémica e intervención interinstitucional, multisectorial e intergubernamental, enfocado en los ejes de Administración de Justicia Penal, Tratamiento y Resocialización, cuyo diseño e implementación se fortalece con la incorporación de otras experiencias de la región; Que, atendiendo a la naturaleza del viaje, se ha considerado pertinente designar para dicho fin al señor Carlos Zoe Vásquez Ganoza, Director General de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria, al señor Jean Christian Santos Cuadros, profesional de la Dirección de Gestión de Inversiones y al señor Gustavo Adolfo Campos Peralta, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario;

Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de la participación de dicho personal en jornadas que propicien el intercambio de experiencias en materia penitenciaria, resulta de interés sectorial autorizar el viaje del señor Carlos Zoe Vásquez Ganoza, Director General de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria, del señor Jean Christian Santos Cuadros, profesional de la Dirección de Gestión de Inversiones y del señor Gustavo Adolfo Campos Peralta, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario; Que, los gastos que generen dichos viajes serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Instituto Nacional Penitenciario, según corresponda; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Carlos Zoe Vásquez Ganoza, Director General de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria, del señor Jean Christian Santos Cuadros, profesional de la Dirección de Gestión de Inversiones, ambos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del señor Gustavo Adolfo Campos Peralta, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario del 17 al 19 de marzo de 2016, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Carlos Zoe Vásquez Ganoza, Director General de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria Pasajes Viáticos x 02 días US$ 2,147.35 US$ 740.00

Jean Christian Santos Cuadros, profesional de la Dirección de Gestión de Inversiones Pasajes Viáticos x 02 días US$ 2,147.35 US$ 740.00

Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución serán cubiertos con recursos del presupuesto del Instituto Nacional Penitenciario, de acuerdo al siguiente detalle: Gustavo Adolfo Campos Peralta, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del INPE Pasajes Viáticos x 02 días US$ US$ 2147.35 740.00

Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los profesionales mencionados en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema deberán presentar ante el titular del pliego de su institución un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5.- La presente autorización no libera o exonera del pago de impuestos y/o de derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será