Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2012 (23/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 23 de octubre de 2012

Articulo 2º.- ENCARGAR a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo, la publicacion en la pagina Web de la Municipalidad de El MORDAZA (www.munielagustino.gob.pe). Por tanto Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 856314-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican denominacion de la Ordenanza Nº 208-MDLM como "Ordenanza que Regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores en el Asentamiento Humano Vina Alta del Distrito de La Molina"
ORDENANZA N° 240 La MORDAZA, 15 de octubre de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto N° 01-2012 (11.10.12) de la Comision de Seguridad Ciudadana y la Comision de Asuntos Juridicos, sobre proyecto de Ordenanza que modifica el contenido del literal b) del articulo 8° de la Ordenanza N° 208-MDLM que Regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores en el Asentamiento Humano Vina Alta del Distrito de la Molina; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley N° 28607, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el articulo 38° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que el ordenamiento juridico de las municipalidades esta constituido por las normas emitidas por los organos de gobierno y administracion municipal, de acuerdo al ordenamiento juridico nacional, asi como por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, la Ordenanza Nº 208-MDLM que regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o Carga en Vehiculos Menores en el Asentamiento Humano Vina Alta del Distrito de La MORDAZA, tiene por objeto normar, regular y fiscalizar el servicio de transporte publico especial de pasajeros y/o carga en vehiculos menores motorizados de tres (03) ruedas en el sector de influencia del Asentamiento Humano Vina Alta del distrito de La MORDAZA, asi como aplicar las sanciones por infraccion a la presente Ordenanza, optimizando la calidad del servicio y la seguridad a favor de los usuarios y los residentes del sector; Que, el literal b) del articulo 8° de la Ordenanza N° 208-MDLM que regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o Carga en Vehiculos Menores en el Asentamiento Humano Vina Alta del Distrito de La MORDAZA, establece como uno de los requisitos para obtener el Permiso de Operacion, el Certificado de Operacion y la Credencial del Conductor, "Carta de aceptacion de los dirigentes del Asentamiento Humano Vina Alta, sobre el servicio de transporte publico especial de pasajeros y/o de carga en vehiculos menores (que sera verificado por la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal)",

Que, mediante Informe N° 070-2012/MDLM-GSCSGTT, la Subgerencia de Transporte y MORDAZA, senalo que el mencionado requisito no se encuentra previsto y/ o regulado en alguna de las normas de caracter general sobre la materia, como son la Ordenanza N° 241-MML, emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que aprueba el Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores y el Decreto Supremo N° 055-2010MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados y No Motorizados; Que, a traves del Informe N° 388-2012-MDLM-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica, senalo que resulta viable la modificacion del requisito contenido en el literal b) del articulo 8° de la Ordenanza N° 208-MDLM, por otro requisito similar, teniendo en cuenta que el sector de influencia de la Ordenanza N° 208-MDLM, es el Asentamiento Humano de Vina Alta; Que, la Subgerencia de Transporte y MORDAZA mediante Informe N° 119-2012-MDLM-GSC-SGT, la Oficina de Participacion Vecinal mediante Informe N° 228-2012-MDLM-OPV, y la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe N° 388-2012-MDLM-GAJ, opinaron favorablemente por la modificacion del requisito contenido en el literal b) del articulo 8° de la Ordenanza N° 208MDLM; Que, el presente proyecto de Ordenanza contempla la modificacion del literal b) del articulo 8º de la Ordenanza Nº 208 en los siguientes terminos: Listado de firma de los Asociados del Asentamiento Humano Vina Alta que contenga no menos del 50% mas uno de la opinion favorable por el servicio de transporte publico especial de pasajeros y/o de carga en vehiculos menores que correspondera ser verificado por la Oficina de Participacion Vecinal, conforme a lo acordado en Sesion Conjunta de la Comision de Seguridad Ciudadana y la Comision de Asuntos Juridicos de fecha 11.10.2012, contando con la opinion favorable de la Oficina de Participacion Vecinal, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, asimismo el Pleno del Concejo considero suprimir en la Ordenanza N° 208-MDLM y la presente modificatoria toda mencion relacionada al transporte publico especial de vehiculos menores para "carga", toda vez que la presente ordenanza tiene como finalidad regular solamente el servicio de transporte especial en vehiculos menores para pasajeros, y de esta forma coadyuvar a la seguridad de los pasajeros que se condice con la naturaleza de la estructura y diseno de dichos vehiculos menores destinados para tal finalidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 9° numeral 8 y 40° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal por mayoria, emitio la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 208-MDLM QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES EN EL ASENTAMIENTO HUMANO VINA ALTA DEL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo Primero.- Modifiquese la denominacion de la Ordenanza N° 208-MDLM, como "Ordenanza que Regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores en el Asentamiento Humano Vina Alta del Distrito de La Molina". Articulo Segundo.- Suprimase toda mencion al termino "y/o carga" en el texto de la Ordenanza N° 208MDLM. Articulo Tercero.- Modifiquese el literal b) del articulo 8° de la Ordenanza N° 208-MDLM, por el siguiente texto: Articulo 8º.- REQUISITOS PARA OBTENER EL PERMISO DE OPERACION, CERTIFICADO DE OPERACION Y LA CREDENCIAL DEL CONDUCTOR (...) b) Listado de firma de los Asociados del Asentamiento Humano Vina Alta que contenga no menos del 50% mas uno de la opinion favorable por el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores que correspondera ser verificado por la Oficina de Participacion Vecinal. (...)