Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2015 (13/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Martes 13 de enero de 2015

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Que, mediante Resolucion N° 218-2011/SBNDGPE-SDAPE de 26 de MORDAZA de 2011, la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), aprobo la Afectacion en Uso a favor del Ministerio del Ambiente, del area de 8 125.47 Ha, para que lo destine al MORDAZA Ecologico Nacional "Antonio Raimondi", por un periodo indeterminado; asimismo, dispuso la coafectacion en uso a favor del Ministerio del Ambiente y del Instituto Geofisico del Peru (IGP), de 119.08 Ha, para que sea destinado al MORDAZA Ecologico Nacional "Antonio Raimondi" y al funcionamiento de diversas areas de investigacion, por el plazo de dos (02) anos; dichas areas estan ubicadas en los distritos de Ancon y Aucallama, de las provincias de MORDAZA y Chancay, del departamento de Lima; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2013MINAM, se modifico el area asignada al MORDAZA Ecologico Nacional "Antonio Raimondi", estableciendose que la misma abarcaba una superficie de 8 130.26 Ha, que forma parte de las areas inscritas en las Partidas N° 12175370, N° 12175372, N° 12175516, N° 42647683, N° 12016569 y N° 12020201 del Registro de Predios de Lima; Que, como consecuencia de lo senalado en el considerando precedente, y en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2 del Decreto Supremo N° 0102013-MINAM, se extinguio la afectacion en uso de 129.18 Ha, de un area de mayor extension del predio ubicado en el distrito de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida N° 12175516 del Registro de Predios de Lima; Que, con el proposito de contar con un instrumento que permita facilitar la gestion del MORDAZA Ecologico Nacional "Antonio Raimondi", incluidos los distintos usos que pueden otorgarse o disponerse respecto de las areas que lo integran, se ha propuesto la aprobacion del Plan Maestro del citado espacio; el cual coadyuvara a satisfacer la finalidad del MORDAZA, orientada a contar con un espacio en donde la poblacion de la provincia de MORDAZA pueda gozar de un ambiente saludable y solaz, admirar la biodiversidad existente y representativa de la MORDAZA, asi como con un area que contribuya con la recuperacion de la calidad atmosferica de la MORDAZA de Lima;

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2010-MINAM se creo el MORDAZA Ecologico Nacional, en el terreno de propiedad estatal de 7 255.81 Ha, ubicado en el distrito de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida N° 12186050 del Registro de Predios de Lima; y, se declaro de interes nacional su desarrollo y ejecucion, el cual estaria a cargo y bajo la administracion del Ministerio del Ambiente; Que, el articulo 3° del referido Decreto Supremo constituyo el Comite Tecnico de Gestion encargado de desarrollar el Proyecto MORDAZA Ecologico Nacional, el mismo que esta conformado por el Ministro del Ambiente, quien lo preside, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Defensa, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, por Decreto Supremo N° 016-2010-MINAM, se creo el Proyecto Especial "Parque Ecologico Nacional", en el ambito del Ministerio del Ambiente, con el objeto de llevar a cabo actividades para el desarrollo y ejecucion del MORDAZA Ecologico Nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2010-MINAM, se amplio el area destinada al Proyecto Especial MORDAZA Ecologico Nacional, a 8,259.44 ha, la cual forma parte de las areas inscritas en las Partidas N° 12175370, 12175372, 12175516, 42647683, 12016569 y 12020201del Registro de Predios de Lima; Que, por Decreto Supremo N° 001-2011-MINAM se modifico la denominacion del MORDAZA Ecologico Nacional por MORDAZA Ecologico Nacional "Antonio Raimondi"; Que, el Decreto Supremo N° 016-2011-MINAM preciso que el MORDAZA Ecologico Nacional "Antonio Raimondi" constituye un bien de dominio publico y, por tanto, tiene la condicion de inalienable e imprescriptible; Que, asimismo, el precitado Decreto Supremo, en el numeral 2.3 de su articulo 2°, establecio que cualquier disminucion del area asignada al MORDAZA Ecologico Nacional "Antonio Raimondi", bajo cualquier causal, debe contar con la opinion favorable del Comite Tecnico de Gestion del MORDAZA Ecologico Nacional "Antonio Raimondi" y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales;

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.
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