Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2015 (13/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Martes 13 de enero de 2015

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que se encuentra firmado y rubricado por el Presidente y Secretario de la Asamblea Estatutaria. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", asi como en el MORDAZA Institucional de la Universidad. Articulo Tercero.- Los Vicerrectorados Academico y de Investigacion, las Facultades de la Universidad, la Direccion General de Administracion, asi como las Oficinas Centrales de Asesoria Juridica y de Comunicacion e Imagen Institucional, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese MORDAZA MORDAZA VIANA MORDAZA Rector ECKERMAN MORDAZA MORDAZA Secretario General 1186975-1

Promulgan el Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, aprobado por la Asamblea Estatutaria de la UNFV
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION R. Nº 7122-2015-UNFV San MORDAZA, 9 de enero de 2015 Visto, el expediente con NT. 2604, mediante el cual el Presidente de la Asamblea Estatutaria de esta MORDAZA de Estudios Superiores, remite la Resolucion N° 0042015-AE-UNFV de fecha 08.01.2015, a traves del cual La Asamblea Estatutaria aprueba el Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA Villarreal; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30220 - Ley Universitaria, se dispuso en su Primera Disposicion Complementaria Transitoria, la adecuacion del Gobierno de la Universidad Publica, para lo cual se conforma en cada Universidad un Comite Electoral Universitario Transitorio y MORDAZA, integrado por tres docentes principales, dos docentes asociados y un docente auxiliar, todos a Tiempo Completo y Dedicacion Exclusiva; asimismo dicho Comite Electoral Universitario convoca, conduce y proclama los resultados del MORDAZA electoral conducente a elegir a los miembros de la Asamblea Universitaria en la Universidad. La Asamblea Universitaria se instala inmediatamente despues de concluida la eleccion de sus miembros por convocatoria del Presidente del Comite Electoral Universitario y presidida por el docente principal mas antiguo; Que, mediante Resolucion R. Nos. 6752 y 6753-2014UNFV de fecha 11.11.2014, se oficializo el resultado de las Elecciones Generales de Docentes y Estudiantes ante la Asamblea Estatutaria de esta MORDAZA de Estudios Superiores, proclamados por el Comite Electoral Universitario, Transitorio y MORDAZA de la UNFV; Que, de acuerdo a la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, del MORDAZA al decimo parrafo "La Asamblea Estatutaria se instala inmediatamente despues de concluida la eleccion de sus miembros por convocatoria del presidente del Comite Electoral Universitario, y presidida por el docente principal mas antiguo". La asamblea estatutaria redacta y aprueba el Estatuto de la universidad, en un plazo de cincuenta y cinco (55) dias calendario. A la fecha de aprobacion de los nuevos estatutos, la asamblea estatutaria establece el cronograma de eleccion de las nuevas autoridades y el plazo para su designacion en reemplazo de las autoridades vigentes. El referido cronograma debe incluir las fechas de la convocatoria a nuevas elecciones, de realizacion del MORDAZA electoral, y de designacion de las nuevas autoridades. La designacion de las nuevas autoridades debe realizarse MORDAZA de que concluya el periodo de mandato de las autoridades vigentes; Que, mediante Resolucion N° 004-2015-AUE-UNFV de fecha 08.01.2015, la Asamblea Estatutaria de esta MORDAZA de Estudios Superiores, ha aprobado el Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, el cual se encuentra de acuerdo a ley, habiendose realizado en estricto cumplimiento de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, por lo que ha acordado elevar el Estatuto aprobado al Rector de la Universidad a fin de que proceda a su promulgacion y publicacion respectiva; Estando a lo dispuesto por el senor Rector segun Proveido N° 075-2015-R-UNFV de fecha 09.01.2015; y de conformidad con la Ley N° 30220, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA y la Resolucion N° 2149-2011-R-COG-UNFV, de fecha 09.11.2011; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Promulgar el Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, aprobado por la Asamblea Estatutaria de la UNFV, el mismo que consta de once (11) Titulos, Doscientos Treinta y Un (231) Articulos, Nueve (09) Disposiciones Complementarias y Transitorias y Nueve (09) Disposiciones Finales, el mismo

Aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de MORDAZA y el cronograma de eleccion de las nuevas autoridades
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORDAZA ASAMBLEA ESTATUTARIA RESOLUCION DE ASAMBLEA ESTATUTARIA Nº 001-AE-2014 MORDAZA, 13 de octubre de 2014 VISTO: El Acta de acuerdos de la sesion en la Sesion Plenaria de fecha 13 de octubre del 2014, de APROBACION del Proyecto de Estatuto de la Universidad Nacional de MORDAZA y Cronograma de Eleccion de las nuevas autoridades de la Universidad Nacional de MORDAZA, conforme a los textos que se acompanan como anexos, los que han sido presentados para su aprobacion, elaborados por la Asamblea Estatutaria elegida e instalada segun lo prescrito en la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria. CONSIDERANDO: Primero: Que, con fecha 09 de MORDAZA del ano dos mil catorce se publica la Ley 30220 - Ley Universitaria, la misma que entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Segundo: Que, el ultimo parrafo del articulo 18º de la Constitucion Politica del Estado reconoce y garantiza la autonomia universitaria en los siguientes terminos: Cada universidad es autonoma en su regimen normativo, de gobierno, academico administrativo y economico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el MORDAZA de la Constitucion y las Leyes. Tercero: Que, dicha autonomia se consagra constitucionalmente con la finalidad de salvaguardar las condiciones a partir de las cuales las entidades universitarias tienen que cumplir, de manera autodeterminada, con la funcion encomendada por la Constitucion, y se proyecta con medidas concretas, siendo al mismo tiempo el presupuesto que estructura el funcionamiento de las universidades de conformidad con el articulo 8 de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria. El Estado reconoce la autonomia universitaria. La autonomia inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitucion, la presente Ley y demas normativa aplicable. Cuarto: Que, en cumplimiento a lo normado en el parrafo octavo de la PRIMERA DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, la Asamblea Estatutaria redactara y aprobara el Estatuto de la Universidad Nacional de MORDAZA, en un plazo de cincuenta y cinco (55) dias calendario. Quinto: Que, mediante Resolucion Nº 0002-2014-CEUTAUNP de fecha dieciocho de agosto del ano dos mil catorce, se acredita a los representantes docentes y estudiantes ante la Asamblea Estatutaria de la Universidad Nacional de MORDAZA, conforme a los alcances de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria.