Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2015 (13/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Articulo Undecimo.- Disponer que los jueces de los juzgados evaluados en el presente informe, remitan al Presidente de la Comision Nacional de Productividad Judicial, un informe detallando los siguientes aspectos: a) Numero de autos que ponen fin al MORDAZA y sentencias expedidas notificadas y sin notificar; b) Listado de expedientes en tramite por ano, que se encuentran pendientes de resolucion final; c) Listado de expedientes en tramite por ano que se encuentren listos para sentenciar; d) Numero de expedientes en ejecucion; y e) Dificultades y/o limitaciones presentadas para el adecuado ejercicio de sus funciones. El referido informe debera adjuntar el listado nominal del personal que labora en cada organo jurisdiccional, indicando por cada uno de ellos, su cargo, regimen laboral, tiempo de servicio en el organo jurisdiccional, calificacion argumentada de su desempeno en "Bueno"; "Regular" o "Bajo", asi como si se encuentra debidamente capacitado, esto con la finalidad que dicha Comision Nacional, en coordinacion con las Comisiones Distritales y la Gerencia General de este Poder del Estado, adopten las acciones correspondientes que permitan dinamizar la productividad judicial. Articulo Duodecimo.- Disponer que las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA verifiquen el desempeno de los organos jurisdiccionales listados en el Anexo A, cuyo nivel de resolucion de expedientes sea inferior al 64% de su meta. Asimismo, las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA y Ucayali, verificaran el desempeno de los organos jurisdiccionales penales liquidadores transitorios materia de prorroga en la presente resolucion, debiendo comunicar lo correspondiente a la Presidencia de la Comision Nacional de Productividad Judicial. Articulo Decimo Tercero.Los organos jurisdiccionales penales liquidadores tendran presente la Directiva N° 012-2013-CE-PJ, denominada "Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencias Condenatoria previsto en el Codigo de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124", aprobada mediante Resolucion Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, con la finalidad de dar mayor celeridad a la liquidacion de expedientes. Articulo Decimo Cuarto.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia remitan a la Comision Nacional de Productividad Judicial, un informe detallando las dificultades que han presentado sus organos jurisdiccionales en el desarrollo de sus funciones y que influyen en la produccion jurisdiccional, que, entre otros, pueden ser la inadecuada distribucion de expedientes por la Mesa de Partes, limitaciones logisticas, financieras, de personal, problemas en los sistemas de notificacion o aquellos que tecnicamente se identifique, para lo cual deberan plantear soluciones tecnicas en el plazo de un mes a partir de la publicacion de la presente resolucion. Articulo Decimo Quinto.- Mantener como politica institucional que durante el MORDAZA de descarga de expedientes de los organos jurisdiccionales destinados para tal fin, aquellos que se queden sin carga procesal por su buen nivel resolutivo, reciban los expedientes de los organos jurisdiccionales menos productivos, los cuales seran reubicados a otro Distrito Judicial. Articulo Decimo Sexto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Comision Nacional de Productividad Judicial, Oficina de Productividad Judicial, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Nota.: El Anexo A esta publicado en el MORDAZA Web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe. (Enlace del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pagina principal, icono de Resoluciones Administrativas). 1187394-2

El Peruano Martes 13 de enero de 2015

Prorrogan funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales transitorios y disponen otras acciones
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 433-2014-CE-PJ MORDAZA, 30 de diciembre de 2014 VISTOS: Los Oficios N°s. 470 y 475-2014-ETI-CPP-PJ, cursados por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal; Oficios N° 249-2014-P-CSJAR/PJ, N° 1615-2014-P-CSJMD/PJ y N° 883-2014-P-CSJMO/PJ remitidos por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA y Moquegua; Oficio N° 906-2014-GAD-CSJSA/PJ remitido por el Gerente Distrital de la Corte Superior de Justicia del Santa; e Informe N° 175-2014-OPJ-CNPJ-CE/ PJ, de la Oficina de Productividad Judicial CONSIDERANDO: Primero. Que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, solicitan a este Organo de Gobierno la prorroga y conversion de organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, para la adecuada implementacion del Codigo Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, sustentadas en razones de carga procesal. Segundo. Que por lo expuesto en los informes y reportes estadisticos remitidos por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, considerando que este Poder del Estado tiene como politica institucional adoptar medidas en aras de un optimo servicio de imparticion de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho proposito. Tercero. Que los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 10572014 de la cuadragesima cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor De MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales transitorios, a partir del 1° de enero de 2015: Hasta el 31 de marzo del 2015 DISTRITO JUDICIAL DE AMAZONAS - Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio Itinerante de la provincia de Utcubamba. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA - Sala Penal de Apelaciones Transitoria - Cusco. DISTRITO JUDICIAL DEL HUAURA - 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio - MORDAZA - 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio - MORDAZA - Juzgado Penal Unipersonal Transitorio - Barranca - 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio - Huaral - 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio - Huaral