Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2015 (13/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Martes 13 de enero de 2015

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Articulo Quinto.- Disponer que el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal evaluen la carga procesal en tramite y la liquidacion de expedientes, con la finalidad de establecer, despues del plazo de prorroga, acciones para optimizar el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios. Articulo Sexto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huaura, Ica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA y Santa; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1187394-3

- Juzgado de la Investigacion Preparatoria Transitorio - Huaral. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA - Juzgado Penal Colegiado Transitorio - Chiclayo. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA DE MORDAZA - Sala Penal de Apelaciones Transitoria - Tambopata. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA - Juzgado Penal Unipersonal Transitorio - Ilo. DISTRITO JUDICIAL DEL MORDAZA - 1° Juzgado de la Investigacion Preparatoria Transitorio - Chimbote - 2° Juzgado de la Investigacion Preparatoria Transitorio - Chimbote. Hasta el 30 de junio de 2015 DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA - Juzgado Penal Unipersonal Transitorio - Arequipa. DISTRITO JUDICIAL DE HUAURA - Juzgado de la Investigacion Preparatoria Transitorio - Huacho. DISTRITO JUDICIAL DE ICA - Juzgado Penal Unipersonal Transitorio - Pisco.

Prorrogan funcionamiento del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de Chimbote, Corte Superior de Justicia del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 434-2014-CE-PJ MORDAZA, 30 de diciembre de 2014

DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA VISTO: - Juzgado Penal Unipersonal Transitorio - Piura. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA - Juzgado de la Investigacion Preparatoria Transitorio - Huaraz. - Juzgado Penal Unipersonal Transitorio - Huaylas. - Juzgado de la Investigacion Preparatoria Transitorio - Carhuaz. Articulo Segundo.- Los referidos organos jurisdiccionales que actuen en adicion a sus funciones como Juzgado Penal liquidador, tendran presente la Directiva N° 012-2013-CE-PJ, denominada "Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Codigo de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124", aprobada por Resolucion Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, con la finalidad de dar mayor celeridad a la liquidacion de expedientes. Articulo Tercero.- Disponer que los jueces de los mencionados organos jurisdiccionales liquidadores deberan emitir autos que pongan fin al MORDAZA y sentencias en numero no menor del 50% del estandar de produccion mensual. Este resultado sera determinante para evaluar la vigencia de su funcionamiento. Los organos jurisdiccionales transitorios del Codigo Procesal Penal, cada fin de mes, sin perjuicio de la informacion descargada en los sistemas informaticos de la institucion, los jueces informaran directamente al Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal sobre los siguientes aspectos: a) Numero de Audiencias Atendidas; b) Numero audiencias frustradas, senalando los motivos; c) Produccion de expedientes principales (Juzgados Unipersonales y MORDAZA Penales de Apelaciones) y Produccion de incidentes (Juzgados de la Investigacion Preparatoria y MORDAZA Penales de Apelaciones); y, d) Dificultades presentadas en el ejercicio de sus funciones. Articulo Cuarto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huaura, Ica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA y Santa; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion e implementacion del Codigo Procesal Penal. El Oficio N° 1052-2014-OPJ-CNPJ-CE-PJ, cursado por la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 398-2014-CE-PJ de fecha 26 de noviembre de 2014, se dispuso prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2014, el funcionamiento del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de Chimbote, Corte Superior de Justicia del Santa. Segundo. Que de acuerdo a lo informado por la Oficina de Productividad Judicial, mediante Oficio N° 1052-2014OPJ-CNPJ-CE-PJ, el 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de Chimbote, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, presenta a octubre de 2014 una carga procesal pendiente por liquidar de 472 expedientes, por lo que amerita su prorroga hasta el 30 de MORDAZA de 2015. Tercero. Que el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 10582014 de la cuadragesima cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor De MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de enero y hasta el 30 de MORDAZA de 2015, el funcionamiento del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de Chimbote, Corte Superior de Justicia del Santa. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, Oficina de Productividad Judicial, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley