Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2014 (17/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Jueves 17 de MORDAZA de 2014

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Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia el 01 de junio del 2014. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1110941-2

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Disponen embanderamiento general de los inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 18-2014-MSS MORDAZA de MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: La Ley Nº 8916 y su modificatoria Ley Nº 15253; CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Articulo 42º de la Ley acotada senala que: "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, el 28 de MORDAZA del ano en curso, se conmemora el centesimo nonagesimo tercer (193º) Aniversario de la Independencia Nacional del Peru; Que, con motivo de resaltar el mes de Aniversario Patrio, se requiere de la participacion conjunta de los vecinos, instituciones privadas, clubs, MORDAZA y establecimientos comerciales de nuestra jurisdiccion, a fin de expresar nuestro MORDAZA civico patrio, mediante el Embanderamiento General del distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 20º inciso 6) y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL de las viviendas, locales privados del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, desde el dia 18 de MORDAZA hasta el dia 31 de MORDAZA del ano en curso, con ocasion de conmemorarse el Centesimo Nonagesimo Tercer (193º) Aniversario de nuestra Independencia. Articulo Segundo.- LOS PABELLONES Nacionales y Banderas a instalarse en las viviendas, instituciones privadas, clubs, MORDAZA y establecimientos comerciales, deberan estar en buen estado de conservacion. Articulo Tercero.- ENCARGAR la difusion de la presente MORDAZA, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dentro del dia siguiente de su aprobacion, conforme prescribe el Articulo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 2002010-PCM. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1111447-1

Incorporan al Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad el item correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Humano
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2014-MDJM MORDAZA MORDAZA, 1 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTO; el Informe Nº 1041-2014-MDJM-GAJyRC del 01 de MORDAZA del 2014, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 009-2011MDJM, se aprobo el Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, en el cual se compila las tarifas y los requisitos de los servicios brindados por la corporacion edil; Que, con Informe Nº 76-2014-MDJM-GDH, de fecha 18 de junio del 2014, la Gerencia de Desarrollo Humano, recomienda modificar el Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA aprobado mediante Decreto de Alcaldia Nº 09-2011MDJM, sobre el uso del Centro Cultural Peruano Chino; Que, con Memorando Nº 376-2014 de fecha 26 de junio del 2014, la Gerencia de Rentas recomienda incorporar tarifas especiales para los vecinos Puntuales y Puntuales VIP al tarifario referido; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil, con Informe de Vistos opina por la necesidad de incorporar los servicios que va a prestar la Municipalidad a la comunidad, recomendando su aprobacion e implementacion correspondiente. Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42 y el numeral 6 del Articulo 20 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- INCORPORASE al Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, aprobado mediante Decreto de Alcaldia Nº 09-2011-MDJM, el Item correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Humano, el mismo que tendra el texto que obra en Anexo, y forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- PUBLICASE el presente Decreto en el diario oficial El Peruano; y el Anexo en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria: www.munijesusmaria.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Articulo Tercero.- ENCARGASE a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la generacion de los clasificadores de ingreso correspondiente y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusion. Articulo Cuarto.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su promulgacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1110941-3