Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2012 (23/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 23 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo 3°.- Modificacion del articulo I del Titulo Preliminar del Reglamento del Procedimiento de Fiscalizacion de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 085-2007-EF. Modifiquese el articulo I del Titulo Preliminar del Reglamento del Procedimiento de Fiscalizacion, el mismo que quedara redactado conforme al texto siguiente: "Articulo I.- Definiciones Para efectos del presente Decreto Supremo, se entendera por:
a) b) Agente Fiscalizador Aspectos a fiscalizar : Al trabajador o trabajadores de la SUNAT que realizan la funcion de fiscalizar. : A los aspectos del tributo y periodo o de la Declaracion Aduanera de Mercancias que seran materia de revision en un procedimiento de fiscalizacion parcial, sea que ellos conformen un solo elemento, mas de un elemento o parte de un elemento de la obligacion tributaria. : Al Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante el Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias. : A la Ley General de Aduanas aprobada por el Decreto Legislativo N° 1053 y normas modificatorias. : Al Procedimiento de Fiscalizacion Parcial o Definitiva mediante el cual la SUNAT comprueba la correcta determinacion de la obligacion tributaria o de parte, uno o algunos de los elementos de esta, incluyendo la obligacion tributaria aduanera asi como el cumplimiento de las obligaciones formales relacionadas a ellas y que culmina con la notificacion de la Resolucion de Determinacion y de ser el caso, de las Resoluciones de Multa que correspondan por las infracciones que se detecten en el referido procedimiento. No se encuentran comprendidas las actuaciones de la SUNAT dirigidas unicamente al control del cumplimiento de obligaciones formales, las acciones inductivas, las solicitudes de informacion a personas distintas al Sujeto Fiscalizado, los cruces de informacion, las actuaciones a que se refiere el articulo 78° del Codigo Tributario y el control que se realiza MORDAZA y durante el despacho de mercancias. : Al procedimiento de fiscalizacion en el que la SUNAT revisa parte, uno o algunos de los elementos de la obligacion tributaria. : A la persona respecto de la cual se ejerce la facultad de fiscalizacion a que se refiere el articulo 62° del Codigo Tributario y al sujeto pasivo indicado en el articulo 139° de la Ley General de Aduanas, que este comprendido en un Procedimiento de Fiscalizacion.

"Articulo 2°.- De la documentacion Durante el Procedimiento de Fiscalizacion la SUNAT emitira, entre otros, Cartas, Requerimientos, Resultados del Requerimiento y Actas. Los citados documentos deberan contener los siguientes datos minimos: a) Nombre o razon social del Sujeto Fiscalizado b) Domicilio fiscal c) RUC d) Numero del documento e) Fecha f) El caracter definitivo o parcial del procedimiento de fiscalizacion g) Objeto o contenido del documento; y h) La firma del trabajador de la SUNAT competente. La notificacion de los citados documentos se cenira a lo dispuesto en los articulos 104° al 106° del Codigo Tributario." "Articulo 3°.- De las Cartas La SUNAT a traves de las Cartas comunicara al Sujeto Fiscalizado lo siguiente: a) Que sera objeto de un Procedimiento de Fiscalizacion, parcial o definitiva, presentara al Agente Fiscalizador que realizara el procedimiento e indicara, ademas, los periodos, tributos o las Declaraciones Aduaneras de Mercancias que seran materia del procedimiento. Tratandose del Procedimiento de Fiscalizacion Parcial se indicaran ademas los aspectos a fiscalizar. b) La ampliacion del Procedimiento de Fiscalizacion a nuevos periodos, tributos o Declaraciones Aduaneras de Mercancias segun sea el caso. Tratandose de la ampliacion de un Procedimiento de Fiscalizacion Parcial se deberan senalar los nuevos aspectos a fiscalizar. c) La ampliacion de un Procedimiento de Fiscalizacion Parcial a un Procedimiento de Fiscalizacion Definitiva, indicandose que la documentacion a presentar sera la senalada en el primer requerimiento referido a la fiscalizacion definitiva. d) El reemplazo del Agente Fiscalizador o la inclusion de nuevos agentes. e) La suspension de los plazos de fiscalizacion y la prorroga a que se refiere el numeral 2 del articulo 62°-A del Codigo Tributario. f) Cualquier otra informacion que deba notificarse al Sujeto Fiscalizado durante el Procedimiento de Fiscalizacion, siempre que no deba estar contenida en los demas documentos que son regulados en los articulos 4°, 5° y 6°." "Articulo 4°.- Del Requerimiento (...) El Requerimiento, ademas de lo establecido en el articulo 2°, debera indicar lo siguiente: i) El lugar y la fecha en que el Sujeto Fiscalizado debe cumplir con dicha obligacion. ii) Tratandose del Procedimiento de Fiscalizacion Parcial, los aspectos a fiscalizar. iii) Tratandose del requerimiento de la ampliacion de la fiscalizacion parcial, la informacion y/o documentacion nueva que debera exhibir y/o presentar el Sujeto Fiscalizado. iv) Tratandose del primer requerimiento de la fiscalizacion definitiva producto de la ampliacion de un Procedimiento de Fiscalizacion Parcial a uno definitivo, la informacion y/o documentacion nueva que debera exhibir y/o presentar el Sujeto Fiscalizado. Los requerimientos a que se refieren los numerales iii) y iv) seran notificados conjuntamente con la carta de ampliacion de la fiscalizacion. (...)." "Articulo 8°.- Del cierre del Requerimiento (...) a) (...)

c)

Codigo Tributario

d) e)

Ley General de Aduanas Procedimiento de Fiscalizacion

f) g)

Procedimiento de Fiscalizacion Parcial Sujeto Fiscalizado

Cuando se senale un articulo sin indicar la MORDAZA legal correspondiente, se entendera referido al presente Reglamento y; cuando se senalen incisos, literales o numerales sin precisar el articulo al que pertenecen se entendera que corresponden al articulo en el que se mencionan." Articulo 4°.- Modificacion de los articulos 2º, 3º, el MORDAZA parrafo del articulo 4°, el MORDAZA parrafo del inciso a) del articulo 8°, la denominacion del Titulo II, el articulo 12°, el encabezado y los numerales i) y ii) del literal f) del articulo 13°, el primer parrafo del articulo 14° y el articulo 16° del Reglamento del Procedimiento de Fiscalizacion de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 085-2007-EF. Modifiquense los articulos 2º, 3º, el MORDAZA parrafo del articulo 4°, el MORDAZA parrafo del inciso a) del articulo 8°, la denominacion del Titulo II, el articulo 12°, el encabezado y los numerales i) y ii) del literal f) del articulo 13°, el primer parrafo del articulo 14° y el articulo 16° del Reglamento del Procedimiento de Fiscalizacion de la SUNAT, los mismos que quedaran redactados conforme a los textos siguientes: