Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2014 (17/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Jueves 17 de MORDAZA de 2014

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de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Que, el Articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 1065; que modifica la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos; establece que el Rol de las Municipalidades, es "Implementar progresivamente Programas de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y Tecnicamente adecuada" Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, que aprobo la Politica Nacional del Ambiente, prescribe, en el Eje de Politica 2: Gestion Integral de la calidad ambiental; componente 4. Residuos Solidos, como un lineamiento de Politica del Sector, el fortalecimiento de la gestion de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos solidos de ambito municipal, priorizando su aprovechamiento; Estando a lo expuesto, con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Legal, segun Informe Nº 195-2014GAL/MDCLR, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:

los intereses, moras o sanciones correspondientes, con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, no podran solicitar su devolucion, compensacion o credito tributario. Articulo Noveno.- FACULTADES DEL MORDAZA Facultese al MORDAZA para que mediante decreto de alcaldia dicte disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o ampliacion de vigencia de la presente ordenanza. Articulo Decimo.- DEL CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria, Sub Gerencia de Recaudacion y Control, Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, Sub Gerencia de Fiscalizacion Tributaria, Sub ­Gerencia de Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a su competencia, y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion, a la Gerencia de Administracion y Finanzas su publicacion POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. LECCA RUBIO MORDAZA 1110793-1

Aprueban "Programa de Segregacion en la Fuente" en el distrito de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2014-MDCLR MORDAZA de la Legua-Reynoso, 24 de junio de 2014 EL MORDAZA DEL GOBIERNO LOCAL DE MORDAZA DE LA LEGUA-REYNOSO VISTO: Informe Nº 045-2014-GPPR/MDCLR de fecha 23 de Junio del 2014, respecto a la Implementacion del Programa de Segregacion de la Fuente Plan de Incentivos, solicitando se emita el documento correspondiente en atencion al Informe Nº 195-2014-GAL/MDCLR. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 006-2012-MDCLR, publicada el 06 de MORDAZA del 2012, se aprueba el Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito de MORDAZA de la MORDAZA Reynoso. Que, mediante Informe Nº 044-2014-GSAyS/MDCLR, del 09 de Junio 2014, la Gerencia de Saneamiento Ambiental y Sanidad, solicita autorizacion para que se implemente el Programa de Segregacion en la Fuente como parte del MORDAZA de recoleccion selectiva de residuos solidos domiciliarios. Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, mediante Informe Nº 045-2014-MDCLR/ GPPR, comunica que como responsable del Plan de Incentivos a la mejora de Gestion Municipal del ano 2014, se debe realizar las principales actividades para el cumplimiento de la meta 16 "Implementar un Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion selectiva de Residuos Solidos en un 20% de la viviendas urbanas en el distrito", solicitando la aprobacion del Programa de Segregacion mediante Decreto de Alcaldia. Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 195 de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en su articulo 80º que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales, el proveer del servicio de limpieza publica, determinando las areas

Articulo Primero.- Dejar sin efecto lo dispuesto en el Decreto de Alcaldia Nº 008-2013-MDCL del 11 de MORDAZA del 2013, que aprueba el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion selectiva de Residuos solidos. Articulo Segundo.- Aprobar el "Programa de Segregacion en la Fuente" en el distrito de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA como parte del MORDAZA de recoleccion de residuos solidos domiciliarios, el cual forma parte del presente Decreto de Alcaldia como anexo y que constituye parte integrante del mismo. Articulo Tercero.- Aprobar la asignacion presupuestal correspondiente para su ejecucion, que debera ser incorporado como una meta fisicas con indicadores, para ser evaluado dentro del Plan Operativo Anual de la Subgerencia de Limpieza Publica, perteneciente a la Gerencia Saneamiento Ambiental y Sanidad, bajo el techo presupuestal asignado a la gerencia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion y Gerencia de Saneamiento Ambiental y Sanidad, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia, disponiendo las acciones que correspondan. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. LECCA RUBIO MORDAZA 1110787-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA
Aprueban "Plan de Desarrollo MORDAZA Moquegua-Samegua 2014-2024"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2014-MPMN MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2014 EL CONCEJO PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 07 de MORDAZA del 2014 sobre el punto de agenda: Plan de Desarrollo MORDAZA MORDAZA - Samegua 20142024" CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, establece en su articulo 194º que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;