Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2013 (04/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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a) Plano de localizacion y ubicacion. b) Planos de planta diferenciando las zonas y elementos de la edificacion a demoler, asi como del perfil y alturas de los predios colindantes, hasta una distancia de 1.50 m de los limites de propiedad. c) Memoria descriptiva de los trabajos a realizar y del procedimiento de demolicion a utilizar, donde se consideren las medidas de seguridad contempladas en MORDAZA Tecnica G.050 del RNE y demas normas de la materia. d) Poliza CAR (Todo Riesgo Contratista) o Poliza de Responsabilidad Civil con cobertura por danos materiales y personales a terceros, segun las caracteristicas de la obra a ejecutarse con cobertura por danos materiales y personales a terceros y como complemento al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo previsto en la Ley Nº 26790, este requisito se entregara a la Municipalidad el dia util anterior al inicio de la obra y debe tener una vigencia igual o mayor a la duracion del MORDAZA edificatorio. e) Carta de responsabilidad de obra firmada por un ingeniero civil. f) En el caso que el predio este sujeto al regimen de propiedad exclusiva y propiedad comun se adjuntara MORDAZA del Reglamento Interno, el plano de independizarian correspondiente a la unidad inmobiliaria y la autorizacion de la Junta de Propietarios. El administrado comunicara a la municipalidad, el inicio del MORDAZA edificatorio con una antelacion de 15 dias calendarios, en caso de no haberlo declarado en el FUE. 51.4 En caso se solicite la licencia para la construccion de cercos en predios sujetos al regimen de propiedad exclusiva y propiedad comun, ademas de los requisitos que se indican en el articulo 47 que conforman el expediente deberan presentar: a) Plano de Ubicacion y Localizacion, b) Planos de las especialidades que correspondan y sus respectivas memorias descriptivas, c) De ser el caso, plano de sostenimiento de excavaciones de acuerdo con lo establecido en el articulo 33 de la MORDAZA E 050 del RNE acompanado de la memoria descriptiva que precise las caracteristicas de la obra, ademas de las edificaciones colindantes indicando el numero de pisos y sotanos, complementando con fotos. d) En el caso que el predio este sujeto al regimen de propiedad exclusiva y propiedad comun se adjuntara MORDAZA del Reglamento Interno, el plano de independizarian correspondiente a la unidad inmobiliaria y la autorizacion de la Junta de Propietarios. El administrado comunicara a la municipalidad, el inicio del MORDAZA edificatorio con una antelacion de 15 dias calendarios, en caso de no haberlo declarado en el FUE. 51.5 A solicitud del administrado se podra solicitar licencia de edificacion para obras de ampliacion, remodelacion y demolicion parcial en un mismo expediente, debiendo presentar los documentos y requisitos exigidos para cada uno de ellos. 51.6 El cargo de MORDAZA del FUE, la documentacion tecnica, Anexo D, debidamente MORDAZA con la recepcion y el numero de expediente asignado y la MORDAZA del comprobante de pago de la Verificacion Administrativa constituira la Licencia Temporal para Edificacion, la cual autoriza el inicio de las obras preliminares, incluyendo las obras provisionales, que se requieran para implementar la obra previo al MORDAZA de excavacion. La caseta de ventas y el modulo piloto, se consideran como partes de las obras provisionales, las mismas que deberan ser retiradas MORDAZA de emitirse la conformidad de obra. 51.7 La Municipalidad en un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles de iniciado el tramite, realizara la Verificacion Administrativa de acuerdo con lo previsto en el respectivo Reglamento. 51.8 Finalizada la Verificacion Administrativa dentro del plazo senalado y de no haber observaciones, se otorgara la licencia definitiva, debiendo el funcionario municipal, designado para tal fin, sellar y firmar todos los documentos y planos, asi como emitir la resolucion correspondiente, la cual debe consignarse en el FUE-Licencia.

El Peruano Sabado 4 de MORDAZA de 2013

51.9 En caso de observaciones en la verificacion administrativa se procedera segun lo previsto en el respectivo Reglamento. 51.10 Transcurrido el plazo senalado en el numeral 51.7 sin pronunciamiento por parte de la Municipalidad, se aplica el silencio administrativo positivo, procediendo a otorgar la licencia definitiva. Para tal efecto los administrados podran presentar una Declaracion Jurada ante la propia entidad que configuro dicha aprobacion ficta, con la finalidad de hacer MORDAZA el derecho conferido ante la misma o terceras entidades de la administracion, constituyendo el cargo de recepcion de dicho documento, prueba suficiente de la resolucion aprobatoria ficta de la solicitud o tramite iniciado. 51.11 El inicio de la ejecucion de obras autorizadas esta sujeto a: a) Comunicacion de la fecha de inicio de obra b) Suscripcion del cronograma de visitas de inspeccion, constituido por las Verificaciones Tecnicas; c) El pago de la Verificacion Tecnica, monto que no podra ser menor al 40% de la Tasa Municipal establecida como costo de la Licencia de acuerdo al articulo 10º de la Ley. La Verificacion Tecnica se realizara de acuerdo al cronograma de visitas de inspeccion suscrito. Subcapitulo III Obtencion de Licencia de Edificacion para las Modalidades C y D con Evaluacion Previa del Proyecto por la Comision Tecnica Articulo 52.- Requisitos para solicitar la Licencia de Edificacion - Modalidades C y D con Evaluacion Previa del Proyecto por la Comision Tecnica 52.1 Para solicitar Licencia de Edificacion en las Modalidades C y D, con evaluacion previa del proyecto por la Comision Tecnica, el administrado debera presentar a la Municipalidad respectiva los documentos que se indican en los articulos 47 y 51, los Estudio de Impacto Ambiental y de Impacto Vial aprobados por las entidades competentes y en los casos que se requiera y MORDAZA de los comprobantes de pago por revision de proyecto. Como parte del proyecto de Arquitectura, se debe presentar el plano de seguridad y evacuacion, cuando se requiera la intervencion de los delegados Ad Hoc del Indeci o del CGBVP, segun lo previsto en numeral 7, del articulo 4 de la Ley. La Poliza CAR o la Poliza de Responsabilidad Civil, segun las caracteristicas de la obra a ejecutarse con cobertura por danos materiales y personales a terceros y como complemento al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo previsto en la Ley Nº 26790, seran requeridas para todas las Edificaciones contempladas en las modalidades C y D con evaluacion previa del proyecto por la Comision Tecnica. Este requisito se entregara a la Municipalidad el dia util anterior al inicio de la obra y debe tener una vigencia igual o mayor a la duracion del MORDAZA edificatorio. En caso de no haberlo declarado en el FUE, el administrado comunicara a la municipalidad, el inicio del MORDAZA edificatorio con una antelacion de 15 dias calendario. Se podra adjuntar MORDAZA de los planos del Anteproyecto Aprobado, de encontrarse vigente su aprobacion, el cual tendra efecto vinculante para el presente procedimiento cuando se trate del mismo proyecto sin modificaciones, aun cuando hayan variado los parametros urbanisticos y edificatorios con los que fue aprobado. 52.2 En caso de proyectos de gran magnitud, los planos podran ser presentados en secciones con escala conveniente que permita su facil lectura, conjuntamente con el plano del proyecto integral. 52.3 En caso se solicite Licencia de Edificacion para Remodelacion, Ampliacion, Puesta en Valor Historico, ademas de los requisitos senalados en el numeral 52.1, debera presentarse lo siguiente: a) Planos de arquitectura (planta, cortes y elevaciones) en los cuales se diferencie la edificacion existente de la proyectada, con su respectiva memoria descriptiva, de acuerdo a lo siguiente: