Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2014 (17/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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correspondiente. En el caso de los contratistas que son IPRESS, la Entidad Contratante comunica a la Superintendencia Nacional de Salud, para el inicio del procedimiento sancionador respectivo. En ambos casos la notificacion del incumplimiento se MORDAZA a la autoridad correspondiente dentro de los siete (7) dias habiles de resuelto el contrato. 11.3 En el caso que cualquier contratista incumpla con sus obligaciones, la Entidad Contratante requiere mediante carta notarial el cumplimiento, en un plazo no mayor de siete (7) dias habiles, bajo apercibimiento de resolucion del contrato. La resolucion del contrato es declarada por la autoridad que MORDAZA suscrito el contrato o una de nivel jerarquico superior. El contrato quedara resuelto de pleno derecho a partir del vencimiento del plazo MORDAZA indicado, debiendo informarse de ello al contratista por comunicacion escrita. Una vez resuelto el contrato por incumplimiento del contratista, se comunicara al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). CAPITULO IV DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS Y CONTROL DE LOS BIENES Y SERVICIOS CONTRATADOS Articulo 12.- Del Recurso de Apelacion a la declaracion de no elegibilidad 12.1 Un proveedor participante solo puede presentar Recurso de Apelacion contra la no elegibilidad de su expresion de interes. El Recurso de Apelacion es dirigido al Comite Especial de Contratacion y presentado ante la mesa de partes de la Entidad Contratante en el plazo MORDAZA de ocho (8) dias habiles contados desde el dia siguiente de publicados los resultados en el MORDAZA Institucional de la Entidad Contratante. 12.2 El Comite Especial debe elevar la apelacion y los actuados al Titular de la Entidad Contratante, o a quien MORDAZA delegado la facultad, dentro de los dos (2) dias habiles de recibido el recurso de apelacion, bajo responsabilidad. 12.3 El Titular de la Entidad Contratante o quien MORDAZA delegado, resuelve y notifica el recurso de apelacion en un plazo MORDAZA de diez (12) dias habiles, contados desde el dia siguiente de presentado el recurso a la entidad. La Resolucion de la Entidad Contratante, se publica en su MORDAZA Institucional dentro del mismo plazo. 12.4 La MORDAZA del Recurso de Apelacion no suspende el procedimiento especial de contratacion respecto de los demas participantes. Articulo 13.- Del control y transparencia Los bienes y servicios otorgados por las Entidades privadas a los asegurados de EsSalud y del SIS, son materia de control y evaluacion por cada Entidad Contratante, de conformidad con la normatividad vigente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- El procedimiento especial de contratacion podra ser utilizado en los procesos que se convoquen hasta el MORDAZA semestre del ano 2016. Los contratos podran tener una vigencia de hasta tres (3) anos a partir de la fecha de su suscripcion, en cuyo caso debera considerarse la respectiva prevision presupuestal para los anos fiscales correspondientes. SEGUNDA.- Los contratos suscritos como consecuencia de un procedimiento especial de contratacion, contemplado en el presente Reglamento, deben registrarse en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE). TERCERA.- En todo lo no regulado en el presente Decreto Supremo, es de aplicacion supletoria lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatorias. 1111836-1

El Peruano Jueves 17 de MORDAZA de 2014

Visto, el Expediente Nº 14-060723-001, que contiene el Oficio Nº 1006-DG-359-2014-HEJCU-OP, emitido por el Director de Hospital III del Hospital de Emergencias "Jose MORDAZA Ulloa" del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 058-2014/ MINSA, de fecha 21 de enero de 2014, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital de Emergencias "Jose MORDAZA Ulloa", en el cual el cargo de Jefe/a de Departamento del Departamento de Farmacia se encuentra calificado como Directivo Superior de Libre Designacion; Que, mediante el documento de visto, el Director de Hospital III del Hospital de Emergencias "Jose MORDAZA Ulloa", propone la designacion temporal del Quimico Farmaceutico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional contratado bajo el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, en el cargo de Jefe de Departamento del Departamento de Farmacia del citado Hospital; Que, el Articulo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, modificado con el Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, establece que los trabajadores bajo Contrato Administrativo de Servicios pueden ser designados temporalmente, como directivo superior o empleado de confianza, observando las limitaciones establecidas en la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; Que, a traves del Informe Nº 291-2014-EIEOGGRH/MINSA remitido con Memorando Nº 13512014-OGGRH-OARH-EIE/MINSA, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, emite opinion favorable respecto a lo solicitado por el Director de Hospital III del Hospital de Emergencias "Jose MORDAZA Ulloa", senalando que procede designar temporalmente al profesional propuesto, toda vez que el cargo de Jefe/a de Departamento del Departamento de Farmacia del citado Hospital, se encuentra calificado como Directivo Superior de Libre Designacion y cuenta con plaza vacante; Que, en merito a lo senalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal necesarias a fin de asegurar el normal funcionamiento del Hospital de Emergencias "Jose MORDAZA Ulloa" del Ministerio de Salud; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Secretario General del Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y sus modificatorias; en el numeral 8) del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar temporalmente al Quimico Farmaceutico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional contratado bajo el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, en el cargo de Jefe de Departamento del Departamento de Farmacia del Hospital de Emergencias "Jose MORDAZA Ulloa" del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1110617-1

Designan Jefe de Departamento del Departamento de Farmacia del Hospital de Emergencias "Jose MORDAZA Ulloa"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 527-2014/MINSA MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2014